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La ley antidiscriminación y el miedo a la democracia

Pablo Simonetti y Pablo Cornejo
Por : Pablo Simonetti y Pablo Cornejo P. Simonetti presidente y P. Cornejo coordinador de la comisión legislativa, Fundación =Iguales
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Detrás del requerimiento y de la columna del diputado Arenas palpita el deseo de que la Constitución niegue la posibilidad de un desarrollo legislativo coherente con sus principios, lo que implicaría negar la existencia de un espacio de deliberación pública y de creación de consensos sobre cuáles reglas permiten organizar de mejor manera nuestra interacción social.


Un grupo de diputados oficialistas más uno de la DC ha presentado un requerimiento en contra de la ley antidiscriminación, argumentando que su artículo principal afectaría la garantía constitucional de la igualdad. Uno de los promotores de la iniciativa, el diputado UDI Gonzalo Arenas, expuso en este medio sus críticas a la ley. Salta a la vista que sus argumentos nacen de su desconfianza hacia las decisiones adoptadas por el Congreso como parte de la discusión democrática.

Sólo este temor puede explicar la siguiente afirmación sobre las pretensiones que existirían detrás de la ley: “Transformar los consensos sociales en torno a ciertos valores básicos, no a través de la discusión abierta, sino que a través de la fuerza punitiva de la ley”. Ante tal aserto, es necesario decir que la aprobación de una nueva normativa por parte del poder legislativo carecería de sentido si no expresara la existencia de un consenso en torno a ciertos valores básicos. Es más, el Congreso es el órgano del Estado a través del cual se canalizan institucionalmente las demandas ciudadanas y cuyo carácter democrático-representativo permite dotar a la decisión de legitimidad.

[cita]Habría que recordarle al diputado Arenas que las cosas son precisamente al revés: el requerimiento ante el Tribunal Constitucional sí constituye una pretensión de sobrepasar, mediante una vía legalista y contramayoritaria, los consensos alcanzados por el poder legislativo en representación de la sociedad.[/cita]

Habría que recordarle al diputado Arenas que las cosas son precisamente al revés: el requerimiento ante el Tribunal Constitucional sí constituye una pretensión de sobrepasar, mediante una vía legalista y contramayoritaria, los consensos alcanzados por el poder legislativo en representación de la sociedad.

El mismo temor es el que inspira los argumentos del requerimiento ante el TC. En un Estado democrático de Derecho, la Constitución desempeña la función de norma fundamental, encargada de fijar las reglas del juego a que deberán someterse los distintos actores políticos y también de establecer garantías mínimas de protección para cada persona. Más allá de este mínimo, es el legislador es el que tiene la palabra sobre cómo dar mejor protección a los ciudadanos.

Detrás del requerimiento y de la columna del diputado Arenas palpita el deseo de que la Constitución niegue la posibilidad de un desarrollo legislativo coherente con sus principios, lo que implicaría negar la existencia de un espacio de deliberación pública y de creación de consensos sobre cuáles reglas permiten organizar de mejor manera nuestra interacción social. Además supone desconocer que es la misma Constitución la que confiere al legislador las competencias para desarrollar el contenido de sus mandatos y que, incluso, tratándose de los derechos fundamentales, como es la igualdad ante la ley, ordena el desarrollo de una legislación que promueva su vigencia y protección (artículo 5 inc. 2°), con el único límite de no afectar su contenido esencial. Con la ley antidiscriminación este contenido esencial permanece intocado. Por una parte declara la preeminencia del recurso de protección –que invoca el principio de igualdad ante la ley establecido en la Constitución– por sobre las acciones legales contempladas en su articulado. Y por otra, se enfoca en contenidos adicionales, tanto en el ámbito legal como en el de las políticas públicas, los cuales garantizarán una más amplia protección del principio de igualdad.

No se puede sacrificar el valor de la democracia, ni negar la posibilidad del trabajo legislativo, por el temor a que las soluciones que se adopten no sean de nuestro agrado. En las sociedades modernas, tomarnos en serio el Derecho implica asumir que es una creación formal cuyo contenido es expresión de los acuerdos ciudadanos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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