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Precisando los hechos

Ricardo Lagos Escobar
Por : Ricardo Lagos Escobar Ex Presidente de la República
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Con su habitual liviandad, algunos dirigentes de la derecha política  han dicho “¿y por qué Lagos, que estuvo sentado en La Moneda durante 6 años, no hizo nada por el binominal?”  Quiero precisar los hechos.  El 4 de abril del año 2000, a menos de un mes  de asumir la presidencia de la República, solicité que el Presidente del Senado de la época, Andrés Zaldívar, encabezara un grupo de trabajo para abordar los temas sustantivos de una reforma constitucional con todas las bancadas del parlamento.  Indiqué algunos temas, que a mi juicio, eran esenciales, como comenzar por el cambio del binominal.  Al día siguiente, la UDI me respondió: no participaremos de ninguna reunión, porque, al parecer, el Presidente tiene las ideas claras y esas ideas no son las nuestras.  Luego, en cuatro de los seis Mensajes Presidenciales  reiteré la voluntad de abordar el tema del binominal sin éxito.

Emprendimos la decisión de remover los enclaves autoritarios de la Constitución. Se abrió un espacio de debate  y durante seis intensos meses se conversó particularmente con el Senado sobre cómo avanzar. Así se derogaron, entre otras materias,  los senadores designados, los vitalicios, el Consejo de Seguridad Nacional, la conformación del Tribunal Constitucional, la inamovilidad de los Comandantes en Jefe. Lo único que no se logró fue cambiar el binominal. Ante esto, una vez que se le planteó a la derecha que no iba a suscribir un texto de reforma constitucional donde el binominal formara parte de esa Constitución, se propuso una solución “peculiar”: sacar el binominal de la Constitución, cosa que se hizo, pero se mantuvo el requisito de que  el cambio al sistema binominal requería de los mismos quórum que un cambio constitucional.

Al promulgar las reformas constitucionales, el 17 de septiembre de 2005 señalé expresamente: “hay aspectos que salieron del ordenamiento constitucional, como el sistema electoral, que, en opinión de este Presidente, debe ser modificado por el bien de la democracia y el carácter representativo que ella debe necesariamente tener, pero esa será tarea de quienes conduzcan mañana la continuidad de nuestra vida republicana”.  Hasta ahí lo que dije ese 17 de septiembre.  De manera que al haber sacado todos los enclaves autoritarios, menos este, no estaba convalidando el sistema binominal.

Simplemente tuve que rendirme ante el veto de la derecha una vez más. Por eso, el 20 de diciembre de ese mismo año, envié un proyecto para modificar el sistema binominal que proponía, entre otros puntos, incorporar en el artículo 18, que trata del sistema electoral de la Constitución, un inciso final nuevo con la idea de consagrar en la Carta Fundamental una norma que haga referencia explícita a los principios de proporcionalidad en la representación popular y la adecuada representación de la regiones. Todo lo cual debería guiar al legislador en el diseño del sistema electoral en la ley orgánica constitucional respectiva.

Finalmente, se agregaba una disposición transitoria nueva estableciendo un plazo de 2 años para ajustar el sistema electoral a los nuevos principios constitucionales.

La reforma constitucional ingresó al Parlamento el día 20 de diciembre de 2005, por la Cámara de Diputados, con urgencia calificada de discusión inmediata. El mismo día 20 fue tratado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia; instancia que aprobó la idea de legislar por 7 votos a favor y 5 abstenciones. Votaron a favor: Laura Soto, Pedro Araya, Jorge Burgos, Juan Bustos, Guillermo Ceroni, Aníbal Pérez y Eduardo Saffirio. Votaron en contra: Víctor Pérez, Gonzalo Uriarte, María Pía Guzmán, Alberto Cardemil y Marcelo Forni.

En la sala de la Cámara de Diputados, el proyecto fue visto el día 21 de diciembre de 2005, siendo rechazada la idea de legislar, por no alcanzarse el quórum de aprobación necesario, que era y es de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio. Curiosamente, y no obstante señalarse que la votación fue realizada en forma nominal, no se consigna en el boletín de sesiones, ni por el sistema electrónico, quiénes fueron los 59 diputados que votaron a favor, quién fue el único que votó por la negativa, ni quiénes fueron los 39 que se abstuvieron, que en la práctica significaba votar en contra.

Tras este resultado, hice uso de la facultad de insistencia que otorga el artículo 68 de la Constitución, para que el Senado se pronuncie. El proyecto, sin embargo, nunca llegó a la sala, ya que la Comisión de Constitución del Senado, por tres votos a favor (Andrés Chadwick, Alberto Espina y Hernán Larraín) y dos en contra (Andrés Zaldívar y José Antonio Viera-Gallo) planteó que el mecanismo de insistencia del artículo 68 no era aplicable a las reformas constitucionales reguladas en el artículo 127, y lo declaró, por tanto, inadmisible, por ser contrario a la Constitución.

Luego, con la misma votación, se logró aplicar una norma del Reglamento del Senado, que permite que la decisión de la Comisión sea refrendada sólo por el Presidente de Senado, Sergio Romero, lo que se hizo el día 6 de enero de 2006, con lo cual el proyecto jamás fue objeto de un pronunciamiento por parte de la sala del Senado.

Con posterioridad, y con la idea de impugnar jurisdiccionalmente la resolución adoptada por la Comisión de Constitución del Senado, hablé con algunos senadores  y 20 de ellos dedujeron un requerimiento ante el Tribunal Constitucional, quien, en definitiva, en agosto del año 2006, sostuvo:

a)  Que el artículo 68 de la Carta Fundamental se aplica a las reformas constitucionales, pero en el claro y expreso entendido que, en el presente caso, el quórum necesario para la aprobación en la Cámara revisora – Senado -, como en la Corporación de origen – Cámara de Diputados -, es de las  tres quintas partes de los  senadores y diputados en ejercicio en cada una de ellas;

b)  Que este el Tribunal carece de atribuciones para pronunciarse sobre la inadmisibilidad declarada por el Presidente del Senado y la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de dicha Corporación, durante la tramitación del proyecto de reforma constitucional que establece un principio proporcional y representativo en el sistema electoral.

Como se observa, el Tribunal Constitucional, contrario a lo sostenido por la Comisión de Constitución del Senado, declaró que el mecanismo de la insistencia sí se aplica a las reformas constitucionales, señalando que carece de facultades para pronunciarse sobre la declaración de inadmisibilidad declarada por el Presidente del Senado, de manera que, siendo la sala del Senado soberana, bien podría llevarse este asunto para provocar el pronunciamiento que, como hemos visto, quedó pendiente.

A la pregunta de qué hice, respondo que hice lo suficiente para intentar modificarlo  y me encontré con la misma actitud negativa con la que nos encontramos  hoy.

Han pasado 7 años y hoy es posible pasar por sobre la trinchera política por el interés de Chile y derogar el binominal para que todos los sectores políticos tengan representatividad y cumplan con lo que la ciudadanía les demanda.

Se habla tanto de la próxima elección presidencial; el problema es que en ella, de no haber una modificación al sistema binominal seguiremos marcando el paso y el empate permanente que hace que las deficiencias actuales no se aborden. Pensaba que después de las movilizaciones del año pasado, el Presidente Sebastián Piñera habría escuchado el clamor profundo de una sociedad que entiende que hay un ciclo político que terminó.

El ciclo que comienza tiene que tener otras normas electorales. Es el momento de que el Presidente tome esta bandera, la haga suya y dé un vuelco en el sistema político chileno que sin duda alguna hará de este un hecho histórico.

(*) Texto publicado en El Quinto Poder.cl

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