Los hechos denunciados en contra de Monseñor Precht, en principio, ya no podrían ser perseguidos penalmente ya que los delitos, si se hubiesen cometido, se encuentran prescritos.
Se ha hablado de una especie de “psicosis” por las denuncias de pedofilia, y se percibe la alarma entre las familias por la seguidilla de denuncias en este sentido. Se ha llegado al punto que, en nuestro estudio no es infrecuente que padres, en especial separados, manifiesten angustia o temor de ser acusados de abusos mientras cuidan a sus hijos, por lo que evitan incluso estar a solas con ellos, besarlos, o jugar con sus pequeños en sus dormitorios.
El temor y la desconfianza han aumentado, las cámaras en las casas donde los niños quedan al cuidado de terceros, ya no es infrecuente. Pero los hechos recientemente conocidos, son preocupantes.
Los casos de abusos denunciados en el jardín Hijitus, en el Colegio Vitacura, y ahora las denuncias en contra de Monseñor Precht, un hombre de Iglesia, fundador de la Vicaría de la Solidaridad, institución cuya misión fue precisamente la de luchar por el respeto de los derechos humanos durante la época del gobierno militar.
[cita]Los hechos denunciados en contra de Monseñor Precht, en principio, ya no podrían ser perseguidos penalmente ya que los delitos, si se hubiesen cometido, se encuentran prescritos.[/cita]
La iglesia Católica, tantas veces cuestionada por las denuncias de abuso contra menores cometidas por sacerdotes, y en el pasado por pretender ocultar estas situaciones, es ahora quien denuncia los abusos ante la Justicia. Es más, los hechos denunciados en contra de Monseñor Precht, en principio, ya no podrían ser perseguidos penalmente ya que los delitos, si se hubiesen cometido, se encuentran prescritos. De hecho la prescripción, es un modo de extinguir las acciones, que permite que tras el transcurso de cierto lapso de tiempo desde que se comete un delito (hasta 15 años), éste quede impune. Los niños que sufren abusos, no siempre los denuncian o lo hacen varios años después de cometido el delito con lo que muchas veces estos hechos quedaban sin castigo. Por lo mismo el año 2007, la prescripción en estos casos se cuenta desde que el menor cumple sus 18 años y es por lo tanto, capaz de accionar personalmente en contra de quien fue su agresor.
Un hecho que me parece relevante es la forma en que nuestros Tribunales, han interpretado el derecho para hacerlo más efectivo dando a las entidades fiscalizadoras, una mayor responsabilidad frente a la protección de nuestros niños. Hace poco la Corte de Apelaciones de Concepción ratificó un fallo de primera instancia por el cual se condenó a la Junji al pago de una indemnización de 40 millones de pesos en favor de las víctimas de un abusador de niños, ocurrida al interior de un jardín infantil sujeto a la supervisión de esta entidad. Y este no es el único fallo.
A mi modo de ver, la Corte ha dado una clara señal, en el sentido que el deber de supervisar, debe ser tomado muy seriamente y esto progresivamente debería ir impregnando todas las instituciones que deban velar por el respeto de los derechos de las personas, en especial niños que no pueden defenderse por sí mismos. Esto nos lleva a evidenciar que, por parte del Estado, hace falta una señal en el mismo sentido, aumentando las entidades y los recursos destinados a detectar y prevenir este tipo de delitos en escuelas, jardines o colegios y desde luego, a padres, y religiosos a velar también por el bienestar de los niños que quedan a su cuidado.