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El simulacro de un cambio de paradigma: análisis crítico de la reforma educacional

María Teresa Florez
Por : María Teresa Florez Académica Departamento de Estudios Pedagógicos, Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad de Chiley Ph.D. en Educación, Centro de Evaluación Educativa, Universidad de Oxford, Inglaterra
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Un cambio de paradigma implica una modificación radical en el marco conceptual desde el cual entendemos un fenómeno, a partir del cual debemos repensar y reescribir todo según el nuevo marco, pues el antiguo ha quedado obsoleto. Claramente esta reforma no es un cambio paradigmático, pues no elimina el clientelismo ni la competencia (solamente esboza una crítica).


Por estos días se ha estado discutiendo la reforma que el gobierno propone para el sistema educativo nacional. Se debate en torno a los principios generales que la reforma supone defender, pero es poco lo que se encuentra en términos de un análisis más específico y pormenorizado de la propuesta del gobierno. Con el fin de aportar a la discusión, se presenta aquí un breve análisis crítico del Mensaje N° 131-362, de mayo de este año, en el cual se explica el proyecto de ley asociado a la reforma.

En primer lugar, hay que pensar en los dos sentidos principales del término ‘reforma’, que puede abarcar desde modificar algo con el fin de mejorarlo, hasta un cambio que implique rehacer o volver a formar algo desde cero. La ciudadanía apela al segundo sentido, aspirando a un cambio en el marco de nuestro sistema, actualmente basado en el mercado educativo, la competencia, el rendimiento, la segregación y la adaptación exitosa a un mundo creado de antemano. Por el contrario, la propuesta de reforma del gobierno no modifica el modelo de base del sistema, sino que simplemente ‘transa’ o ‘negocia’ tres de sus aspectos fundamentales: la admisión, el lucro y el financiamiento compartido. Esta aproximación a las ‘reformas’ no dista mucho de lo que la Concertación hizo durante 20 años: mantener el marco general de la Constitución y de la legislación de la dictadura, modificando solamente algunos aspectos de cuerpos legales ya existentes, que terminan siendo muchos menos tras la discusión parlamentaria. De hecho, la puesta en práctica de esta reforma, según el documento de la propuesta, no implica la creación de un documento nuevo, sino la modificación de algunos artículos de la LGE, la Ley de Aseguramiento de la Calidad en Educación, entre otras. Es una nueva reforma ‘pastiche’.

[cita] Un cambio de paradigma implica una modificación radical en el marco conceptual desde el cual entendemos un fenómeno, a partir del cual debemos repensar y reescribir todo según el nuevo marco, pues el antiguo ha quedado obsoleto. Claramente esta reforma no es un cambio paradigmático, pues no elimina el clientelismo ni la competencia (solamente esboza una crítica). [/cita]

En segundo lugar, como ha sido la tradición histórica en Chile, se vuelve a realizar una reforma de tipo verticalista, que en esta ocasión impone los principios neoliberales característicos de los gobiernos de las últimas décadas, en lugar de promover la participación democrática de las organizaciones ciudadanas y los actores del sistema educativo. A algunos de ellos se los convoca a opinar sobre un diseño ya establecido, en lugar de escuchar las diferentes voces y desde allí construir una propuesta. Dicha convocatoria, además, se realiza con carácter de consulta, lo que no garantiza que todas las voces sean tomadas en cuenta en la propuesta final y puede convertirse en una forma de aparentar frente a la opinión pública que existió participación, aun cuando esta sea más bien de tipo cosmético.

El marco general

En la sección de la propuesta que entrega el marco general para la reforma, hay una serie de declaraciones que resultan ambiguas y que dejan muchos cabos sueltos con respecto a cómo se implementará cada uno de los cambios anunciados. Se declara que una de las finalidades principales de la reforma es fortalecer la educación pública, en un sistema de provisión mixta, “superando la desregulación y los incentivos inadecuados” que caracterizan a nuestro actual sistema. Por una parte, no queda claro qué entiende el gobierno por «provisión mixta»; no queda claro hasta dónde se separa lo público de lo privado en este nuevo sistema, puesto que, por ejemplo, los particulares subvencionados no se hacen públicos, sino que pasan a ser de privados que no lucrarían con la educación. Por otra parte, hay que recordar que los “incentivos inadecuados” son también generados por presiones que vienen de políticas gubernamentales, como la publicación de puntajes SIMCE, el incentivo a la competencia por la matrícula, la asignación de recursos según los resultados en pruebas estandarizadas (ley SEP), entre otras. Sin embargo, el documento no indica nada con respecto a estos mecanismos que generan distorsiones en el sistema. No se sabe si tras la reforma ellos seguirán operando o no.

Como es usual, los grandes ausentes de la reforma son los profesores, y lo único que se indica en la propuesta es una promesa a futuro en relación con la carrera docente, en el sentido de mejorar las condiciones laborales, la capacitación, así como regular la permanencia y mejorar la calidad del trabajo de los docentes. Esto resulta tan amplio, que no sabemos si lo que se hará será presionar a las universidades para mejorar los programas de pedagogía, o establecer nuevos mecanismos de presión sobre los profesores para controlar la calidad de su trabajo, como evaluaciones estandarizadas o remuneraciones según rendimiento.

Se promete también trabajar en la dirección de desmunicipalizar el sistema, aun cuando no se indica cómo los principios de la reforma se aplican mientras este cambio ocurre (por ejemplo, ¿implica la reforma que las municipalidades ahora tendrán que competir con fundaciones educativas que cuentan con más fondos?). Junto con ello, no se detalla cómo se está pensando la desmunicipalización, que podría implicar desde un modelo participativo y con poder local a algo como lo que se propuso durante el gobierno anterior, en que las municipalidades mantenían su poder de manera más indirecta, y la participación local era más simbólica que real (ver al respecto documento «Fortalecimiento de la institucionalidad pública: Informe Final (Segunda Etapa)» http://200.6.99.248/~bru487cl/files/Info_Instit_Pub.pdf, elaborado por una comisión de expertos convocada durante el gobierno de Piñera).

Finalmente, en este marco general se siguen planteando a la par el derecho a la educación y la libertad de enseñanza “como derechos fundamentales de primera importancia”. Esto sucede porque las ‘reformas’ de la Concertación se han hecho históricamente sobre la base de la LOCE, donde la libertad de enseñanza, defendida por los grupos conservadores desde el siglo XIX, se coloca como central y como equivalente en importancia al derecho a la educación. Eso significa que persiste la idea de los padres como clientes del sistema educativo, quienes eligen entre la diversa oferta de los establecimientos, los cuales deben competir entre sí para atraer más apoderados a sus aulas.

Hay que admitir que el argumento que se utiliza en contra del financiamiento compartido está planteado de forma inteligente, en el sentido de utilizar un principio de la derecha para sustentar la necesidad de acabar con este mecanismo: la presente situación hace que sean los colegios los que eligen y no los padres, por lo que se limita la libertad de elección de las familias, principio fundamental del sistema actual.

No obstante, cuando se alude a que un cambio de este tipo generará mayor integración social y disminuirá la segregación del sistema, debemos suponer que esto ocurrirá únicamente en los estratos medios y bajos, puesto que no parece haber ninguna regulación con respecto a la selección, el lucro y la integración en los colegios privados, que es donde la clase alta estudia. Tampoco queda claro de qué manera se fortalecerá a los establecimientos públicos como para que, en un sistema en que la competencia seguirá operando, estos puedan estar en igualdad de condiciones con los privados para ‘atraer más clientes’.

Sobre el lucro, se señala que la finalidad principal es que todos los recursos del Estado en educación se inviertan efectivamente en educación. No obstante, no queda claro si lo que se va a hacer aquí es beneficiar a la educación pública o beneficiar los proyectos educativos de privados con dinero del Estado, siempre y cuando no exista lucro. ¿Cómo sabemos si el Estado está interesado en el proyecto educativo de las fundaciones que pasarán a ser dueñas de los actuales particulares subvencionados? Y aquí es donde se evidencia que la reforma se ha saltado un paso importante, que es primero definir participativamente qué queremos como sociedad de nuestro sistema educativo. Hay fundaciones educacionales cuyo modelo de trabajo docente es absolutamente vertical, y el profesor simplemente debe seguir una guía clase a clase, sin que exista ni se necesite su competencia profesional (ver por ejemplo el manual del profesor que se utiliza en los colegios de la Fundación Astoreca en: http://www.educandojuntos.cl/dms/doc_4320.html). Junto con ello, hay instituciones de este tipo donde se desincentiva el trabajo grupal, se valora el orden y el silencio de los niños, y se enfatiza el desarrollo de habilidades básicas. Muchas de ellas son, además, instituciones de tipo religioso, lo que implica el énfasis en ciertos valores y cierta visión de mundo. El documento de la reforma indica:

“Desde una perspectiva constitucional, el Estado no debe financiar intereses privados que no sean consistentes con el bien común, y cuya materialización se busca, en este caso y entre otras acciones, a través de la entrega de recursos para la educación”.

¿Hemos pensado primero en qué entendemos por ese ‘bien común’? Si queremos una educación pública laica, que fomente el desarrollo de ciudadanos críticos, creativos y participativos, ¿queremos realmente entregar fondos públicos a proyectos de fundaciones privadas que no vayan en esa dirección? Si queremos profesionales docentes capaces de generar situaciones de aprendizaje dependiendo del contexto y que sigan el ritmo de aprendizaje de sus alumnos más que el de una planificación homogeneizadora, ¿vamos a financiar un proyecto educativo que someta a los profesores a una visión unilateral, impositiva y mecanicista de su profesión?

En este sentido, sigue operando el mismo marco, donde el Estado no retoma su responsabilidad, sino que sigue siendo un administrador del sistema educativo, y donde la privatización solamente cambia de modalidad, pero continúa. Junto con ello, pese a la prohibición de lucro, sabemos ya por el caso de las universidades que el establecimiento de un marco legal que lo prohíba no es garantía suficiente de que este no exista en la práctica, a través de mecanismos menos visibles.

Se critican a nivel general los mecanismos de competencia y selección existentes en el sistema. No obstante, la propuesta solamente contiene cambios en relación con los segundos. Sobre los mecanismos de competencia no se dice ni se propone nada. La mantención de la libertad de enseñanza como principio rector y de los padres como clientes hace suponer que este aspecto de la educación como bien de consumo no se eliminará, y seguiremos viendo publicación de puntajes, rankings, subvención escolar preferencial, clasificación de escuelas, etc.

Junto con lo anterior, luego de indicar que se impide la selección arbitraria, se alude a la creación de “un nuevo sistema de admisión” según el cual se “aplicará un mecanismo de postulación y admisión transparente y no discriminador para la asignación de los cupos”. No queda claro en qué consistirá dicho sistema, pero lo grave viene más adelante, cuando se indica que se permiten “mecanismos de admisión especiales” para aquellos establecimientos cuyas “características históricas lo justifiquen”, lo que permite mantener la selección en los liceos emblemáticos. ¿Qué cambios en la segregación del sistema hay si los privados y los liceos de excelencia siguen siendo el reducto de la élite? Podemos así predecir que la única integración que existirá será entre los estratos medios y los más pobres, tal como ha estado ocurriendo hasta ahora.

¿Cambio paradigmático?

Se indica en el documento que la reforma cambia el paradigma de la educación como bien de consumo. Un cambio de paradigma implica una modificación radical en el marco conceptual desde el cual entendemos un fenómeno, a partir del cual debemos repensar y reescribir todo según el nuevo marco, pues el antiguo ha quedado obsoleto. Claramente esta reforma no es un cambio paradigmático, pues no elimina el clientelismo ni la competencia (solamente esboza una crítica). Tampoco elimina el control a distancia por medio de rendición de cuentas y evaluaciones estandarizadas, ni las presiones asociadas a estos mecanismos. Es una reforma al estilo de la centroizquierda chilena: una modificación de tres puntos fundamentales en un modelo que, al fin y al cabo, sigue ahí.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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