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Etiquetado nutricional de los alimentos: ¿libertad sin equidad?

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Claudio Méndez
Por : Claudio Méndez Profesor asociado de políticas de salud del Instituto de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Universidad Austral de Chile
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Informarnos como ciudadanas y ciudadanos respecto de los posibles efectos de los alimentos que consumimos es parte de las libertades individuales, pero también la responsabilidad del Estado en cuanto a la protección de la salud. Por lo cual, la discusión del reglamento es una oportunidad de entregar señales políticas a la ciudadanía de que vivir en sociedad vale la pena; que la democracia vale la pena. Más aún, porque la realidad es que los alimentos menos saludables son, precisamente, los más asequibles para nuestras familias que presentan menores ingresos.


El actual debate público respecto del reglamento que permitirá la implementación de la Ley N° 20.606 sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad –y que busca un acceso informado por parte de la ciudadanía a la composición de los alimentos– se ha presentado como una instancia para debatir sobre la influencia del discurso de las libertades individuales en un país que aún presenta profundas inequidades. Asimismo, también ha sido un punto de inflexión sobre el papel del Estado como protector de la salud de las personas, el cual está contenido en el artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile.

El contenido de la Ley, involucra la rotulación de los alimentos cuyo consumo excesivo de acuerdo a su composición, y desde una perspectiva de salud pública, se constituyen como factores de riesgos para la salud y la calidad de vida de las personas. No obstante, y si bien el espíritu detrás de legislar en la materia no fue buscar la prohibición, la defensa para mitigar los cambios que implicaría la implementación de la Ley se ha situado desde la protección de la libertad de los consumidores, a los intereses de la industria de alimentos. Esta defensa de los consumidores resulta paradójica cuando, por el contrario, esta Ley persigue fortalecer la libertad de elegir por parte de las personas, a partir de explicitar la información sobre el contenido de los distintos alimentos, generando así una mayor competencia y necesidad de diferenciación entre las empresas que integran la industria alimentaria.

[cita]Informarnos como ciudadanas y ciudadanos respecto de los posibles efectos de los alimentos que consumimos es parte de las libertades individuales, pero también la responsabilidad del Estado en cuanto a la protección de la salud. Por lo cual, la discusión del reglamento es una oportunidad de entregar señales políticas a la ciudadanía de que vivir en sociedad vale la pena; que la democracia vale la pena. Más aún, porque la realidad es que los alimentos menos saludables son, precisamente, los más asequibles para nuestras familias que presentan menores ingresos.[/cita]

En un mercado transparente y regulado, la Ley N° 20.606 sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad debería ser una muy buena noticia para las empresas de la industria de alimentos. La introducción de nuevos requerimientos nutricionales se traducen potencialmente en beneficios para las personas y para las propias empresas que, al diferenciarse de sus competidores, implementarían nuevos procesos productivos con el objetivo de atraer a un cada vez mayor grupo de personas que buscan una mejor calidad de vida a través de una alimentación saludable. Sin embargo, la discusión técnica y política que subyace detrás de la Ley y su reglamento no es sólo la comprensión de lo público y lo individual en las políticas de salud, sino también la mantención de asimetrías de información que favorecen a una industria cuyas empresas no deberán competir por diferenciarse para la producción de alimentos más saludables.

La retórica basada en un aumento de los costos de vida de nuestras(os) compatriotas, así como en la pérdida de empleos no contribuye a generar confianzas en un país que necesita recomponer su tejido social: en donde todas y todos importen. Por el contrario, contribuye a la consolidación de la cultura de lo individual en donde la democracia es un medio y no un fin para la vida en sociedad. Más aún, en donde la ley no es igual para todas(os). Así, nuestra actual concepción de la libertad como consumidores, y no así como sujetos de derechos, no contribuye a que como sociedad superemos nuestras históricas desigualdades e inequidades.

Informarnos como ciudadanas y ciudadanos respecto de los posibles efectos de los alimentos que consumimos es parte de las libertades individuales, pero también la responsabilidad del Estado en cuanto a la protección de la salud. Por lo cual, la discusión del reglamento es una oportunidad de entregar señales políticas a la ciudadanía de que vivir en sociedad vale la pena; que la democracia vale la pena. Más aún, porque la realidad es que los alimentos menos saludables son, precisamente, los más asequibles para nuestras familias que presentan menores ingresos. Porque la prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles afecta precisamente a las familias cuyos ingresos no les permiten acceder a una alimentación que les posibilite compensar sus enfermedades. Porque dichas familias no presentan muchas veces acceso oportuno a la atención de salud. Porque, sin equidad, no todas las familias pueden elegir.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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