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La campaña del terror en contra de la ley Ricarte Soto Opinión

La campaña del terror en contra de la ley Ricarte Soto

Felipe Cabello y Hernán Baeza
Por : Felipe Cabello y Hernán Baeza Miembro Honorario (Fellow) de la Academia de Medicina de Nueva York y de la Sociedad de Enfermedades Infecciosas de EE.UU; Departamento de Bioética, Escuela de Medicina UChile
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Desde hace algunos meses se desarrolla en los principales diarios chilenos una campaña sostenida para criticar y socavar algunos de los componentes éticos de la llamada Ley Ricarte Soto, y respecto de los cuales se dice, en términos apocalípticos, que acabarán con la investigación biomédica en Chile. En esta campaña alarmista  y de desprestigio, y en la cual  participan científicos, eticistas, facultades de medicina, entidades farmacéuticas con fines de lucro, y extrañamente  algunas sociedades científicas, en ningún momento se describe cuál es el tipo de investigación que se verá regulada, y tal vez adecuadamente limitada, por los importantes y –a nuestro juicio– apropiados componentes éticos de esta ley.


Desde hace algunos meses se desarrolla en los principales diarios chilenos una campaña sostenida para criticar y socavar algunos de los componentes éticos de la llamada Ley Ricarte Soto, y respecto de los cuales se dice, en términos apocalípticos, que acabarán con la investigación biomédica en Chile. En esa campaña alarmista y de desprestigio, y en la cual  participan científicos, eticistas, facultades de Medicina, entidades farmacéuticas con fines de lucro, y extrañamente  algunas sociedades científicas, en ningún momento se describe cuál es el tipo de investigación que se verá regulada, y tal vez adecuadamente limitada, por los importantes y –a nuestro juicio– apropiados componentes éticos de esta ley. Al leer los titulares de los diarios el lector lego puede pensar que esta ley afecta a toda la investigación biomédica en Chile, tal vez como si se hubiese terminado la Conicyt o se cerraran todos los departamentos de ciencias de las principales universidades del país.

Sin embargo, lo que esta ley regula y limita es solamente la experimentación con sujetos humanos, experimentación que está estrictamente regulada también en la mayoría de los países civilizados del mundo. Desde que los Juicios de Núremberg juzgaran a  médicos alemanes, por experimentación médica con humanos;  claramente criminales y genocidas. Esta campaña indebida en contra de los contenidos éticos de la Ley Ricarte Soto despierta también sorpresa, porque es indudable que ellos están inscritos en dos de los fundamentales principios éticos de la investigación con humanos, como son el de beneficencia y el de justicia y de equidad. El principio de justicia dice que el sujeto de experimentación, que se expone a riesgo durante la experimentación, debe beneficiarse de esta, y una manera de que esto suceda es, por ejemplo, que una vez terminada la investigación el sujeto tenga acceso al fármaco o vacuna probada de manera preferencial, como muy bien lo estipula la ley.

[cita tipo= «destaque»]El principio de beneficencia está muy bien aplicado en la Ley Ricarte Soto, en el artículo 111, que establece que los investigadores y patrocinadores de la investigación serán responsables por el daño que pueda producirse durante un periodo de 10 años. A nuestro modo de ver, esto de ninguna manera hace responsables a los investigadores de daño por factores externos a la droga usada en la experimentación, solo establece que este daño podría aparecer una vez terminada esta. ¿Cómo se podría entender entonces esta campaña del terror contra estos principios?[/cita]

De acuerdo a este principio no se podría experimentar en la población chilena con drogas o vacunas para enfermedades que no sean un problema de salud en Chile y la población sometida a experimentos debiera provenir equitativamente tanto de los servicios públicos de salud como de las clínicas privadas, como la Clínica Alemana o Las Condes.

En Chile, donde existe un enorme problema de equidad en el acceso a la atención médica y una demanda insatisfecha de esta, la aplicación del principio de justicia y de equidad limitaría drásticamente la experimentación con individuos de los servicios públicos de salud, ya que estos experimentos estarían distrayendo recursos de dichos servicios en falencia, necesarios para atender las necesidades básicas de la población. El principio ético de beneficencia, derivado del Juramento Hipocrático, establece que toda actividad médica debe producir el bien y evitar el daño, de tal modo que si con la experimentación en humanos se produce alguna complicación en los sujetos de experimentación, estos deben ser compensados de tal manera que se repare el daño, por ejemplo, con atención médica gratis mientras dure este.

El principio de beneficencia está muy bien aplicado en la Ley Ricarte Soto, en el artículo 111, que establece que los investigadores y patrocinadores de la investigación serán responsables por el daño que pueda producirse durante un periodo de 10 años. A nuestro modo de ver, esto de ninguna manera hace responsables a los investigadores de daño por factores externos a la droga usada en la experimentación, solo establece que este daño podría aparecer una vez terminada esta. ¿Cómo se podría entender entonces esta campaña del terror contra estos principios éticos de la ley aceptados en todo el mundo?

A medida que la experimentación en humanos, atendiendo a estos principios éticos y otros, ha sido limitada de manera importante en Canadá, EE.UU. y en Europa, las compañías farmacéuticas han derivado parte importante de su investigación a países como Chile, donde los requerimientos éticos –como esta campaña lo demostraría– son más permisivos, ya que ellos se relativizan, permitiendo –por ejemplo– experimentos que carecen de beneficios directos para la población expuesta a ellos y usando la infraestructura pública, abaratando los costos de la investigación, por este oculto subsidio a actividades privadas.

Esto ha creado una verdadera industria de búsqueda de sujetos de experimentación a nivel mundial demostrada, por ejemplo, por la aparición de entidades con fines de lucro, como los OIC (Organizaciones de Investigación por Contrato), que identifican a países, a profesionales de la salud y entidades de salud que puedan llevar a cabo investigación para la industria farmacéutica de la manera más eficiente y barata posible.

En Chile, entonces, no es casualidad que uno de los opositores a los aspectos éticos de esta ley sea la organización gremial de los OIC chilenos, ACROCHI,  ya que según ellos las salvaguardias éticas de la ley limitarían su accionar en la población chilena y, por ende, sus utilidades. Es indudable que los resguardos éticos de la ley afectarán a esta industria que movería en Chile –de acuerdo a un informe de la Academia de Medicina–, alrededor de 30 millones de dólares al año,  y desde el punto puramente economicista sus ataques para debilitar los aspectos éticos de la ley tendrían algún asidero. Sintomático de esto es que algunos de estos ataques contra la ley hayan aparecido en la sección Economía y Negocios de algunos diarios. Más difícil es entender los ataques a los aspectos éticos de esta ley provenientes de médicos, expertos en ética médica, científicos, universidades y sociedades científicas, que criticando aspectos que puedan necesitar de aclaración en la ley, organizan y justifican, sin embargo, un ataque frontal contra sus sólidos principios éticos.

La investigación llevada a cabo por compañías farmacéuticas agrega poco al enriquecimiento de la investigación biomédica chilena, ya que generalmente sus protocolos de investigación son estructurados en el país de origen de la compañía y están dirigidos a desarrollar drogas o vacunas para problemas de aquellos países,  que cuentan con un gran mercado. Esta investigación también a menudo prestigia y beneficia económicamente al grupo reducido de profesionales que administran estos protocolos y que aseguran la participación en ellos de voluntarios humanos.

Es por eso que estos ataques, más que proteger a la investigación biomédica relevante en el país, corrompen  los principios de beneficencia, de justicia, de equidad y el Juramento Hipocrático. Ellos alejan a la práctica médica, a la ética médica y a la ciencia del significado intrínseco de estos claros principios de derechos humanos que protegen la integridad y la autonomía de los individuos, puestos bajo sus cuidados.

Estamos de acuerdo con el eticista de la Universidad de Chile, Dr. Miguel Kottow, en que el objeto de la práctica médica, de su ética y de la ciencia no es servir de coadyuvantes a la experimentación en humanos, sino que es proteger la integridad y los derechos de los sujetos de experimentación, los cuales están constantemente amenazados por los intereses económicos de las compañías farmacéuticas. Este esmero y cuidado parece ser aún más esencial en un país como Chile, con una historia trágica de violación de los derechos humanos de toda la población, y donde las compañías farmacéuticas parecen tener una influencia desmesurada y, hasta ahora, desgraciadamente incontestada en la práctica médica y en la salud pública.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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