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El incremento de las ciclovías y abuso de las mismas


Hace años que me desplazo en bici por Santiago. Tengo la suerte de vivir en el centro, y a pesar de mi inevitable paso ágil hacia la vejez, los lugares por los que transito me quedan más o menos a mano. No dudo que hay otros que lo hacen mucho mejor.

El incremento de las ciclovías, que alabo, ha generado, a la vez, ciertos abusos que aquí pretendo develar sólo con el ánimo de acercar la finalidad del apoyo al transporte en bicicleta, a una política pública efectiva.

Lo primero que salta a la vista, es cómo los motoristas utilizan ya no sólo los espacios que dejan los autos entre sí, sino que las ciclovías son usadas como rutas rápidas, avasallando, en algunos casos, a los mismos ciclistas que las están utilizando.

Ahora, si de motos se trata, la pregunta es, ¿cuál es el límite entre una moto y una bicicleta? Y, ¿qué hay con las bicicletas eléctricas que están apareciendo?

Hay engendros dinámicos que parecen bicis y que son motos, hay motos que cuesta diferenciarlas de las bicicletas y hay otras que en ocasiones pueden ser consideradas motos y en otros casos pueden ser consideradas bicicletas.

Yo soy de la idea de poder establecer una línea que sirva como criterio, tanto para el uso de las ciclovías, como para la aplicación de las demás normas que le son especialmente aplicables a las bicicletas.

[cita tipo=»destaque»]Hay engendros dinámicos que parecen bicis y que son motos, hay motos que cuesta diferenciarlas de las bicicletas y hay otras que en ocasiones pueden ser consideradas motos y en otros casos pueden ser consideradas bicicletas. [/cita]

Así, la Ley de Tránsito debe incorporar una definición de bicicleta, y apoyándonos en algunas definiciones como la existente argentina: “vehículo de dos ruedas que es propulsado por mecanismos con el esfuerzo de quien lo utiliza, pudiendo se múltiple, de hasta cuatro ruedas., me parece una buena definición”.

Agregaría que debe ser permanentemente propulsado por el esfuerzo de quien lo utiliza y que alcance, en el caso de asistencia eléctrica, una velocidad de hasta 30 km/h.

¿Por qué estos dos elementos adicionales?, el primero porque las ciclovías se han empezado a poblar de bicimotos eléctricas y también a combustión que se desplazan simplemente con el uso de un acelerador. Respecto de la velocidad propuesta, es sólo para hacerlo armónico con la velocidad máxima a la que se puede desplazar una bicicleta mecánica.

Quiero incorporar en el concepto de bicicleta aquellas que utilizan asistencia eléctrica, es decir, que son propulsadas paralelamente por el esfuerzo de quien las usa, como un motor eléctrico. No por combustión interna por un asunto de polución simplemente.

En cuanto a las bicicletas eléctricas que pueden desplazarse tanto asistiendo el pedaleo, como autónomamente con acelerador, pienso que en caso de uso sólo con acelerador, su uso en ciclovías quede vetado.

En los albores del desplazamiento sano (en bici) es bueno frenar, desde luego, el abuso de algunos transeúntes.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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