Publicidad
El Contralor y el sentido común Opinión

El Contralor y el sentido común

Emilio Oñate
Por : Emilio Oñate Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Central
Ver Más


Inquietud ha causado el conflicto entre el Contralor General de la República Jorge Bermúdez y su ex Subcontralora Dorothy Pérez,  el que ya se encuentra radicado en la Corte Suprema, instancia que deberá resolver la apelación presentada por el Consejo de Defensa del Estado en representación del órgano contralor.

Para entender parte de lo ocurrido es indispensable considerar que el Subcontralor es designado directamente por el Contralor General, quien está facultado para nombrar a cualquier abogado, que a su parecer y fundadamente, cumpla con los requisitos y las competencias para asumir este importante cargo en la estructura organizacional de la entidad de control. Recordemos que el Subcontralor subroga al Contralor, y además se delega en él, el ejercicio del denominado trámite de Toma de razón,  cuyo objetivo es verificar la legalidad de los Decretos Supremos que dicta el Presidente de la República, además de ejercer la jurisdicción de cuentas en primera instancia.

[cita tipo=»destaque»]Lo cierto es que carece de toda lógica que no solo en la Contraloría, sino en toda la administración del Estado, los funcionarios que son designados por la confianza de la autoridad que los nombra, sean considerados de carrera, pudiendo incluso seguir ejerciendo sus funciones, aun cuando dicha confianza se haya perdido, si así fuera, disquisiciones legales más o disquisiciones legales menos, también se estaría perdiendo el sentido común.[/cita]

De lo señalado es fácil inferir que el Contralor al designar a quien lo reemplazará, está ejecutando lo que se denomina un acto “Intuitu Personae”, es decir un acto de confianza, siendo este elemento trascendental para entender no solo el funcionamiento interno de la Contraloría sino de toda la estructura de la Administración del Estado en Chile, que se sustenta en el principio de la jerarquía, el que se expresa entre otras cosas en el deber que tienen los subalternos de cumplir las órdenes de su superior jerárquico, siempre que estas no contravengan la ley. Y en que los cargos de exclusiva confianza no desarrollan la carrera funcionaria, ejerciendo sus funciones hasta que cuenten con la confianza de quien los designó.

Lo cierto es que carece de toda lógica que no solo en la Contraloría, sino en toda la administración del Estado, los funcionarios que son designados por la confianza de la autoridad que los nombra, sean considerados de carrera, pudiendo incluso seguir ejerciendo sus funciones, aun cuando dicha confianza se haya perdido, si así fuera, disquisiciones legales más o disquisiciones legales menos, también se estaría perdiendo el sentido común.    

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias