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Franja televisiva para el plebiscito: otro golpe de la institucionalidad contra el movimiento social Opinión

Franja televisiva para el plebiscito: otro golpe de la institucionalidad contra el movimiento social


Que el Presidente Piñera apenas tenga el 6% de aprobación, el Congreso el 3% y los partidos un 2% no significa que la desprestigiada institucionalidad chilena no tenga fuerza. Por el contrario, en estas últimas semanas hemos sido testigos de varios ejemplos que dan cuenta de su vitalidad y de su sorprendente capacidad de reacción. El último de ellos es el reciente acuerdo del Consejo Nacional de TV (CNTV) que regula la franja televisiva para el plebiscito de abril.

De acuerdo a la reciente modificación constitucional que se hizo en Chile, el CNTV, según el artículo 130, estaba en la obligación de adoptar una normativa para regular cómo los canales de televisión abierta destinarán gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral, “debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días, contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas”.

Dicho acuerdo acaba de ser publicado en el Diario Oficial. La institucionalidad respondió, y lo hizo como lo ha venido haciendo en estos meses: por un lado, apoyando y fortaleciendo el orden existente; por otro, discriminando y debilitando a las opciones independientes que lo cuestionan.

Este “Acuerdo sobre Regulación de la Franja Televisiva del Plebiscito Nacional” indica, en su artículo 2, que “podrán hacer propaganda electoral en la Franja: a) Los partidos políticos legalmente constituidos con representación en el Congreso Nacional y b) Los parlamentarios independientes”.

Esto significa que quedan fuera de toda posibilidad de aparecer en la franja los partidos políticos que, aun estando legalmente constituidos, no tienen representación parlamentaria, es decir, que estén fuera de la institucionalidad. Es el caso, por ejemplo, del Partido Igualdad.

No es el único modo en que el CNTV viene a darle oxígeno a esta desprestigiada institucionalidad y, específicamente, a los partidos políticos. El artículo 5º es un traje a la medida, un regalo con tarjetita para Renovación Nacional, el partido de Carolina Parot, la presidenta del CNTV: “Si un partido apoya dos opciones de una misma cédula, el Consejo distribuirá el tiempo de conformidad a lo comunicado por su presidente respecto de los parlamentarios que apoyan cada opción plebiscitada, en la proporción antes indicada”. Se resolvió el misterio, RN podrá tener en su franja tiempo para apoyar y tiempo para rechazar la nueva Constitución. Si el artículo 2º es un modo de seguir fortaleciendo la institucionalidad, este art. 5º es una adecuación absoluta del CNTV a un partido al que, de este modo, se le permite resolver tensiones internas.

No se tuvo la misma disposición con los independientes, es decir, con la mayoría de los chilenos y las chilenas. De hecho, las seis veces que la palabra “independientes” aparece en el acuerdo del CNTV, lo hace como adjetivo para referirse a “parlamentarios independientes”, es decir, a los independientes que se mueven dentro de la institucionalidad.

Solo dos veces se menciona a la sociedad civil. El art. 2º, en su último inciso, señala que “Respecto de una misma opción del plebiscito, los partidos políticos podrán participar en la franja por sí solos, conjuntamente con uno o más partidos, con parlamentarios independientes y/o con organizaciones de la sociedad civil. Para dichos efectos deberán constituir un comando”. Lo sigue la disposición del art. 3º: “Los partidos políticos o comandos que participen en la franja deberán, en el caso previsto en el inciso final del artículo anterior, destinar una parte significativa del tiempo que se les asigne, a organizaciones de la sociedad civil que apoyen la misma opción respecto de la cual van a hacer propaganda electoral.”

Si analizamos lo referido a la sociedad civil, veremos que el CNTV, tan creativo y solícito para resolverle un problema a Renovación Nacional, cuando de la participación de la sociedad civil en la franja se trata, inventa un constructo jurídico indeterminado y cínico. ¿Cómo y quién obligará a los partidos políticos a que destinen parte de su tiempo en la franja a los independientes? Si los partidos no cumplen, ¿hay consecuencias jurídicas?, ¿que significa “una parte significativa del tiempo”?, ¿cuántos segundos o minutos es eso y quién lo determina?

Nada queda respondido. Es decir, se trata de disposiciones irrelevantes, sin consecuencias reales, ficciones jurídicas. Pero eso no es lo más grave, lo peor es que el CNTV está obligando a los independientes a golpear la puerta de los partidos políticos (esos del 2% de apoyo), acudir a ellos y pedirles que, por favor, les den unos minutitos.

La institucionalidad ha salido del shock inicial que significó el 18 de octubre, hoy reacciona por diversos lados, se defiende y se fortalece. Que casi nadie les crea ni los quiera no significa que sean débiles. Los resultados del plebiscito de abril están abiertos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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