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Construir justicia feminista y disidente: una oportunidad en la nueva Constitución

Por: Abogadas Convergencia Social


Señor Director:

Los recientes casos de violencia de género como el de Antonia Barra, Nicole Saavedra, Sara y tantas otras, evidencian la necesidad de repensar el derecho y la justicia que falla estos casos con sesgos y estereotipos carentes de una necesaria perspectiva de género. Sobre todo en un contexto en que la mayoría de las facultades de derecho de Chile enseñan que el derecho es neutro y que el sujeto de derecho es uno universal y abstracto, cuando lo cierto es que mujeres, feministas y personas LGBTIQ+ sabemos perfectamente que el derecho no es neutro, que tiene género y es masculino.

La forma en que la institucionalidad ha llevado casos como el de Antonia Barra pueden generar un efecto inhibidor consistente en un desincentivo de las personas a denunciar sus casos por miedo a que surjan represalias, temiendo que ante casos de violación, abuso sexual o acoso sexual comiencen cuestionamientos que se centran en nuestra propia conducta, dejando ver una supuesta responsabilidad de las propias víctimas: ¿por qué bebimos tanto?, ¿por qué estábamos solas?, ¿por qué fuimos a ese lugar?, ¿por qué usábamos esa ropa?, ¿por qué te demoraste tanto en denunciar?, ¿cuántas parejas hemos tenido? Nunca las víctimas serán responsables de la conducta de los agresores.

En este sentido, una justicia de género se contrapone a la igualdad formal, y para proponer como posibilidad una igualdad sustantiva que comprenda las particularidades de la violencia de género hacia las mujeres, niñas y personas LGTBIQ+ es necesario asegurar la dignidad de toda víctima de este tipo de violencia, en un escenario donde muchas veces las víctimas no se atreven a denunciar y que cuando lo hacen son revictimizadas por las policías y operadores del sistema judicial. A ello se suma la frustración que para muchas genera el hecho de que el 57,8% de las denuncias por delitos sexuales son archivadas provisionalmente, sin contar con otras formas de término anticipado o absoluciones. El Estado de Chile debe dar cumplimiento a su obligación internacional de garantizar a las mujeres una vida libre de violencia física, sexual, económica o psicológica, cuestión que sin perspectiva de género no se puede cumplir.

Ante este escenario creemos que el proceso constituyente abre una oportunidad única. Es oportuno plantearse cómo -desde la futura Constitución- se asegurará que la perspectiva de género esté presente desde principio a fin, haciendo necesario establecer a nivel constitucional la integración de la perspectiva de género en todo el sistema estatal, especialmente, en las instituciones de justicia.

Es por ello que debemos establecer ciertas ideas de cara al debate constituyente. En primer lugar, es fundamental que se considere un mandato explícito para la configuración paritaria en los distintos espacios y niveles del Estado y la sociedad, incluyendo órganos de la administración del Estado, Congreso Nacional y, por cierto, tribunales de justicia. La paridad no es un fetiche, por el contrario, es una acción afirmativa que refuerza la democracia en cuanto permite una representación equitativa de la sociedad, contrastando con un sistema que, en nombre de la neutralidad, ha invisibilizado históricamente al 51% de la población, es decir, a las mujeres.

En segundo lugar, se requiere un mandato constitucional explícito que comprometa a los distintos órganos del sistema político a generar políticas públicas e implementación de las mismas con enfoque de género, con indicadores y presupuesto adecuado. Asimismo, este mandato de ejercicio de labores con perspectiva de género debe estar establecido también para los órganos jurisdiccionales y las policías, estableciendo mecanismos para su exigibilidad.

Finalmente, es fundamental una legislación acorde a los principios de no discriminación y erradicación de toda violencia contra la mujer, que sea correlato de los mandatos constitucionales y asegure la necesaria formación permantente y las exigencias pertinentes para asegurar que juzgadores y juzgadoras, están comprometidas con una justicia de género que evite que las mujeres sean vulneradas dos veces: por el agresor y por la justicia patriarcal. Justicia para Antonia.

Esta carta es firmada por Florencia Pinto, Rodrigo Mallea Cardemil, Catalina Pastén López, Pola Jara, Leonardo Jofré, Paz Tondró, Patricia Rada, Constanza Schonhaut Soto, Constanza Martinez Gil, Manuel Yáñez Espinoza, Javiera Cabello, Renata Villamán Juica, Antonia Illanes, Valentina Palacios Plaza, Marian Barreaux, Catalina Adrian, Athiara Cristino Espinoza, Carolina Guardia , Cristina Luna Jara, Carolina Perez Quinzacara, egresadas, abogadas y abogades militantes de Convergencia Social.

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