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Licitación del litio y el proceso constituyente Opinión

Licitación del litio y el proceso constituyente

José Aylwin y Marcel Didier
Por : José Aylwin y Marcel Didier Abogados, Observatorio Ciudadano
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Ya ha sido presentada desde la sociedad civil a la Convención Constitucional una iniciativa popular de norma (Comité de Defensa y Recuperación del Cobre –Iniciativa Nº 5.602–), y debatida por la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico de la Convención Constitucional, propuestas que, teniendo presente la importancia tanto estratégica como económica del litio, apuntan a que su desarrollo sea entregado a empresas de propiedad del Estado o mediante la fórmula de una Empresa Nacional del Litio similar a la de Codelco. Se trata de una propuesta que también forma parte del programa de gobierno del Presidente electo, Gabriel Boric, con lo que, junto a pasarse a llevar la capacidad del órgano constituyente de definir libremente los actores protagónicos en la explotación del litio, hipoteca la voluntad popular que por una mayoría significativa respaldó a dicho candidato y a su programa de gobierno.


A pocos meses de su término, el Gobierno de Sebastián Piñera se encuentra empecinado en sacar adelante una convocatoria nacional e internacional para licitar y adjudicar Contratos Especiales de Operación (CEOL) para producir un total de 400 mil toneladas de litio comercializable, dividido en cinco cuotas de 80 mil toneladas cada una. Las adjudicaciones serán por un plazo de 7 años, prorrogables por otros dos, para hacer exploración geológica y los estudios y desarrollo de proyectos, a los que se sumarán otros 20 años de producción, sin una ubicación específica en cualquier parte del territorio del país. Las cuotas irán asociadas a una autorización de comercialización por parte de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCChEN).

En días pasados se realizó la apertura a dicha convocatoria. Se trata de seis ofertas realizadas por cinco empresas: BYD Chile SPA (con oferta de 61.000.999 USD$); Albemarle Ltda. (con oferta de 60.000.000 USD$); Cosayach Caliche SPA (con oferta de 30.100.000 USD$); Servicios y Operaciones Mineras del Norte SA (con oferta de 60.000.000 USD$); y la Sociedad Química y Minera de Chile SA (con dos ofertas, una de 14.050.000 USD$ y otra de 19.100.000 USD$), todas por cuotas de 80 mil toneladas cada uno, salvo Albemarle, que realizó  una oferta por dos de ellas, por un total de 160 mil toneladas, y SQM que realizó una oferta por 80 mil toneladas y dos por un total de 160 mil toneladas.

El Comité Especial de Licitación creado por el Gobierno para estos efectos debía reunirse el 6 de enero para proponer al ministro de Minería la adjudicación de esta licitación. 

La decisión del actual Gobierno de llevar adelante esta convocatoria y adjudicar la licitación no solo a poco de terminar su período, sino en el contexto del desarrollo de un proceso constituyente impulsado con la aprobación de una amplia mayoría de la ciudadanía, resulta altamente cuestionable por múltiples razones. No puede escapar al actual Gobierno el hecho que las normas que rigen la propiedad y formas de concesión de los bienes comunes, generalmente denominados recursos naturales, han sido fuertemente cuestionadas. Ellas han resultado en la apropiación por privados, generalmente grandes conglomerados empresariales, de bienes comunes, como yacimientos mineros, el agua dulce y los recursos del mar, hecho que ha estado entre los factores que explican el malestar popular que gatilló el estallido social.

En el caso del litio, si bien la legislación vigente reserva el litio para el Estado y la Constitución de 1980 dispone que este mineral no metálico no es susceptible de concesión minera, quedando su exploración, explotación y beneficio en manos del Estado, es bien sabido que este, a través de Corfo, ha facilitado su explotación por empresas privadas de capitales nacionales y extranjeras, principalmente Albemarle y SQM. Ello a través de contratos de largo plazo que han sido impugnados tanto por las comunidades indígenas atacameñas o lickanantay directamente afectadas por sus operaciones, las que no fueron consultadas previo a su suscripción como lo dispone el Convenio 169 de la OIT, sino también por amplios sectores políticos y sociales.

Cabe recordar que, en el caso de SQM, la prolongación de sus actividades para la explotación del litio en el Salar de Atacama hasta el 2030 y el aumento en las cuotas de extracción en virtud de un contrato suscrito por Corfo con esta empresa el 2018, fue seriamente cuestionada por el hecho de que sus altos directivos se habían visto involucrados en diversos delitos relacionados con el financiamiento ilegal de la política investigados por la justicia chilena y extranjera.

La actividad extractiva de esta empresa, además, ha generado serios impactos en derechos humanos del pueblo lickanantay, según fue constatado en un reciente estudio del Observatorio Ciudadano. Entre los derechos que, de acuerdo a esta Evaluación de Impacto en Derechos Humanos, se han visto gravemente vulnerados por la actividad de esta empresa se encuentran el derecho a la consulta previa y al consentimiento previo, libre e informado; el derecho a la libre determinación y definición en prioridades de desarrollo; el derecho a la participación en los beneficios y la compensación justa por los daños ocasionados; el derecho sobre la tierra y el territorio; y los derechos de agua.   

Tratándose de una licitación que deja abiertas la exploración y la explotación del litio por los adjudicatarios a todo el territorio nacional, resulta evidente que dicha actividad se centrará en los salares andinos del norte del país –principalmente en el Salar de Atacama–, donde se encuentran las mayores reservas de las sales de las que se extrae el litio, salares que forman parte de las tierras y territorios de uso y ocupación ancestral del pueblo lickanantay, quechua y colla, entre otros pueblos indígenas. 

Cabe señalar además que el proceso de licitación en desarrollo por el actual Gobierno no ha estado exento de irregularidades y no cuenta con las garantías mínimas de transparencia; además, los breves plazos considerados en el proceso imposibilitaron la participación de nuevos actores. Al igual que en los contratos anteriormente suscritos entre Corfo con SQM y Albemarle, respectivamente, de nuevo se vulnera el derecho a la consulta previa, libre e informada, y el consentimiento de los pueblos originarios que puedan verse afectados.

Junto con ello, cabe resaltar que el Estado de Chile se encuentra en litigio con ambas empresas que aparecen como oferentes en esta licitación, por lo que la adjudicación a ellas parece un contrasentido; con SQM un proceso sancionatorio ambiental por incumplimiento de su permiso ambiental que data de 2006, y con Albemarle en un proceso de arbitraje internacional con el Estado de Chile por el incumplimiento del contrato de explotación en el Salar de Atacama firmado en 2016. Al efecto, Corfo denunció a inicios de 2021 a la empresa estadounidense ante la Cámara de Comercio Internacional (ICC) por una diferencia no pagada de aproximadamente 15 millones de dólares relativa a menores comisiones.

Lo más grave de esta decisión, sin embargo, es que ella afecta gravemente la capacidad de la Convención Constitucional como órgano representativo de la soberanía popular de definir, hacia el futuro y por un largo tiempo, no solo la propiedad, la potencial concesión o no del litio a empresas, así como su origen, sean nacionales o extranjeras, que puedan participar de la exploración y explotación de este mineral no metálico que hoy se convierte en un elemento clave de la transición energética a nivel global.

Al respecto cabe señalar que ya ha sido presentada desde la sociedad civil a la Convención Constitucional una iniciativa popular de norma (Comité de Defensa y Recuperación del Cobre –Iniciativa Nº 5.602–), y debatida por la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico de la Convención Constitucional, propuestas que, teniendo presente la importancia tanto estratégica como económica del litio, apuntan a que su desarrollo sea entregado a empresas de propiedad del Estado o mediante la fórmula de una Empresa Nacional del Litio similar a la de Codelco.

Se trata de una propuesta que también forma parte del programa de gobierno del Presidente electo, Gabriel Boric, con lo que, junto a pasarse a llevar la capacidad del órgano constituyente de definir libremente los actores protagónicos en la explotación del litio, hipoteca la voluntad popular que por una mayoría significativa respaldó a dicho candidato y a su programa de gobierno.

Por todo lo anterior es que nos sumamos a los actores sociales y políticos que han demandado al Gobierno que suspenda el proceso de licitación y adjudicación del litio en desarrollo. Ello hasta que la Convención Constitucional, como órgano depositario de la soberanía popular, establezca las nuevas reglas que regirán en la materia, asegurándose de este modo que ellas, luego del referéndum de salida previsto para el presente año, cuenten con la legitimidad que les daría la ciudadanía. 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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