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Cuando el Estado no respeta y protege el derecho a respirar aire limpio: el caso de las zonas de sacrificio en Chile Opinión

Cuando el Estado no respeta y protege el derecho a respirar aire limpio: el caso de las zonas de sacrificio en Chile

Gabriela Burdiles Perucci
Por : Gabriela Burdiles Perucci Abogada y Directora de Proyectos, ONG FIMA Msc. Derechos Humanos, The London School of Economics and Political Science
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El derecho a respirar aire limpio es uno de los componentes fundamentales del derecho humano a un medio ambiente sano, como ha declarado el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y los Derechos Humanos, David Boyd, en 2019. La amenaza directa a dicho derecho es la contaminación del aire. La contaminación atmosférica también afecta negativamente al disfrute de otros derechos humanos, como el derecho a la vida y el derecho a la salud, especialmente entre los grupos más vulnerables de nuestra sociedad.

Para garantizar este derecho humano, el Estado no sólo debe evitar su violación a través de las acciones u omisiones de sus propios agentes y órganos, lo que se conoce como el deber de respeto, sino que también debe proteger a las personas de las violaciones cometidas por terceros, como las industrias contaminantes. Esta obligación se conoce como el efecto indirecto y horizontal de las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos. Por consiguiente, cuando un Estado no adopta medidas para proteger a las personas de los abusos cometidos por particulares, incumple sus obligaciones en materia de derechos humanos.

Por ejemplo, la Corte Europea de Derechos Humanos, en el caso López Ostra c. España (1995), determinó que este país no adoptó medidas razonables para prevenir los graves efectos de la contaminación atmosférica causada por una planta privada de tratamiento de desechos, violando el derecho a la privacidad de quienes vivían cerca de la planta.

Entre las medidas que el Estado debería adoptar para garantizar el derecho a respirar aire limpio, el informe de David Boyd menciona la vigilancia permanente de la calidad del aire y los efectos de la contaminación sobre la salud de la población. Los Estados también deberían identificar las diferentes fuentes de contaminación, elaborar informes públicos, introducir legislación y elaborar planes de acción, evitando la discriminación y las medidas regresivas en su aplicación. Por último, estos instrumentos deben ser evaluados y actualizados periódicamente con la participación de las comunidades afectadas.

Hoy en día en Chile hay 17 localidades en 11 regiones del país declaradas como zonas saturadas por la contaminación del aire. Esto significa que los niveles de concentración medidos de los contaminantes regulados en las normas de calidad ambiental superan los niveles máximos permitidos. Muchas de estas localidades han sido tristemente condenadas a convertirse en zonas de sacrificio ambiental, es decir, soportan la carga de muchas industrias así como una fuerte contaminación. Por lo tanto, en estas zonas el derecho a vivir en un ambiente saludable es violado día a día, poniendo en riesgo la vida y la salud de la comunidad local.

Algunas de las localidades donde estos derechos han sido permanentemente violados, son Quintero y Puchuncaví donde el complejo industrial Ventanas opera desde 1958 con más de 17 empresas, incluyendo empresas estatales como la Empresa Nacional de Petróleo (ENAP) y la Corporación Nacional del Cobre (CODELCO). La violación sistemática de los derechos humanos en este caso fue señalada hace más de un año por la Corte Suprema de Chile en una sentencia que ha sido calificada de histórica. Esta sentencia falló en contra de diferentes autoridades estatales por el envenenamiento masivo que se produjo en esas localidades en 2018 como consecuencia de la emisión de gases tóxicos por parte del complejo industrial, situación que dejó más de 1.300 personas afectadas.

Después de un año de la sentencia judicial y casi dos años después de los episodios de intoxicación masiva, todavía se desconoce la naturaleza y las fuentes de los contaminantes que causaron la crisis. Todavía no hay, en un plazo más que razonable, una respuesta suficiente de las autoridades condenadas. Desde la decisión del tribunal, se han producido 74 derrames de carbón, varias alertas ambientales y declaraciones de pre-emergencia, y lo que es peor, todo ello en medio de la crisis sanitaria causada por el COVID-19, donde respirar aire limpio es esencial. Lamentablemente, las empresas siguen contaminando con impunidad.

La comunidad ha tocado todas las puertas posibles, pero ninguna de las decisiones de la Corte ha sido implementada completamente. En este contexto, se reafirma urgentemente la obligación del Estado de cumplir con su deber de respetar y proteger la vida de la población afectada, aportando soluciones efectivas para evitar que esta historia se repita.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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