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IVA diferenciado: ¿transitorio o permanente? Opinión

IVA diferenciado: ¿transitorio o permanente?

Hernán Calderón
Por : Hernán Calderón Constructor Civil, Presidente Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, Conadecus.
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La Cámara Baja aprobó de manera transitoria la rebaja del IVA a productos de la canasta básica familiar. La indicación fue aprobada por diputadas y diputados y despachada al Senado, mientras que el impuesto a los superricos no alcanzó el quórum requerido.

De acuerdo a la indicación, el IVA bajará a un diez por ciento para: combustibles, alimentos, productos sanitarios, servicios de hotelería, belleza, deportivos y funerarios, entre otros.

En tanto, se rebajarían a un 4 por ciento algunos productos básicos como: pan, harina, huevo, leche, queso, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales. Revistas, diarios o libros que no tengan publicidad. También estarán afectos a esta disminución de impuestos las medicinas, prótesis y servicios de teleasistencia.

Desde Conadecus hemos propuesto reiteradamente la aplicación del IVA diferenciado a los productos alimentarios básicos, aunque existan voces expertas que señalan que dicha rebaja, por regla general, no se traspasa a los precios; apoyamos la medida y consideramos necesario que dicha rebaja también se aplique a servicios básicos como: agua, luz, gas y telecomunicaciones, permitiendo una rebaja directa en la cuenta final para los usuarios individuales del 15 por ciento.

El sector gastronómico y hotelero ha sido uno de los más afectados por la pandemia. Resulta vital generar las condiciones para reactivar dichas pymes y evitar más quiebras. Una medida “gancho”, por ejemplo, sería permitirles a los turistas extranjeros que ingresen a Chile, recuperar el IVA de las compras al presentar sus facturas al momento de regresar a sus países.

Un poco de Historia

El IVA se implementó en Chile como un impuesto a la compra y venta el año 1956, instalándose como un impuesto parcial y de carácter diferenciado en 2 o 3 categorías, quedando fuera de este alimentos, medicamentos, libros y otros servicios y necesidades ligadas al ocio y aspectos culturales y/o entretención.

En sus inicios, comenzó con una tasa de 3% para más tarde quedar establecida en un 8%. En 1976 es modificado a través del decreto de Ley 845, convirtiéndose en un impuesto único a la venta de bienes y consumo de inversión, impuesto del cual solo quedan libres fundaciones de beneficencia, sin fines de lucro, incorporándose recientemente las AFP, las cuales sí persiguen fines de lucro.

Al establecerse un impuesto único, se generó un impuesto indirecto que gravó el valor agregado del producto, convirtiéndose en un impuesto de traslación, es decir, que todo el impuesto lo paga el consumidor final, y cada parte de la cadena liquida IVA, descontando del IVA que retuvo al vender, el IVA que pagó al comprar. En nuestro país, la tasa actual del IVA es de 19%.

Uno de los sistemas tributarios más óptimos para el consumidor, implementado en grandes países, tanto en Europa como en América Latina, ha sido el IVA diferenciado según grupo de productos o actividades. En la mayoría de los países de América Latina los alimentos no tienen IVA, al igual que otros productos. Solo en Chile y Uruguay los alimentos tienen impuesto al valor agregado fijo.

El sistema de IVA diferenciado existente en España establece distintos impuestos para los productos y sus diversos tipos, generando diferentes tipos de IVA. El primero de ellos, el IVA General, aplicado a la mayoría de los productos y servicios, el cual es de un 18%.

El segundo tipo de IVA es el Reducido, actualmente de 8%, aplicado a todos los alimentos, exceptuando los de primera necesidad; a la vivienda de primera mano; transportes de viajeros; hoteles; restaurantes; teatro; deporte; entretención, etc. A este tipo de impuesto le sigue el Súper reducido, aplicado a los alimentos básicos de primera necesidad, a medicamentos y también a libros y prensa, vivienda popular y vehículos de capacidad reducida, actualmente de un 4%. Por último, nos encontramos con la categoría de IVA Libre, donde se encuentran los servicios y productos que no pagan IVA, como salud, educación y asistencia social.

Con estos ejemplos, podemos ver la equidad que entrega un sistema de IVA diferenciado, estableciendo una suerte de pirámide entre las necesidades básicas más relevantes y aquellas que no lo son, pero que también pertenecen a necesidades de alto consumo entre la población. El IVA Diferenciado es la fórmula que permite recaudar de manera efectiva y eficiente sin perjudicar el bolsillo de los más necesitados, más aún en tiempos de pandemia.

El Estado debe gestionar la crisis sanitaria con todas las herramientas a su disposición y rebajar el IVA es una de ellas. La urgencia económica y la falta de recursos en favor de la ciudadanía, demandan una acción clara y decidida en rescate de la economía de barrio, las pymes y la golpeada economía familiar agobiada por el sobreendeudamiento y la falta de oportunidades. Confiamos en que en el Senado se apruebe la rebaja del IVA y se estudie el carácter permanente de la medida, al menos por el tiempo que dure la pandemia COVID-19.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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