
Pymes y empleo
Gran revuelo han generado las opiniones de los economistas que componen el Banco Central, respecto a que ciertas políticas públicas estarían afectando el mercado del empleo. En particular, se refieren a la rebaja a 40 horas y al aumento del sueldo mínimo.
Lo cierto es que nada dicen estos economistas, y los que luego se han dedicado a comentar, respecto de qué significan las mipymes en la generación del empleo. De acuerdo con la última serie informada por el SII del año 2023, respecto de las ventas y su relación con empleo, las empresas mipymes generan el 50% del empleo y las grandes empresas el otro 50%. El problema radica en que, de acuerdo con esta misma serie, las grandes empresas tienen capturadas el 87.5% de las ventas y las empresas de menor tamaño apenas el 12.5% de las ventas.
Como esta serie se ha mostrado con una pendiente negativa durante décadas, es muy probable que hoy las ventas de las empresas mipymes estén muy cerca del 11% del total de las ventas en el mercado interno. A esta asimetría, algunas organizaciones de pequeñas empresas la hemos denominado falla estructural de la economía chilena.
El mismo año 2023, la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Conadecus, hizo una presentación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), la acción caratulada como ERN 32-2023, “Expediente de recomendación normativa sobre participación de grupos empresariales en distintos ámbitos de la economía”, que, entre otras acciones, contemplaba lo siguiente:
Por resolución de 27 de septiembre de 2023, a solicitud de Conadecus, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia inició un Expediente de Recomendación Normativa para evaluar la necesidad de recomendar la dictación de preceptos legales o reglamentarios para fomentar la competencia o regular el ejercicio de determinadas actividades económicas, en relación con los siguientes aspectos indicados en la solicitud:
(i) La imposición de restricciones a estructuras societarias piramidales de grupos empresariales que superen un determinado tamaño; (ii) la imposición de restricciones a la participación cruzada de grupos empresariales entre mercados financieros y otros; (iii) la consideración de la participación de conglomerados al momento de asignar concesiones o derechos por parte del Estado; y (iv) el establecimiento de un registro de grupos empresariales que superen un determinado tamaño.
Asimismo, se ordenó oficiar a la Fiscalía Nacional Económica, a la Comisión para el Mercado Financiero, al Banco Central de Chile, al Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, a fin de que todos estos, así como otros que también tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la publicación del extracto de esta resolución en el Diario Oficial.
Esta acción es la más importante realizada en Chile en favor de las empresas mipymes. Claramente todos los organismos se han tomado más de los 30 días hábiles para responder, entre ellos, el Banco Central, y bien bueno sería que sus consejeros y técnicos se pronunciaran y ayudaran a buscar corregir esta asimetría que es la causa de que las empresas de menor tamaño se vean afectadas por décadas, y no, como algunos mañosamente quieren hacer creer, que los problemas de las mipymes comenzaron hace tres años o con medidas que ni siquiera entran en régimen a plenitud.
Que las escuelas de economía y los técnicos de todos los organismos a los cuales el TDLC alude, en conjunto con las organizaciones gremiales de mipymes, nos pongamos manos a la obra y comencemos a corregir esta falla estructural de la economía chilena que, claramente, es un lastre para el desarrollo del país, vamos a lo medular y no a lo accesorio.
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