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Corte Suprema rebaja penas a mapuches pero no anula juicio

La decisión benefició a Jonathan Huillical Méndez, Jose Huenuche Reimán y Ramón LLanquileo Pilquimán y al ex líder de la Coordinadora Arauco Malleco Héctor Llaitul Carillanca. Este último, sin embargo, fue setenciado a cuatro años, pero primero debe cumplir otra condena de cinco años, por lo que suma en total nueve años. Los defensores de los comuneros que cumplen hoy 80 días en huelga de hambre se mostraron insatisfechos con la resolución. [Actualizada]


La sala penal de la Corte Suprema acogió en parte los recursos de nulidad interpuestos por la defensa de los cuatro comuneros mapuches condenados a 20 años de cárcel por el Tribunal Oral de Cañete,  que los había condenado a más 20 años de prisión por el frustrado atentado contra el fiscal Mario Elgueta, ocurrido en octubre de 2008.

El ministro Nibaldo Segura dio a conocer a las 13:00 horas la resolución que anuló el dictamen en su contra y dispuso una sentencia de reemplazo, por lo que los cuatro imputados que mantienen una huelga de hambre que este viernes cumple 80 días, no deberán enfrentar una nueva audiencia. La decisión del máximo tribunal rebajó a sólo tres años la pena que deben cumplir y recalificó el delito de «atentado a la autoridad» a «lesiones graves» y «menos graves».

La decisión benefició a Jonathan Huillical Méndez, Jose Huenuche Reimán y Ramón LLanquileo Pilquimán y al ex líder de la Coordinadora Arauco Malleco, Héctor Llaitul Carillanca. Este último, sin embargo, fue setenciado a cuatro años, pero primero debe cumplir otra condena de cinco años, por lo que suma en total nueve años.

El fallo dispuesto por la sala conformada también por  los ministros Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Carlos Künsemüller y Hugo Dolmestch dispone la anulación de la sentencia «en forma parcial, sólo en lo que respecta a los delitos de homicidio frustrado en la persona del fiscal del Ministerio Público y lesiones simplemente graves inferidas a los funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, segmento que se reemplaza por la sentencia que se dicta a continuación, sin nueva audiencia y en forma separada”.

Esta última, señala que «se condena a los acusados Ramón Esteban Llanquileo Pilquiman, José Santiago Huenuche Reiman y Johnattan Huillical Méndez, a la pena única temporal de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, y a Héctor Javier Llaitul Carrillanca a la pena única de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, por sus respectivas responsabilidades de autores de los delitos reiterados de lesiones simplemente graves inferidas a los sfuncionarios policiales Jorge Ojeda Fuentes, Walter Oyarce Vergara y Alejandro Rojas Riffo, y menos graves causadas al fiscal Mario Elgueta Salinas».

Agrega que  se les impone también las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de cada condena» .

Finalmentese indica que «la sanción principal deberá purgarla a continuación de aquella que se le infringió por su responsabilidad de autores del delito de robo con intimidación que sufrieron por la sentencia que se anuló parcialmente».

El dictamen de la Suprema no dejó conforme al abogado de Héctor Llaitul,  Pablo Ortega, quien deberá antes cumplira otra condena por el ataque con intimidación en contra del agricultor José Santos Jorquera.

«Es un fallo que para la defensa es contradictorio. Por un lado nunca es malo que bajen la pena, pero creemos que es una sentencia que tendremos que  revisar, analizar y eventualmente recurrir ante tribunales internacionales toda vez que los argumentos  de la defensa en torno a que el testigo secreto fue utilizado siguen vigentes», dijo el profesional a la radio Bío Bío.

El Poder Judicial en su página web entregó un detalle de las condenas de cada uno de los comuneros:

Respecto del denominado “Hecho A 1” -delito de robo con intimidación cometido, el 15 de octubre de 2008, en Tirúa- se rechazaron los recursos y se mantuvieron las condenas que se detallan:
Héctor Javier LLaitul Carrillanca: 10 años y un día de presidio;
Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán: 5 años y un día;
José Santiago Huenuche Reiman: 5 años y un día, y
Jonathan Sady Huillical Méndez: 5 años y un día.

En tanto, en el denominado “Hecho A.2” -el delito de homicidio frustrado del fiscal adjunto del Ministerio Público Mario Elgueta, y de lesiones graves a personal de la PDI, ocurrido el 16 de octubre de 2008- se determinó acoger los recursos de nulidad y dictar sentencia de reemplazo en los siguientes términos:
Héctor Javier LLaitul Carrillanca: 4 años y un día;
Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán: 3 años y un día;
José Santiago Huenuche Reiman: 3 años y un día, y
Jonathan Sady Huillical Méndez: 3 años y un día.

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