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Corte Suprema dicta condena por asociación ilícita a grupo liderado por «el cabro Carrera»

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Los ministros determinaron la pena de mayor cuantía -siete años de presidio por su responsabilidad como jefe de asociación ilícita- para Mario Mateo Silva Soto, dijo del «Cabro».


La Corte Suprema dictó sentencia en la investigación por los delitos de asociación ilícita, lavado de dinero y tráfico de estupefacientes de organización que lideraba Mario Silva Leiva, conocido como “el cabro Carrera”.

En fallo dividido los ministros Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y Juan Escobar determinaron la pena de mayor cuantía -siete años de presidio por su responsabilidad como jefe de asociación ilícita- para Mario Mateo Silva Soto, dijo del «Cabro».

Recibieron cinco años y un día como miembros de la asociación ilícita Juan Carlos Arias Valdés, Luis Enrique Díaz Díaz, Sergio Pedreros Valderrama, Roberto Conejeros Cerón, Nelson Madrid Torres, Pedro Cortés Castillo, Julio Pinto Bolívar, Michael Alvear Acevedo, Guillermo Arias Aravena, Luciano Álvarez Méndez, Rita Romero Muñoz, Gricel González Alegría y Rosa Silva Romero.

Fueron condenados, en tanto, a cuatro años y un día por su participación en la red Patricio Morales Olivares, Nelson Arnao Peñailillo y Pedro Ferrer Alarcón, mientras que fueron absueltos Nieves Ortiz Monsalve y Héctor Silva Romero, esposa e hijo del «Cabro Carrera».

Durante la tramitación del proceso fallecieron Carlos Valladares Valladares y Claudio Zarallo Rojas.

El máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso del 31 de agosto de 2010, que había establecido responsabilidades similares en el aspecto penal, pero que había  rechazado la incautación de una serie de bienes, retenidos judicialmente desde el comienzo de la investigación, adquirido con las ganancias producidas por la actividad ilícita.

Las condenas se adoptaron con el voto en contra del ministro Jaime Rodríguez, quien fue partidario de mantener la condena por el delito de lavado de dinero de Héctor Silva Romero, quien fue absuelto del cargo de asociación ilícita.

La investigación por la red de tráfico de estupefacientes y lavado de dinero en contra de Mario Silva Leiva y los integrantes de la asociación ilícita que lideraba, se inició el 8 de abril de 1997 a raíz de un requerimiento presentado por el Consejo de Defensa del Estado, y que fue denominada policialmente como “Operación Anna Frank”.

El 29 de mayo de 2004, el Segundo Juzgado del Crimen de Viña del Mar dictó sentencia de primera instancia en el proceso determinando penas similares para la mayoría de los condenados por la Corte Suprema, pero estableciendo una sanción de 15 años de presidio para Mario Mateo Silva Soto, jefe de la asociación ilícita junto a su padre, Mario Silva Leiva, quien murió, el 29 de julio de 1999, en el Hospital de la ex Penitenciaría mientras cumplía prisión preventiva.

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