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Suprema pide a Alemania que Hartmut Hopp cumpla condena por abusos sexuales en ese país

Suprema pide a Alemania que Hartmut Hopp cumpla condena por abusos sexuales en ese país

El otrora médico de la ex Colonia Dignidad, quien se fugó del país en septiembre del 2011, fue condenado por el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Talca Hernán González por su complicidad en 16 casos de abusos sexuales a menores al interior del enclave alemán, sentencia que fue confirmada a comienzos del año 2013 por el máximo tribunal.


La Corte Suprema solicitó a la justicia alemana que el ciudadano Hartmut Hopp Miottel cumpla en ese país la condena de cinco años y un día de presidio por ser cómplice de abusos sexuales de menores en Colonia Dignidad.

Hopp, quien se fugó del país en septiembre del 2011, fue condenado por el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Talca Hernán González por su complicidad en 16 casos de abusos sexuales a menores al interior de la Colonia Dignidad, donde se desempeñaba como médico, sentencia que fue confirmada a comienzos del año 2013 por la Corte Suprema.

En fallo unánime, la Segunda Sala integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y los abogados integrantes Luis Bates y Jorge Lagos acogió la solicitud de la Cancillería y el abogado querellante de la causa para complementar el requerimiento de la extradición solicitado a comienzos de año, en caso de que no se proceda a la entrega del requerido.

La decisión se basó en los Tratados Internacionales suscritos por Chile  y la República Federal de Alemania y ante la restricción que existe en la Constitución de ese país de no extraditar a ciudadanos de esa nacionalidad a otros países.

«Sin perjuicio que la idea central del fallo referido es naturalmente obtener la entrega del requerido, teniendo presente la restricción impuesta por la Constitución Alemana y ante el solo evento que sea denegada la referida solicitud, con el objeto de impedir la impunidad de los delitos por los que ha sido juzgado y condenado Hopp Miottel y teniendo en consideración, además, que la Ley sobre Asistencia Judicial Internacional en materia penal de 27 de junio de 1994, autoriza al Estado Alemán a prestar asistencia por medio de la ejecución de una condena aplicada, se accederá a la petición del Ministerio de Relaciones Exteriores, de las partes querellantes y del Consejo de Defensa del Estado», dice el fallo.

«Como se advierte, el objetivo buscado por los convenios internacionales citados, es la prevención de la impunidad y el favorecimiento de la rehabilitación del sancionado, objetivos que se cumplen tanto con la petición principal de extradición, si se tiene presente que Hopp Miottel vivió largos años en este país y huyó del mismo con motivo del proceso judicial que se siguió en su contra, como si se ordena que cumpla la sentencia en su país de origen, donde actualmente tiene su residencia», establece la sentencia.

Por tanto, determina: «Se complementa la sentencia de veinticuatro de julio de dos mil trece, recaída en estos mismos antecedentes, por la cual se declaró procedente la extradición del condenado Hartmut Wilhelm Hopp Miottel, por la responsabilidad que le cabe en los delitos que allí se señalan, en el sentido que, en caso de denegarse la extradición solicitada, se disponga que el mencionado cumpla la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo que le corresponde, en el país requerido, esto es, en la República Federal de Alemania».

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