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Corte anula sobreseimiento del pastor Soto en causa por injurias contra dirigente del Movilh

Corte anula sobreseimiento del pastor Soto en causa por injurias contra dirigente del Movilh

El tribunal de alzada consideró que en los delitos de acción privada, como es el caso de la injuria, se debe considerar si la víctima considera satisfactorias las explicaciones entregadas por el imputado, antes de proceder al sobreseimiento del proceso.


La Corte de Apelaciones de Santiago revocó el sobreseimiento definitivo dictado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago en la causa por el delito de injurias, iniciada por la presentación de una querella de Rolando Jiménez en contra del pastor evangélico Carlos Soto Chacón.

En un fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mario Gómez, Alejandro Rivera y la abogada integrante Claudia Chaimovoich– acogió el recurso elevado en contra de la decisión adoptada por el juez Ponciano Sallés que, el 29 de septiembre pasado, decretó el sobreseimiento de la causa.

El tribunal de alzada consideró que en los delitos de acción privada, como es el caso de la injuria, se debe considerar si la víctima considera satisfactorias las explicaciones entregadas por el imputado, antes de proceder al sobreseimiento del proceso.

«Ahora bien tratándose la presente causa de un delito de acción privada en la cual el legislador ha entregado a las partes la actividad procesal, prescindiendo de la labor del Ministerio Público, deben éstas ponderar la satisfacción de las explicaciones que se puedan verter en audiencia. De esta manera, es al ofendido a quien corresponde calificar como satisfactorias las excusas dadas por el querellado en la audiencia respectiva, lo que no ocurrió en la especie (…) La ponderación jurisdiccional de los términos que se consideran injuriosos corresponde efectuarla al juez no inhabilitado en la sentencia que ha de pronunciarse al término del respectivo juicio», sostiene el fallo.

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