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No es solo la prensa: informe de fiscal confirma gestiones de Dobra Lusic a favor del operador John Campos PAÍS

No es solo la prensa: informe de fiscal confirma gestiones de Dobra Lusic a favor del operador John Campos

Hasta ahora la relación entre la candidata a la Corte Suprema y el polémico John Campos era una fuerte versión que circulaba en tribunales, pero el informe de la fiscal Carla Troncoso –encargada de indagar el nombramiento del operador como notario interino en San Miguel- confirmó el nexo. El documento ratifica que hubo gestiones realizadas por Lusic desde 2017 a favor de Campos, primero para posicionarlo como notario suplente en la 25° Notaría de Santiago y luego recomendándolo para el cargo de notario interino en la 5° Notaría de San Miguel. Esto, pese a que la candidata a la Suprema le bajó el perfil a dicho nexo cuando asistió a la Comisión de Constitución del Senado, donde aseguró que a Campos “nunca le ofrecí nada a cambio” [ACTUALIZADA]


“Nunca le ofrecí nada a cambio”, dijo Dobra Lusic, la candidata del Presidente Sebastián Piñera a la Corte Suprema, cuando abordó en su comparecencia ante la Comisión de Constitución del Senado su relación con el polémico operador John Campos.

Sin embargo, el informe de la fiscal Carla Troncoso al finalizar la investigación encargada por la Corte de Apelaciones de San Miguel -a expresa petición de la Corte Suprema– respecto al nombramiento de John Campos en el interinato en la Quinta Notaría de San Miguel, dejó en claro que hubo gestiones concretas realizadas por la ministra Lusic para favorecer a quien es sindicado como su jefe de campaña.

La conclusión a la que arribó la fiscal es que Campos fue “recomendado o referido para ocupar tal posición por la saliente notario señora María Pilar Gutierrez Rivera y la también Presidenta la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago Ministra señora Lusic Nadal, quienes manifestaron verbalmente a la Ministra Ana Cienfuegos (entonces presidenta de la Corte de Apelaciones de San Miguel) conocer al investigado, quien contaba con las competencias y experiencia para asumir tal interinato y/o haberles manifestado su interés en asumir tal posición”.

El documento recoge los testimonios de la ministra Cienfuegos, quien reconoce que en el periodo de su presidencia de la Corte de San Miguel en 2018, nombró a John Campos ante la vacancia en la 5° Notaria de San Miguel, ante el traslado de María Pilar Gutierrez Rivera a Santiago.

En su declaración, aparece el nombre de Dobra Lusic. “A mediados de octubre recibió el llamado telefónico de la Ministra Lusic de la Corte de Santiago que le recomendó a esta persona en especial por haberse desempeñado en cargos semejantes en la jurisdicción de Santiago con experiencia en este tipo de cargos”, reseña el informe.

Otro testimonio que apunta a Lusic es la entregada por la notario Gloria Ortiz Carmona, titular de la 25° Notaría de   Santiago, donde Campos ofició como notario suplente en varias oportunidades  durante 2017 y 2018.

En su testimonio ante la fiscal, la notario admitió que “en el año 2017 la Ministra señora Dobra Lusic, que había sido su Visitadora y con quien había tenido buena relación de trabajo, le pidió como un favor que recibiera a Campos para ser instruido en la forma de llevar una notaría, lo que hizo varias oportunidades, por lo que ella y una oficial primero lo capacitaron en su forma de trabajo”.

Añade que “la señora Lusic le pidió que recibiera a Campos porque él tenía una suplencia en Antofagasta, y aunque ya había trabajado en una Notaría pequeña, quería ir más preparado para asumir una Notaria asiento de Corte”.

Como reveló El Mostrador, mientras fue presidenta de la Corte de Apelaciones de Santiago, Lusic visó durante 2018 en 16 oportunidades la suplencia de Campos en la notaría a cargo de Gloria Ortiz Carmona, los días en que la titular se tomaba días libres.

[cita tipo=»destaque»]El operador tiene entre sus antecedentes personales una condena, el año 2004, por maltrato a menores mientras era funcionario del Hogar Vida de Familia de Parral, perteneciente al Hogar de Cristo. Sin embargo, este antecedente de sentencia condenatoria con pena remitida data de hace más de 10 años y no figura en el registro de condenas, y por eso “de modo alguno pudo ser considerado» por la presidenta de la Corte de Apelaciones de San Miguel al momento del nombramiento de Campos en la notaría, señala el informe de la fiscal Troncoso.[/cita]

El abogado es un personaje controvertido en el mundo judicial, ligado a la UDI y conocido por su cercanía con la ministra Dobra Lusic, la carta del Presidente Piñera para llegar a la Suprema. Sin embargo, en su comparecencia ante la Comisión de Constitución del Senado, la magistrada le bajó absolutamente el perfil a su nexo. “Conocí a John Campos hace aproximadamente dos años. Es docente con estudios de posgrado en Europa, que además se desempeña como juez árbitro, siempre tuve buenas referencias de él, independiente de que hoy se quiera demonizarlo”, sostuvo.

La candidata a la Suprema reconoció que con ocasión de la primera quina –cuando compitió por el cupo de Carlos Cerda- Campos se le acercó para ofrecerle gestiones, al igual como lo hicieron «muchas personas”. “Le agradecí, pero nunca ofrecí nada a cambio”, insistió. Es más, sostuvo que después de perder esa quina, “no volví a tener contacto con el señor Campos”.

Pero lo que no mencionó Lusic en esta descripción es que Campos tiene entre sus antecedentes personales una condena, el año 2004, por maltrato a menores mientras era funcionario del Hogar Vida de Familia de Parral, perteneciente al Hogar de Cristo, además de otros sucesos de connotación policial. Como esta sentencia condenatoria con pena remitida impuesta al investigado data hace más de 10 años, y que no figura en tal registro de condenas, “de modo alguno pudo ser considerada por la señora Cienfuegos Barros al tiempo del nombramiento” en la notaría de San Miguel, señala el informe de la fiscal.

Sobreseído, pero con los flancos abiertos

El documento también recoge la versión de Campos, quien asegura que consiguió la suplencia en San Miguel “solo por su propio mérito y esfuerzo”, aunque asume que “fue la ministra Lusic que como visitadora de esa Notaría le había pedido a la Notario que lo recibiera en un proceso de inducción  que describe y abarcó varios meses durante el año 2017”.

Sin embargo, trata de tomar distancia de la magistrada, señalando que “niega haber requerido o haberle pedido ayuda a la señora Lusic para gestión alguna a su favor, por no tener con ella ese nivel de confianza, solo cruzó a la señora Lusic en tribunales y le avisó que estaba interesado en el interinato, deseándole ella éxito”.

Si bien la fiscal Troncoso señala que propondrá el sobreseimiento definitivo y total de la imputación inicial formulada respecto a Campos como notario de San Miguel, asume que hay flancos abiertos que no son resorte de su jusrisdicción.

“Esta Fiscal ha comprendido que aquello abarca tanto la existencia de un proceso penal en contra del investigado, así como la identificación de quienes auspiciaron su nombramiento en esta Corte, y los públicos cuestionamientos sobre su selección respecto de otros hipotéticos y desconocidos interesados, no obstante cumplir los requisitos para el cargo”, señala el informe.

En esta línea, añade que “es un hecho cierto que ha sido cuestionada públicamente – así como por el mandante de este sumario – su idoneidad personal para servir el cargo, sin importar las condiciones profesionales o personales del investigado actuales o relacionadas con su actual desempeño”.

Finaliza señalando que “queda claro que a su respecto el órgano resolutor ha levantado una investigación que evidencia que ha perdido la confianza en el funcionario por hechos denunciados que no pueden ser considerados – por restricción legal- así como por cuestiones ajenas a su actual rol de federatario, acontecidas antes de su designación legal, tal como si se tratare una inhabilidad sobreviviente, de la cual tal como el propio investigado acertadamente decreta, no puede ser rehabilitado. En tal orden de ideas, no es el procedimiento sancionatorio disciplinario el que debe hacerse cargo de la continuidad o no del funcionario en su cargo, sino que las propias facultades correctoras del Pleno en razón de la protección de la confianza, valor inmanente e intangible en el ejercicio del cargo”.

 

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