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Aunque prescritos justicia acredita delitos sexuales de Cristián Campos: actor presentará apelación PAÍS

Aunque prescritos justicia acredita delitos sexuales de Cristián Campos: actor presentará apelación

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La familia de la víctima afirmó que la justicia reconoció que Cristián Campos cometió abusos sexuales, mientras el actor negó los hechos tras ser sobreseído por prescripción. El tribunal acreditó los abusos, pero cerró el caso al haber pasado más de 25 años desde su ocurrencia.


Tras conocerse el jueves pasado el fallo que sobreseyó definitivamente al actor Cristián Campos Sallato por prescripción de la acción penal en una causa por abuso sexual, la familia de la víctima -su hijastra Raffaella di Girolamo- reaccionó de inmediato, afirmando que la justicia reconoció que los hechos sí ocurrieron.

“Hoy se cierra un proceso legal con un fallo que determina que los hechos de abuso sexual sí ocurrieron, y fueron cometidos por Cristián Campos”, declaró la familia de la víctima.

Por su parte, el actor negó tajantemente los hechos a través de un comunicado en sus redes sociales, anunció que presentará un recurso de apelación.

“Nos encontramos tranquilos y manifestamos nuestra total y absoluta disconformidad. Estamos seguros de que no existe ninguna prueba presentada por la querellante y su abogado que deje si quiera una duda respecto de mi inocencia”, escribió Campos en su cuenta de Instagram.

“Siguiendo el proceso, recurriremos ante la Corte de Apelaciones, donde estamos seguros de que revertiremos este incomprensible resultado”, dijo Campos en la declaración.

Hechos acreditados, pero sin castigo penal

La resolución del Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen de Santiago, firmada por el juez Edgardo Gutiérrez Basualto, determinó el sobreseimiento total y definitivo de Campos, no por falta de mérito, sino por prescripción del delito.

El tribunal acreditó tres episodios de abuso deshonesto cometidos por el actor contra R.D.F., cuando esta tenía entre 11 y 17 años, ocurridos entre 1989 y 1995. Sin embargo, como la denuncia se formalizó recién en marzo de 2024, el juez aplicó la prescripción establecida en los artículos 408 Nº 5 del Código de Procedimiento Penal y 93 Nº 6 del Código Penal.

El fallo afirma que los hechos “constituyen actos de evidente vulneración sexual”, que afectan directamente el bien jurídico protegido. Se establece que hubo dolo directo por parte del imputado y se reconocen secuelas emocionales en la víctima.

Detalles de los hechos acreditados

  1. En 1989, cuando la víctima tenía 11 años, Campos realizó un acto de connotación sexual en un inmueble donde ambos convivían.

  2. Entre 1991 y 1992, cuando la víctima tenía entre 13 y 14 años, el actor repitió conductas abusivas bajo la excusa de realizar masajes.

  3. En 1995, con la víctima ya adolescente, se produjo un nuevo acto de connotación sexual que involucró contacto físico mientras dormían.

Pese a que los hechos fueron considerados probados, el tribunal concluyó que había transcurrido el plazo legal de cinco años sin interrupciones ni acciones judiciales, por lo que la causa debía cerrarse sin sanción penal.

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