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Los Cuidados: principio y derecho en una nueva Constitución Yo opino Crédito: Priscila Muñoz

Los Cuidados: principio y derecho en una nueva Constitución

Daniela López, Camila Rojas y Camila Vallejo
Por : Daniela López, Camila Rojas y Camila Vallejo Directora de fundación NODO XXI / Diputada / Diputada
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Tras cerca de ocho meses de pandemia, la relevancia de los cuidados para la vida ha pasado de su histórica invisibilización a una preocupación central. Su precariedad en tiempos de crisis, profundiza la sobrecarga que socialmente recae en las mujeres, ya sea por su participación mayoritaria en la salud y la educación, como en la delegación social  e histórica del trabajo doméstico y de cuidados en los hogares. En tal sentido no es casual que el feminismo tenga una presencia fundamental en la revuelta social, considerando el crecimiento de la carga de cuidados como precarización de la vida doméstica.

Actualmente la Constitución promueve una organización social basada en la familia (nuclear tradicional), que conjugada con el carácter subsidiario del Estado, restringe y empobrece los derechos sociales, responsabiliza individualmente a las mujeres por tareas que son colectivas,  y con ello, restringe su autonomía. En ese marco, en vez de ayudar a las familias, la constitución les desangra; en vez de consagrar la igualdad de derechos para las mujeres, las agobia y vulnerabiliza; en vez de cuidar a niñas y niños, les expone.

[cita tipo=»destaque»] El derecho a los cuidados a su vez, será central para el reconocimiento y garantía de los derechos de niños, niñas y niñes, de adolescentes y de las personas mayores y dependientes.[/cita]

Sin embargo, a pesar del texto actual, las mujeres y feministas han ido visibilizando y practicando otras formas de relación. Las respuestas solidarias en ollas comunes donde priman mujeres, las redes de apoyo ante la violencia de género, las organizaciones de profesionales feministas, las asambleas de mujeres, las cooperativas, entre otras, dan muestras de un proceso de socialización que no tiene retorno. A su vez, la vida en confinamiento si bien ha incrementado el tiempo y esfuerzo de las mujeres en los trabajos de cuidados, también ha acelerado lógicas de corresponsabilidad que auguran cambios.

Por eso, para que una nueva constitución efectivamente cimente el camino para nuevas formas de relacionarnos y convivir, que no dependan de voluntades individuales o del dinero que se tenga, un paso ineludible es consagrar  el  principio de corresponsabilidad social. Los cuidados -inevitables para sobrevivir como alimentarnos o creados por la convivencia social, como la educación – son una responsabilidad conjunta de la sociedad. Todas, todos y todes tenemos derecho a cuidar y ser cuidados y el Estado debe ser garante de dicho derecho.

Por supuesto que se requerirá de  articulaciones entre el Estado, las comunidades, privados y las familias, más, sólo en base al acuerdo de los cuidados como responsabilidad social será posible que actúen en otra lógica. De la mano de los cuidados como un derecho se requiere de una institucionalidad con presupuesto y facultades, capaz de articular todas las dimensiones en que se expresan y desenvuelven los cuidados, con un mandato explícito para en una primera fase desencadenar procesos educativos, de visibilización (estudio y producción de datos) y de construcción de un sistema plurinacional e integral de cuidados.

Junto a una redefinición del Estado para estos fines, que pase de subsidiario a Cuidador, es decir a garante de derechos y dignidad, se requerirá de una redefinición de la familia, como parte relevante de esta red, más no la única, reconociendo todas las formas de asociación basadas en los afectos, el respeto y la vida en común, que incluya el derecho a constituir familias de todes y cada uno.  Otra expresión del principio de  corresponsabilidad debe ser la ampliación del derecho al trabajo, incluyendo como tal al trabajo doméstico, superando una larga separación entre los trabajos remunerados y no, abriendo una línea de cambios en cómo actualmente se estructura el trabajo y los derechos asociados. El derecho a los cuidados a su vez, será central para el reconocimiento y garantía de los derechos de niños, niñas y niñes, de adolescentes y de las personas mayores y dependientes.

Concretar estos avances a través de una nueva constitución sólo será posible con la participación mayoritaria de mujeres organizadas y feministas en la Convención Constitucional, con una presencia determinante en la constituyente, a la vez que articulada y anclada en las organizaciones feministas y en la movilización social. Con los cuidados al centro, como práctica, principio y derecho de una nueva constitución, avanzamos decididamente en construir vidas dignas.

*Estas reflexiones son parte del trabajo conjunto desarrollado entre la Fundación Nodo XXI y la Fundación Friedrich Ebert en torno al proyecto Crisis de los Cuidados. Firman: Daniela López (NODO XXI) Camila Rojas Valderrama (diputada), Camila Vallejo (diputada),Javiera Arce (Red de Politologas), Teresa Valdés (Observatorio Género y Equidad), Natalia Flores, Rosario Olivares (Redofem), Barbara Sepúlveda (Abofem),Verónica del Pozo (Abofem), Valentina Saavedra (Red de mujeres por la ciudad),, Gloria  Maira (Mesa Acción por el Aborto), Camila Vega (Cooperativa Desbordada),, Tatiana Hernández (Observatorio Género y Equidad), Javiera Petersen (Directora Ejecutiva Observatorio de Políticas Económicas – OPES), Arlette Gay (FES), Camila Miranda (Fundación NODO XXI).

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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