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De lo dulce y agraz del reajuste de la pensión de alimentos BRAGA DOE

De lo dulce y agraz del reajuste de la pensión de alimentos

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Valentina Cárdenas M.
Por : Valentina Cárdenas M. Coordinadora académica Clínica Jurídica sede Santiago, Facultad de Derecho, Universidad Andrés Bello.
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Como el ingreso mínimo pronto alcanzará los $500.000, la pensión de alimentos aumentará a $200.000 si se trata de un solo hijo, generando un gran avance.


Este 2024 pareciera que el invierno no solo nos traerá un clima antojadizo y frío extremo, sino que, para endulzar la temporada de heladas será acompañado con el dulce aumento del sueldo mínimo en Chile. Lo anterior no es nada nuevo, ya nos hemos enfrentado a diversos aumentos del ingreso mínimo mensual y en julio de este año alcanzará los $500.000. Ello no solo produce, como consecuencia, sonrisas en los trabajadores, sino que también afectará otras figuras jurídicas relevantes, como es la pensión de alimentos.

Si bien esta pensión no aplica solo respecto de los padres y sus hijos, al parecer esta versión suele ser la más connotada entre sus pares. En este contexto, entenderemos esta figura como la obligación económica que tienen los padres respecto de sus hijos, fijada o aprobada judicialmente, de procurar la manutención de estos y cubrir con sus necesidades, lo que incluye alimentación, educación, salud, actividades de esparcimiento, entre otros. Para determinar esta pensión se observan diferentes factores, entre ellos las necesidades de los niños, niñas o adolescentes y la capacidad económica de los progenitores. La ley también fija un mínimo de pensión para los hijos: para el caso de uno solo la contribución mínima se establece en el 40% del ingreso mínimo; en el caso de dos o más, en un 30%. Por lo anterior, los cambios que se avecinan afectan el monto de la pensión mínima actual ya que, como el ingreso mínimo pronto alcanzará los $500.000, la pensión de alimentos aumentará a $200.000 si es un hijo, lo que genera un gran avance.

Lo expuesto entrega alegría a quienes hoy pueden percibir una pensión, pero debemos tener presente que esto es solo el punto inicial, porque para los padres que detentan el cuidado de los hijos no es difícil conseguir, al menos de parte de un juez, la determinación de una pensión de alimentos. El trabajo duro viene después: asegurar el pago de esta pensión, mes a mes. Lo anterior, obviamente, no se aplica a todos los casos, pero no hay que desconocer que actualmente se mantiene una gran deuda en el pago de un número considerable de las pensiones de alimentos decretadas en Chile.

Se han generado avances en este último periodo para reforzar el cumplimiento efectivo de las pensiones de alimentos, como la aparición de la Ley 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores, y la Ley 21.484 sobre Responsabilidad Parental y pago efectivo de deudas de Pensiones de Alimentos que, dentro de las medidas que incorpora, está la apertura de cuentas bancarias y, en caso necesario, depósitos desde la cuenta de ahorro obligatoria de la AFP. Ambas leyes han ayudado a minimizar las deudas existentes, pero sigue siendo necesario reforzar los procesos de cumplimiento y las herramientas legales para exigir su pago, ya que hoy el proceso de cumplimiento es lento y, en algunos casos, poco eficaz, debido a la alta carga que presentan los Tribunales de Justicia, junto con la pérdida de oportunidad en las presentaciones y resolución de solicitudes de las partes.

Hace unos días, el Gobierno informó que más de 9.992 contribuyentes no recibieron su devolución de impuestos por existir una deuda en pensión de alimentos, montos que se retienen y pagan en las pensiones adeudadas gracias a las leyes ya indicadas, sin necesidad de ser solicitado por los interesados, por lo que ya observamos un cambio y mejora para quienes tienen una deuda a su favor.

Los cambios en el proceso de cumplimiento y las nuevas herramientas creadas aún se encuentran en un estado naciente, por lo que es relevante observar cómo se van a desarrollar una vez que se asienten. Objetivamente, el sistema se ha enfocado en resolver la deuda histórica de las pensiones, por lo que aún no es posible obtener un conocimiento más preciso respecto al impacto general de estas medidas. Pese a ello, es posible -al corto o mediano plazo- observar efectos positivos respecto a los cambios generados.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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