Las personas que se encargan del cuidado de individuos con discapacidad severa tienen la posibilidad de acceder a uno de los diversos apoyos que ofrece el Estado. Uno de estos es el programa denominado “pago de cuidadores de personas con discapacidad”.
Este apoyo consiste en un aporte económico proporcionado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y su pago es realizado de forma mensual por el Instituto de Previsión Social (IPS) directamente al cuidador o cuidadora mediante un depósito bancario.
Quiénes reciben este beneficio y cómo se solicita
Es relevante mencionar que no se requiere postulación para acceder a este programa, ya que ese procedimiento es gestionado directamente por el equipo médico de los centros de atención primaria.
Sin embargo, es fundamental que la persona a quien se cuida —es decir, el causante— presente condición de dependencia. Para ello, debe cumplir con todos los siguientes requisitos al mismo tiempo:
- Esté inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, otro).
- Tenga un cuidador o cuidadora que no recibe remuneración.
- No se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otra institución de larga estadía para personas de menor edad.
De cuánto es el monto del beneficio
En cuanto al monto que contempla este programa, se establece un máximo mensual de $32.991, el cual se reajusta cada año conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El beneficio comienza a pagarse desde el mes en que se concede y se mantendrá vigente mientras se sigan cumpliendo las condiciones exigidas.
Cabe destacar, además, que este aporte es compatible con otros beneficios estatales, por lo que no representa una exclusión frente a otras ayudas sociales.