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Propuesta de Nueva Constitución
Regionalistas proponen un “Estado Regional que destierre el centralismo constitucional” con 10 medidas NUEVA CONSTITUCIÓN Crédito: Aton

Regionalistas proponen un “Estado Regional que destierre el centralismo constitucional” con 10 medidas

Esa fue la premisa del conversatorio que reunió al Centro de Estudios Regionales de la Universidad Austral de Chile, el Observatorio de la Nueva Constitución y un grupo de regionalistas, junto a la constituyente Cristina Dorador del distrito 3 (movimiento Independientes del Norte) y Claudio Gómez del distrito 6 (independiente PS-Lista del Apruebo).


No da lo mismo que la Convención Constitucional sólo alcance un acuerdo mínimo y ambiguo sobre la necesaria descentralización, como prometieron y no cumplieron las Constituciones de 1925 y 1980, sino que avance hacia un Chile descentralizado efectivo, bajo la modalidad denominada “Estado Regional”.

Esa fue la premisa del conversatorio que reunió al Centro de Estudios Regionales de la Universidad Austral de Chile, el Observatorio de la Nueva Constitución y un grupo de regionalistas, junto a la constituyente Cristina Dorador del distrito 3 (movimiento Independientes del Norte) y Claudio Gómez del distrito 6 (independiente PS-Lista del Apruebo).

Para los convocantes, y redactores del documento “Estado Regional” que fue discutido en esta instancia, Diego Benavente de CorpAraucanía, Osvaldo Henríquez de la Universidad de Talca, Egon Montecinos de la Universidad Austral y el abogado Luis Hernández, se trata de un “nuevo pacto de distribución territorial del poder, desde el centralismo político de la elite nacional hacia la sociedad regional, que establezca un Estado Regional, que reconozca autonomía política a las entidades territoriales y no tan solo a los órganos de gobierno subnacional como es hoy”.

La propuesta discutida en el conversatorio contiene 10 ideas principales:

1.- Un Estado Regional que reconozca las entidades territoriales de la región y a la comuna como las comunidades políticas autónomas esenciales que estructuran la comunidad nacional y garantice su autonomía.

2.- Un  Estado Regional con Autonomía política de sus regiones y comunas, sujetas sólo al imperio de la Constitución y la ley, sin tutela de ninguna otra autoridad; con autonomía en el ejercicio de competencias constitucionales exclusivas y esenciales que emanan de su propia naturaleza territorial en planificación, ordenamiento territorial, medio ambiente y equidad territorial

3.- Un Estado Regional con autonomía financiera, mediante un pacto fiscal que establezca y garantice los ingresos propios y la decisión de gasto en cada nivel territorial, nacional, regional y local.

4.- Un Estado regional en que las entidades territoriales de la región y la comuna cuenten con iniciativa legislativa, capaz de autoorganizarse y autorregularse, a través de la generación de sus propias normas y reglamentos, y asimismo, de  reclamar constitucionalmente contra actos que vulneren su autonomía constitucional, las competencias esenciales definidas en la Constitución, los principios o las normas constitucionales del Estado Regional.

5.- Un Estado Regional que reconozca a los Gobiernos Regionales y Municipalidades la capacidad de gobierno, esto es, la autonomía para fijar objetivos políticos y de políticas públicas y, en consecuencia, aplicar recursos económicos, humanos e institucionales a su concreción.

6.- Un Estado Regional cuyo objetivo esencial sea corregir la desigualdad y asegurar la equidad territorial, con  Gobiernos Regionales y Locales fuertes, no necesariamente más grandes, pero con atribuciones y recursos para identificar territorios y diseñar políticas públicas acordes con la realidad territorial. Para ello, un Fondo de Convergencia Social Territorial, financiará las políticas públicas diseñadas, decididas e implementadas por los gobiernos regionales y gobiernos locales respectivos, para equilibrar los territorios en los indicadores y determinantes sociales esenciales.

7.- Un Estado Regional en que la participación debe ser un derecho garantizado de la ciudadanía y  un elemento esencial en la decisión de las políticas públicas de nivel territorial. Asimismo, asegure una sociedad política local vigorosa, que fortaleza la autonomía y la democracia interna de los partidos nacionales y regionales que actúan en ella.

8.- Un Estado Regional en que regiones y comunas serán soberanas en el uso de sus recursos, y su patrimonio, inexpropiable e indisponible por el estado nacional. Los recursos serán provistos de manera suficiente de acuerdo al pacto fiscal que acuerde el Estado nacional y los gobiernos territoriales y la ley deberá eliminar la arbitrariedad en su asignación.

9.- Un Estado Regional que considera que las regiones se autodeterminen como territorios plurinacionales, dotándose de sus propios estatutos con ese objeto.

10.- Un Estado Regional que destierre el centralismo constitucional encarnado en el presidencialismo como una única autoridad jerárquica nacional y que en cambio, reconoce en la nueva Constitución tres esferas de organización de la sociedad, del orden y distribución del poder político a nivel territorial, horizontales y constitucionalmente equivalentes: el nacional, a cargo del Presidente de la República; el regional, a cargo del Gobierno Regional; y local, a cargo de la Municipalidad.

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