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Cómo se viola el derecho a la educación en Chile

Ernesto Treviño
Por : Ernesto Treviño Director del Centro UC para la Transformación Educativa
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Debiésemos preguntarnos si con estas expulsiones estamos haciendo bien nuestro trabajo de garantizar el derecho a la educación, o bien, estamos renunciando a ser guardianes de ese derecho por comodidad propia, incapacidad o intolerancia.


Las expulsiones de escolares de distintos establecimientos con financiamiento público en Chile constituyen una violación al derecho a la educación. Tanto el artículo 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño como el artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos consagran el derecho a la educación en sus fases consideradas como obligatorias.

En nuestro país, la obligatoriedad incluye a la educación media. Por lo tanto, la eufemística cancelación de matrícula —o mejor dicho expulsión— entran en franca contradicción con estos tratados internacionales firmados por Chile y que son vinculantes.

¿Está el derecho a la educación de nuestros niños por encima de los reglamentos escolares o las disposiciones de las autoridades locales? Evidentemente que las garantías que ofrece la Constitución, como lo es el derecho a la educación, está por encima de cualquier regulación. Por ello, será necesario que las distintas autoridades recapaciten en su postura de expulsar a los estudiantes por haber participado en movilizaciones estudiantiles.

[cita]Debiésemos preguntarnos si con estas expulsiones estamos haciendo bien nuestro trabajo de garantizar el derecho a la educación, o bien, estamos renunciando a ser guardianes de ese derecho por comodidad propia, incapacidad o intolerancia.[/cita]

Es de suma importancia considerar que no se trata de avalar todo tipo de conducta por parte de los menores de edad. Más bien es necesario aplicar medidas disciplinares que cumplan con los siguientes criterios: a) que no afecten el derecho a la educación; b) que no desvinculen al Estado de la responsabilidad de educar; c) que las medidas disciplinarias sean acorde al grado de madurez asociado a la edad de los niños; y, d) que las decisiones sobre disciplina promuevan el aprendizaje de los estudiantes. La cancelación de matrícula no cumple con ninguno de estos criterios.

Investigaciones en Estados Unidos han mostrado cómo algunos docentes de pre-kínder y kínder que trabajan con poblaciones vulnerables consideran que sus alumnos son peligrosos, indisciplinados y que merecerían ser expulsados del colegio. Estos mismos estudios se preguntan, en las escuelas donde adultos están a cargo de menores de edad ¿quién es el responsable profesionalmente de modelar y desarrollar actitudes y conductas positivas en los niños? Obviamente que los adultos debieran tener las condiciones para manejar a estos menores de 4 y 5 años que, según algunos de profesores, son verdaderos delincuentes. Cabe preguntarse si en nuestro país estaremos cayendo en las mismas trampas de responsabilizar a los niños por nuestra incapacidad de orientarlos mejor.

Ojalá que en Chile rectifiquemos el camino, comprendamos que el Estado está para garantizar la educación de todos los menores de edad, que los reglamentos escolares no pueden estar por encima de la Constitución ni los tratados internacionales, que las expulsiones no tienen ninguna finalidad educativa. Pero sobre todo, es necesario plantearnos que en las escuelas son los adultos los responsables de promover actitudes y conductas positivas entre los niños. Y también debiésemos preguntarnos si con estas expulsiones estamos haciendo bien nuestro trabajo de garantizar el derecho a la educación, o bien, estamos renunciando a ser guardianes de ese derecho por comodidad propia, incapacidad o intolerancia.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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