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La Ley Antiterrorista daña la imagen de Chile

Boris Yopo H.
Por : Boris Yopo H. Sociólogo y Analista Internacional
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¿Cuánto más nos tomará constatar que el problema de fondo no se solucionará aplicando leyes represivas y discriminatorias, sino abordando en su integralidad la relación del Estado chileno y sus etnias originarias, como ya lo han hecho estas naciones?


Nuestro país ha sido electo en días recientes para ocupar un asiento en el Consejo de Seguridad de la ONU en el próximo período 2014-2015. Esta decisión forma parte de un compromiso permanente para contribuir, en distintos foros, a defender y promover principios básicos de nuestra política exterior, como son –entre otros– la democracia y los Derechos Humanos y, por tanto, acciones como esta contribuyen también a reforzar nuestra imagen en el exterior. Pero la credibilidad internacional de un país depende también, de manera importante, de la coherencia que existe entre los principios que se defienden a nivel global y las prácticas domésticas que se hacen de estos principios. Y, en esta materia, nuestro país tiene deficiencias que no se pueden seguir ignorando.

Una de las mas visibles, desde el exterior, es la llamada “Ley Antiterrorista”, que ha sido severamente cuestionada por diversas entidades internacionales, entre ellas, el relator para los Derechos Humanos de la ONU –que recientemente visitó la Araucanía– y el Secretario General de la OEA, quien hace pocos días recomendó revisar la misma, señalando que “en Chile no es necesario crear una figura de terrorismo. Estos casos son lo suficientemente aislados como para tratarlos con una legislación especial, y por tanto dejemos la Ley Antiterrorista para países que realmente la necesiten… además, hace al Estado (chileno) vulnerable, pues su uso puede llevar a acusaciones de discriminación en tribunales internacionales”.

Estas declaraciones del Secretario General de la OEA apuntan a lo central en este debate: que esta ley afecta la credibilidad internacional de Chile; que no hay, de acuerdo a estándares internacionales, una actividad organizada en nuestro país que justifique apelar a este concepto; y que su uso puede constituir una discriminación contra poblaciones originarias.

[cita]¿Cuánto más nos tomará constatar que el problema de fondo no se solucionará aplicando leyes represivas y discriminatorias, sino abordando en su integralidad la relación del Estado chileno y sus etnias originarias, como ya lo han hecho estas naciones? [/cita]

Ahora, por cierto que el “terrorismo” existe en el mundo, pero en principio su aplicación debiese restringirse a casos donde se observa una acción sistemática que reúna las características ya consensuadas en esta materia y, aun así, debiesen tomarse los resguardos para evitar los excesos que siempre suceden bajo las llamadas “políticas antiterroristas”.

A este respecto, es importante señalar que, a solicitud del Consejo de Seguridad de la ONU, se constituyó en el 2007 un panel con los principales expertos internacionales en la materia, que elaboró una definición de terrorismo, y que fue incorporada ese año a la agenda del organismo mundial. Esta definición reforzó una visión ya existente entre muchos especialistas, en relación a la necesidad de “acotar” el uso que se hace de este término, que no constituye cualquier forma de violencia, y donde el elemento central de la definición es la “acción sistemática” para atentar de manera física contra civiles desarmados.

Alguna acción aislada no reúne este requisito, pero, además, la gran mayoría de los muertos en la Araucanía han sido mapuches. Además, en ninguna parte de este informe –y tampoco en otras definiciones usadas por expertos reconocidos– se incluye, en la definición de acto terrorista, a los atentados a las fuerzas militares o de seguridad, la destrucción de la propiedad o los actos incendiarios. Ahora, por cierto que en democracia estos constituyen actos ilícitos que los Estados penalizan (y en nuestro país hay leyes para ello), pero en la literatura y en las principales resoluciones internacionales sobre la materia, no son tipificados como terrorismo, y no deberían serlo tampoco en nuestro país, que aspira a ser parte del mundo democrático desarrollado.

Corresponderá finalmente a los Tribunales determinar el carácter e intencionalidad de los hechos acontecidos el último tiempo en aquella región (así como también los abusos de que han sido objeto dirigentes y comunidades mapuches, que casi no reciben cobertura en la TV y medios oficiales), pero sería un gran error “judicializar” también este tema a causa de la resistencia de sectores conservadores a allanarse a buscar alternativas políticas que den cuenta de una realidad hoy no sólo local, sino planetaria, la de los pueblos originarios y sus reivindicaciones y demandas. Países que admiramos y citamos frecuentemente, como Australia, Canadá o Nueva Zelanda, cuentan con legislaciones y derechos para sus pueblos indígenas que están muy lejos de lo que hoy tenemos nosotros, y en ninguno de estos países se vive la convulsión que ahora vemos en la Araucanía. ¿Cuánto más nos tomará constatar que el problema de fondo no se solucionará aplicando leyes represivas y discriminatorias, sino abordando en su integralidad la relación del Estado chileno y sus etnias originarias, como ya lo han hecho estas naciones?

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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