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El derecho a salud y el fallo de la Corte Suprema Opinión

El derecho a salud y el fallo de la Corte Suprema

Jeannette von Wolfersdorff
Por : Jeannette von Wolfersdorff Director Ejecutiva Observatorio del gasto Fiscal
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En un fallo histórico, la Corte Suprema ha determinado que el Estado debe financiar el tratamiento médico de un niño por un monto de 500 millones de pesos anuales, por padecer de una enfermedad no cubierta en nuestro sistema de salud. Así, determinó que el derecho constitucional a la vida implica poder exigirle al Estado pagarle el tratamiento, sin importar cuál sería su costo ni si existen fondos disponibles para dicho tratamiento.

De esta manera, el Poder Judicial resuelve un problema social no atendido por el Poder Ejecutivo, ni por el Poder Legislativo, dado que la ley que buscaba atender a las enfermedades poco frecuentes no fue los suficientemente satisfactoria. El fallo también se hace cargo de una de las realidades más dolorosas en nuestro país, el acceso  desigual a servicios de primera necesidad, dado que las personas adineradas pueden atenderse en clínicas privadas mientras que personas de bajos recursos arriesgan su vida por no contar con fondos para tratar adecuadamente sus enfermedades.

No obstante, el fallo de la Corte Suprema tendrá graves consecuencias. Los jueces de la Corte Suprema no solo han resuelto un caso específico, sino han determinado una jurisprudencia que abre la puerta a un sin fin de judicializaciones y, por ende, corre la actual barrera en políticas públicas de salud. Si los derechos constitucionales son derechos exigibles, entonces, en futuro, ¿podrá haber fallos que obliguen al Ejecutivo que se financien ciclo vías en todo Chile, con el fin de cuidar a los ciclistas, que están arriesgando su integridad física en la selva callejera? O, ¿implica entonces que el Poder Judicial podrá obligar al Ejecutivo a financiar el tratamiento médico de cualquier enfermedad en una clínica privada, dado que los hospitales públicos no atienden se forma satisfactoria? Entonces, ¿quizás será mejor cerrar los hospitales públicos, y obligar que el Estado financie cualquier tratamiento médico en los recintos de salud privada?

[cita tipo=»destaque»]Otra pregunta relevante es cómo corregir la situación, – partiendo por la actual incapacidad del poder Ejecutivo y Legislativo de resolver oportunamente problemas relevantes que afectan el bienestar de la ciudadanía. Frente al fallo mismo de la Corte Suprema, lamentablemente, no hay mucho corrección, dado que este no permite ser revisado ni cambiado. Lo que sí permite es poner el foco en la necesaria modernización que requiere no solamente el Gobierno sino también los otros poderes del Estado. Cuán meritocrático es la carrera de los jueces, cuáles son los límites de un poder del Estado versus otro, así como cuál debería ser la rendición de cuentas del Poder Judicial, son interrogantes que deberían abordarse con más urgencia en el futuro.[/cita]

Preguntas cómo estas hacen evidente que el pronunciamiento de la Corte Suprema tiene las mejores intenciones, pero que no ha medido sus implicancias. Se basa sobre el concepto erróneo de que los derechos constitucionales son derechos exigibles, en vez de “mandatos de ponderación al legislador”, como indicó Carlos Peña.

En este sentido, el derecho a salud es un mandato de optimización. Si fuera una garantía absoluta, sin restricciones, el Estado tendría que cubrir obligatoriamente cualquier tratamiento médico que asegure la salud física o mental, así como la prolongación de vida de cualquier persona. La única manera de financiar este derecho amplio e ilimitado sería que el Estado empiece a controlar que los ciudadanos no fumen en sus casas, que no comen nada que no sea saludable, que hagan obligatoriamente deporte, etc.. En fin, la necesidad  de controlar el gasto en un sistema de garantías absolutas, podría llevar al Estado a convertirse en un Estado dictador.

También está claro que en una democracia representativa, el debate sobre el financiamiento de una enfermedad específica, y la pregunta si este es más importante que el financiamiento de otras enfermedades, deberá darse en el Gobierno y en el Parlamento, en vez de ser un fallo dictado por la Corte Suprema. Lo mismo vale para la pregunta si el financiamiento de una enfermedad específica es más importante que resguardar la vida de miles de ciclistas en Chile, por ejemplo.

Es evidente que la Corte Suprema no tiene la capacidad técnica para decidir sobre estas materias, por lo que se abre la pregunta si el Poder Judicial está abarcando materias que van más allá de su ámbito de competencia, sin medir los efectos de sus acciones.

Dicho eso, otra pregunta relevante es cómo corregir la situación, – partiendo por la actual incapacidad del poder Ejecutivo y Legislativo de resolver oportunamente problemas relevantes que afectan el bienestar de la ciudadanía. Frente al fallo mismo de la Corte Suprema, lamentablemente, no hay mucho corrección, dado que este no permite ser revisado ni cambiado. Lo que sí permite es poner el foco en la necesaria modernización que requiere no solamente el Gobierno sino también los otros poderes del Estado. Cuán meritocrático es la carrera de los jueces, cuáles son los límites de un poder del Estado versus otro, así como cuál debería ser la rendición de cuentas del Poder Judicial, son interrogantes que deberían abordarse con más urgencia en el futuro.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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