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Justicia lingüística para las naciones originarias de Chile Opinión

Justicia lingüística para las naciones originarias de Chile

Elisa Loncon Antileo
Por : Elisa Loncon Antileo Linguista, Presidenta de la Convención Constitucional
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El 21 de febrero se conmemora el Día Internacional de las lenguas maternas, una fecha que la UNESCO nos recuerda años tras años para poner en relieve el valor de la lengua materna para el aprendizaje de los niños y niñas . Esta situación, parece no importarles a los gobiernos como el de Chile, donde lo indígena esta asociado al terrorismo y también a adjetivos discriminatorios que demuestran que la política indígena no tiene valor. A continuación se expondrá como el Ministerio de Educación vulneró derechos indígena en el marco de la Consulta Indígena de las bases curriculares de la asignatura de Lengua Indígena (2019) y a partir de ello, se explica la importancia del derecho a la libre determinación de los pueblos en el marco de una Nueva Constitución Plurinacional e Intercultural, como se demanda en la actualidad para que sea el pueblo quien decida su futuro.

En Chile, existen en la actualidad 10 pueblos originarios, cada cual tienen o tuvo una lengua propia para expresarse y construir sus conocimientos. Estos idiomas han sido abiertamente discriminados a lo largo de la historia por la imposición forzada del castellano. Recientemente, el Ministerio de Educación, lejos de respetar los derechos lingüísticos de las y los niños indígenas a “ser educados en la lengua de sus padres” (Art. 30 de la Convención de los Derechos de les niñes y adolescentes), dictaminó que la asignatura de lengua indígena para ser implementada en el sistema educativo, debe contar con la firma de los padres, madres y apoderados, para su implementación. La medida no afecta a las otras lenguas como el castellano en “Lenguaje y comunicación”, tampoco al inglés. Qué es esto, sino una abierta discriminación lingüística a los pueblos originarios, amparada por el Estado y el Gobierno de Sebastián Piñera. A continuación reproduzco el párrafo donde contraloría toma razón de esta gestión.

Esta asignatura será optativa para el estudiante y la familia. Los padres o apoderados deberán manifestar por escrito, en el momento de matricular a sus hijos o pupilos, si desean o no la enseñanza de la asignatura” (Oficio E68500/2021, Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General. Decreto Supremo N97, 2020).

La resolución vulnera la Consulta Indígena realizada para aprobar las Bases Curriculares el año 2019, en la cual los pueblos manifestaron que las lenguas indígenas sean enseñadas en todo el Sistema General de Educación y para todos los niños y niñas de Chile. Sin embargo, la decisión final fue tomada por la élite política representada por Raúl Figueroa, Ministro de Educación, Raimundo Larraín, Jefe la División General de Educación, y María Jesús Honorato, Subsecretaria de la Subsecretaría Educación Parvularia, quienes impusieron su voluntad, por cierto monolingüe y mezquina, por sobre la de los pueblos originarios que defendían la diversidad lingüística cultural del país en el sistema educativo. Pero la falta de ética a la palabra empeñada por los gobernantes coloniales es todavía peor, en este caso ni siquiera fueron capaces de respetar su promesa de mantener la exigencia de 20% de presencia indígena en los establecimientos educacionales, como requisito para implementar la asignatura de Lengua Indígena y conforme al acta firmada por los pueblos y el Mineduc, en marzo 2019.

Así se estancó el avance que suponían las Bases Curriculares para las lenguas indígena. El Mineduc antes de la Consulta y para convocar la participación de la gente hizo hincapié en los Derechos de Consulta Indígena y el principio de Buena Fe indicados en el Convenio 169 de la OIT, prometiendo respetarlos; sin embargo, nada de ello se cumplió. Lejos de todo estos principios normativos, los resultados muestran un retroceso a foja cero en política de educación intercultural bilingüe. De tal manera, e infringiendo la normativa; hoy el aprendizaje de una lengua indígena no es un derecho, tampoco se avanzó mas allá de lo que el Decreto 280 suponía superar; peor aun, se retrocedió al tiempo cuando no existía Convenio 169. Lamentablemente, las medidas tomadas por el actual gobierno son del todo anti derechos indígenas, anti-lengua indígena, y atentan contra el derecho a la cultura, y al sistema de cognición que tienen los pueblos originarios, es el reflejo de como opera el racismo institucional.

Como saben todos los que han estudiado pedagogía, la forma de aprender y conocer el mundo está mediada por la cultura y la lengua, por tanto, cuando se enseña en una lengua desconocida no hay aprendizaje, razón por el cual hay tantos problemas de aprendizaje en los niños de comunidades indígenas; cito aquí a Kastnerg (2008):

¿Cómo puede un niño o una niña indígena aprender matemática o ciencias en una lengua que no domina? o ¿Qué daño estamos haciendo a millones de niños al reprimir el uso de su lengua materna, al además hacerlos sentirse seres de segunda categoría por el hecho de hablar una lengua indígena? (Kastberg, N., Unicef 2008).

Este tipo de política han acabado con la diversidad lingüística, cultural y de conocimientos, violentando la dignidad de los pueblos y sus derechos. Las problemáticas se han definido como “Epistemicidio” ( Santos 2009) y “Glotofagia” (Calvert 2005), para referirse a la muerte de la lengua provocada por políticas coloniales.

La pérdida de las lenguas forma parte de la violencia estatal y de sus instituciones que, junto con atacar al cuerpo, matar y encarcelar; atenta además contra los idiomas, la cultura y la identidad. Es por esto, que investigadores indígenas sostienen que la mantención de las lenguas originarias, forma parte de la resistencia de los pueblos indígenas; por tanto no ha sido obra del Estado. En el caso mapuche, si hoy existe mapuzugun es porque las familias y comunidades han mantenido un sistema de educación propio y también una filosofía que mantiene activa la ética del kvme mogen o buen vivir (Quilaqueo, Quintriqueo, Cárdenas, 2007).

La colonización ejercida por los conquistadores españoles no acabó con la independencia de Chile, persiste en la estructura interna del país, manteniendo las desigualdades y el conflicto político entre el Estado y los pueblos. Este se ejerce a partir del racismo y el patriarcado, ambas prácticas inferiorizan la condición humana de los indígenas, las diversidades sexuales, sociales y a las mujeres. El sistema de opresión instalado no tiene la capacidad de reconocer ni terminar con la conflictividad, se reproduce manteniendo el círculo vicioso de dominación y de explotación del otro; ha causado muertes y represión desproporcionada contra los mapuche, despojo de derechos territoriales, negación lingüística y cultural. Acabar con él implica descolonizar la política, la sociedad, la cultura y la lengua.

El la actualidad los pueblos indígenas de Chile, ante el proceso constituyente que se vive en el país, han instalado la demanda por una Constitución Plurinacional e Intercultural. Con la plurinacionalidad se busca sustituir el conflicto existente de manera positiva, a partir de acuerdos basados en un marco normativo ya existente a nivel internacional y firmados por Chile, entre ellos: el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Pacto OEA sobre Derecho de los Pueblos Indígenas, y que, entre otros, permiten el derecho al autogobierno, derechos culturales, lingüísticos, derecho al territorio, a las tierras, todos son derechos colectivos que deben tomar un lugar en la Nueva Constitución. Respetar los convenios internacionales no es un acto antojadizo de los pueblos; recientemente el Capítulo XV sobre la Reforma de la Constitución, en su artículo 135, establece que se deben respetar los convenios internacionales, por lo que nada de lo que los pueblos exigen está fuera de lugar.

Respetar los acuerdos señalados requiere de la cooperación entre la sociedad, los pueblos y el Estado, es decir, implica relaciones de interculturalidad, de respeto al otro, de reconociendo a sus derechos y de su legitimidad; por cuanto la interculturalidad es también un principio de convivencia entre diferentes que debe estar presente el la nueva constitución. La interculturlidad implica además que la sociedad chilena asuma su condición profunda de diversidad. Por tanto, para ejercer los derechos lingüísticos es necesario un Nuevo Chile Plurinacional que cuente con un proyecto político que abrace las diversas lenguas, permita su enseñanza y su desarrollo en las comunidades lingüísticas del país.

¿Qué significa, en lo concreto, el carácter plurinacional e intercultural de la sociedad chilena el la nueva constitución?

Esto significa incorporar como principios de la Nueva constitución: la plurinacionalidad, la interculturalidad y el kvme mogen o buen vivir, derivado de la comunión equilibrada entre la diversidad cultural y el ecosistema. Los principios además deben ser expresados en los articulados como Derechos, porque la Nueva Constitución no solo debe hablar de los derechos individuales de las personas sino también los derechos de índole colectivos, como asimismo los derechos de la naturaleza; en particular del derecho a la libre determinación y sus derivados como son la autonomía en la representación política de los pueblos indígenas, el derecho a consulta, a tener un sistema normativo propio sobre todo que reconozca a las autoridades originaras, derechos territoriales, culturales y lingüísticos.

De este modo, la Nueva Constitución, sus principios y normatividad darán paso a Instituciones nuevas que hagan posible el ejercicio de los derechos de los pueblos originarios, hacerlos operativos y que funcionen. En este sistema cobra relevancia un régimen autonómico el los pueblos indígenas que, acabe con las formas de opresión indígena, de las mujeres y de la naturaleza, que realmente haga valer el derecho a la tierra, la co-pertenencia del ser humano a la naturaleza, respetando el principio de equilibrio de los pueblos indígena con el ecosistema. Esto quiere decir que el futuro de la nación mapuche depende de la autonomía territorial, porque sobre el territorio es posible la vida comunitaria, ejercer los derechos colectivos como la autodeterminación y la lengua; y practicar el vínculo con la naturaleza. La autonomía territorial no implica fronteras territoriales o un estado sobre otro, sino una manera de convivencia de la diversidad a partir de las normas de la comunidad autónoma.

Dice la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos (1996) que las lenguas son la expresión de una identidad colectiva y de una manera distinta de percibir y de describir la realidad de los pueblos. Esta Declaración, además, considera inadmisibles las discriminaciones contra las comunidades lingüísticas basadas en criterios como su grado de soberanía política, su situación social, económica o cualquier otra. Practicar estos derechos requiere de una nueva política estatal, de un territorio donde practicar la lengua, permita acabar con la discriminación racial hoy naturalizadas el las instituciones coloniales.
La política lingüística de Chile, de carácter asimilacionista y colonial, ha sido el verdadero causante de la pérdida y del desarrollo de las lenguas indígenas, a pesar de que hoy se cuenta con marco normativo favorable a las lenguas, como son: la Ley Indígena, La Ley General de Educación, el Convenio 169 de la OIT y otros, la ausencia del reconocimiento de los derechos colectivos y sobre todo a que los indígenas no son quienes toman las decisiones política ampara hechos de negación de derechos como el que analizamos y no sólo eso, a lo largo de casi tres décadas de trabajo en torno a la educación intercultural bilingüe no han habido acciones fundamentales que permitan el uso y desarrollo de las lenguas; entre ellas, no se ha abordado la carencia de la transmisión intergeneracional de la lengua materna y la justicia lingüística, no hay una planificación lingüística que cuente con apoyo económico y técnico y, sobre todo, la política educativa para los pueblos indígenas no esta basada en el cariño, los chilenos no han aprendido a valorar sus raíces. Por lo tanto, mientras persista el racismo no será posible la “justicia lingüística”.

El caso de Chile contrasta con los avances existentes en otra latitudes y continentes como es el proceso de estandarización y revitalización de la lengua maorí en Nueva Zelanda, las políticas lingüísticas del norte de América y de Canadá, o del hawaiano que tienen significativos avances de re funcionalización de su lengua; lamentablemente, como lo señala la sociolingüista Myriam Yateco (2010); en América Latina existen aproximadamente unas quinientas lenguas activamente usadas por poblaciones indígenas, y cuya presencia en contextos de escolaridad oficial es casi nula.

La historia ha enseñado que la dominación no es a perpetuidad, porque toda opresión exige emancipación; es la dialéctica de la sociedad. Esperamos este sea el momento para que las naciones originarias de Chile convivan sin discriminación y que la élite se retire, dejando la decisión de autodeterminación en los pueblos para que puedan conducir su futuro y entre ello revitalizar sus idiomas y por ende sus culturas. En este 21 de febrero los pueblos indígenas de Chile exigimos justicia lingüística y el cese de la opresión política del estado.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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