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Negacionismo en la Convención Opinión Crédito: Aton

Negacionismo en la Convención

La indicación del convencional Barraza parece robusta si se le aprecia de lejos, sin embargo, se muestra endeble al toparla de frente. Sus debilidades, astutas y perspicaces, se escabullen tras decoradas proclamas y elocuentes discursos, pero la palabra nunca es un buen escondite, pues oculta la latente necesidad de ser honesta.


La Convención Constitucional aprobó la semana pasada una norma que establece una definición de «negacionismo» y que pretende sancionar a los representantes que incurran en dicha conducta.

La indicación, redactada por el coordinador del comité, Marcos Barraza (PC), indica que se debe prohibir o sancionar «toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y las violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a este».

El texto también consigna que se entenderá como «negacionismo» toda acción u omisión que «justifique, niegue o minimice las atrocidades y el genocidio cultural de las que han sido víctima los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la Constitución del Estado de Chile».

El precepto aún no se encuentra vigente; debe ser ratificado por el pleno de la Convención. Una vez que aquello acontezca, se espera que los convencionales discutan las sanciones para quienes lo vulneren.

[cita tipo=»destaque»]De aprobarse la norma, además, el espacio de entendimiento de la Convención, comprendido en un sentido profundo, encogería sus límites. John Stuart Mill lo ilustró en los siguientes términos: una opinión equivocada contribuye a un mejor entendimiento de la verdad, al ocasionarse una colisión entre esta última con el error. La Convención debe ser, en amplia medida, un espacio orientado hacia la búsqueda de certezas, de realidades esquivas. Impedir juicios, desde esta perspectiva, atentaría contra esas pesquisas.[/cita]

Un reglamento como el recién expuesto, sin embargo, pierde de vista elementos fundamentales que, de verse enfrentados a la norma propuesta por Barraza, pondrían en riesgo los cimientos mismos de la Convención y derivarían en un perjuicio tanto para la asamblea como para la ciudadanía misma.

Si en el hemiciclo del órgano constituyente hoy se asientan convencionales «negacionistas», término que además es ambiguo y se despliega entre límites difusos y muchas veces azarosos, es porque ciudadanos con posturas semejantes a ellos decidieron darles su voto para que expresen sus términos frente a la Convención. Si dicha institución pretende efectivamente representar al pueblo que la eligió, lo mínimo, y al mismo tiempo lo esencial, es que quienes fueron situados allí por mandato ciudadano tengan al menos la posibilidad de enunciar sus posturas. Privarlos de aquello significa, como consecuencia última, despojar a los electores de los «negacionistas» de la posibilidad de tener voz en la instancia. De ser esa la ruta que los representantes elijan seguir, estarían contrariando el componente fundamental que tienen como mandato, el cual apunta a representar las diversas posturas que tiene la población y fundirlas en un texto constitucional.

De aprobarse la norma, además, el espacio de entendimiento de la Convención, comprendido en un sentido profundo, encogería sus límites. John Stuart Mill lo ilustró en los siguientes términos: una opinión equivocada contribuye a un mejor entendimiento de la verdad, al ocasionarse una colisión entre esta última con el error. La Convención debe ser, en amplia medida, un espacio orientado hacia la búsqueda de certezas, de realidades esquivas. Impedir juicios, desde esta perspectiva, atentaría contra esas pesquisas, y junto a ello contra los mismos objetivos de la asamblea, sin mencionar, por otro lado, la agresión que aquello significaría hacia un valor tan elemental como lo es el de la libertad de expresión.

La indicación del convencional Barraza parece robusta si se le aprecia de lejos, sin embargo, se muestra endeble al toparla de frente. Sus debilidades, astutas y perspicaces, se escabullen tras decoradas proclamas y elocuentes discursos, pero la palabra nunca es un buen escondite, pues oculta la latente necesidad de ser honesta.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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