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La ilusa modernización tributaria sin rentas regionales Opinión

La ilusa modernización tributaria sin rentas regionales

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El anuncio de una ley de “modernización” tributaria por parte de Sebastián Piñera, junto con evitar el regreso de malas prácticas evasivas de grandes empresas, tendrá alguna viabilidad si busca el acuerdo con los territorios, combina la redistribución de recursos con tasas incrementales a industrias de recursos naturales con bajísima tributación territorial y pierde el miedo a dar autonomía a las regiones para que se hagan corresponsables de su desarrollo en verdaderas alianzas público-privadas y sociales, en un ciclo virtuoso de neodesarrollismo que no pierda de vista la competitividad sistémica, poniendo en movimiento el capital social endógeno.


Es inviable políticamente, para activar el país, no considerar el empoderamiento fiscal de las regiones en una nueva reforma tributaria llamada “de modernización” en cuatro años –la quinta desde que volvió la democracia–. Invisibilizar lo regional, ad portas de iniciar un proceso hacia la elección de gobernadores regionales, después de 190 años de haberles quitado a los territorios dicho derecho, resulta injusto porque las coyunturas tributarias requieren grandes consensos para ser sostenibles. Lo obrado por el ministro Arenas y Bachelet tuvo méritos en terminar con privilegios y abierta corrupción tributaria, pero le faltó consenso para asegurar incentivos de capitalización a las Pymes e incluir el notable consenso alcanzado en materias de rentas subnacionales por la Comisión Presidencial para la Descentralización del año 2014, la que adecuadamente argumentó de manera unánime en favor de la descentralización fiscal. Ello porque:

  • Posibilita mejorar la eficiencia en el uso de los recursos al disminuir la burocracia de intermediación, acortando los ciclos desde el levantamiento de demanda hasta la provisión de soluciones públicas.
  • Posibilita la Cohesión Social y Gobernanza Territorial, entendida como el resultado esperado de avanzar hacia la construcción de un país territorialmente equilibrado.
  • Activa las economías locales, siendo clave en la teoría del desarrollo la reinversión de renta en los territorios para su infraestructura, capital social avanzado y redes de emprendimiento e innovación.

El anuncio de una ley de “modernización” tributaria por parte de Sebastián Piñera, junto con evitar el regreso de malas prácticas evasivas de grandes empresas, tendrá alguna viabilidad si busca el acuerdo con los territorios, combina la redistribución de recursos con tasas incrementales a industrias de recursos naturales con bajísima tributación territorial y pierde el miedo a dar autonomía a las regiones para que se hagan corresponsables de su desarrollo en verdaderas alianzas público-privadas y sociales, en un ciclo virtuoso de neodesarrollismo que no pierda de vista la competitividad sistémica, poniendo en movimiento el capital social endógeno.

[cita tipo=»destaque»]Llamamos a integrar en este posible Acuerdo Tributario Amplio Regionalizado (ATAR), a considerar las 10 principales propuestas de dicha Comisión que actualizamos en los siguientes puntos para proponerse por ley que municipios, regiones y autonomías indígenas alcancen el 35% del gasto fiscal hacia el 2025, en un mix de normas de redistribución de recursos actuales, actualización catastral municipal y rentas regionales.[/cita]

Pero no basta elegir autoridades y tener competencias, se requieren recursos y autonomía para endeudarse en megaproyectos con prudencia, lograr terminar con brechas, obligarse a la austeridad como Estado central sin multiplicar las agencias y servicios nacionales en una sobreinstitucionalización inútil para avanzar.

Recordemos que en el contexto de la OCDE Chile está muy rezagado, porque su carga fiscal es 21% versus 34% del conjunto, la descentralización de los mismos se mueve en un 17% versus el 40% del club “desarrollado”, siendo más grave en inversión física, en que nuestro país es solo un 15% de resorte municipal y regional versus el 80% en las democracias avanzadas.

No hay mucho que estudiar y es hora de empujar las propuestas de la Comisión Descentralizadora del 2014, las que fueron unánimes y tras 16 cabildos regionales (incluyó pioneramente a Ñuble), como lo hizo el ex ministro Pacheco, de Energía, al tomar la propuesta de rango de convergencia en el precio de la energía eléctrica domiciliaria, evitando una injusta discriminación.

Llamamos a integrar en este posible Acuerdo Tributario Amplio Regionalizado (ATAR), a considerar las 10 principales propuestas de dicha Comisión que actualizamos en los siguientes puntos para proponerse por ley que municipios, regiones y autonomías indígenas alcancen el 35% del gasto fiscal hacia el 2025, en un mix de normas de redistribución de recursos actuales, actualización catastral municipal y rentas regionales.

1. Traspaso de los impuestos mineros territoriales al sistema regionalSe mejora la actual patente minera y se traspasa el Impuesto Específico Minero al sistema regional (elevándolo del 3.8 al 5%), con la siguiente distribución que asegura el mantenimiento del porcentaje actual de los Fondos de Innovación para la Competitividad Regional y con mayor protagonismo con sus consejos de innovación. Se propone la siguiente distribución:

  • 20% al o los Municipios de localización de las faenas mineras (un reglamento combinará las variables: yacimiento, logística, instalaciones y lugar de residencia de trabajadores).
  • 20% a las comunas restantes al lugar de localización de la faena minera, según población.
  • 10% se destina a Fondos Regionales de Innovación en Ciencia y Tecnología.
  • 50% al Fondo de Convergencia y Solidaridad Interregional.

2. Ley espejo de inversión en metros, trenes y corredores urbanos de buses: Esto obliga a que anualmente lo invertido en la RM en estos ítems, que hoy manejan MOP, MINVU, METRO y EFE, signifique un máximo de 40% de la inversión, debiendo invertirse un 60% en las restantes regiones. Para evitar inflexibilidad, se puede ecualizar el gasto en períodos trianuales.

3. Permitir endeudamiento para megaproyectos: Esto permite asociarse entre regiones, con provincias argentinas, consorcios público-privados que transformen los territorios y dinamicen la economía, tales como de carreteras, túneles bioceánicos con tope máximo de pago anual de deuda que no supere el 7% del presupuesto anual. Del mismo modo, podrán acordar financiamiento plurianual de obras, programas y subsidios.

4. Fortalecer la recaudación predial municipal por mejores servicios y terminar con privilegios de las grandes cadenas en patente comercial: En el impuesto de bienes raíces se debe obligar al Estado Central de manera incremental, en 6 años, a devolver a los municipios el 100% de los montos de exención del impuesto territorial a las municipalidades y el FCM (hoy el 80% de los predios está exento), a cambio de Servicios Municipales Garantizados que se formulan quinquenalmente con alta eficacia o se suspende a los alcaldes por alto abandono de deberes. Los municipios con más de 20 mil habitantes deberán tener oficina de catastro pactada con el SII para mantener reavalúo vigente, esto es, concordante con el principio de corresponsabilidad.

También  terminar con privilegios de grandes cadenas al eliminar el tope de patentes comerciales (hoy en ocho mil UTM) y se establece una patente mínima de UTM 1, el valor mínimo de patente se aplicará por sucursal, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión empresarial, con objeto de eliminar inequidad en el pago entre grandes empresas y empresas de menor tamaño. Se pone fin a exenciones en el pago de patentes comerciales a industrias extractivas de áridos, pesca y forestal (minería paga patente propia).

5. Crear la Patente Eléctrica: Impuesto que debe pagar cada central de generación en el o los municipios donde se localiza, distribuyéndose el pago en un 70% en el municipio respectivo y un 30% para la región respectiva. Con un 60% deducible del impuesto de primera categoría. Aplicándosele el régimen general de cálculo de patentes. Debe considerarse, en caso de afectar comunidades indígenas, procesos participativos en conformidad con el Convenio 169.

6. Tasa Portuaria Territorial: Se crea la tasa portuaria a las empresas portuarias concesionarias y no concesionarias, según tipo de carga a aplicar por tonelada . La puesta en marcha no será inmediata, sino gradual, comenzando el año 2019, estableciendo que el monto máximo corresponderá a US$ 0,5 por tonelada a alcanzar en un plazo de cinco años. Dicho cobro se tipificará según la siguiente tabla (Valores en dólares):

AÑO 1, AÑO 2, AÑO 3, AÑO 4

Granel líquida: 0.1 0,2 0,2 0,2

Carga fraccionada: 0,1 0,3 0,3 0,3

Carga de contenedores: 0,1 0,3 0.35 0,5

Granel sólido: 0,1 0,3 0,35 0,5

En cuanto a la distribución, se propone que un 50 % de la recaudación quede en la Comuna de localización del Puerto y el 50 % restante al Gobierno Regional. Así, también, se establecerá por ley que el 50% del canon de arriendo y otros pagos que se hagan al fisco por parte de las empresas concesionarias y no concesionarias de los puertos de Chile, tanto a las empresas portuarias estatales como al fisco. Se transfieran a las arcas municipales respectivas, de un modo directo y no condicionado, en forma anual, el 70% de este canon, y el 30% se distribuye a los municipios de la provincia respectiva.

7. Pago de las forestales a los territorios: Por la vía de impuesto especial de tala a grandes empresas forestales (consideradas como aquellas que tienen más de 200 hectáreas plantadas). Dichas empresas se mantendrán exentas del pago del impuesto predial, pero al cosechar pagarán al municipio respectivo un impuesto de 20 UTM por hectárea (según informe Conaf).

8.-Establecer El Fondo de Convergencia y solidaridad interregional con privilegio a zonas rezagadas, extremas, indígenas y agrícolas: El objetivo del Fondo es permitir la intervención en territorios funcionales, mediante la generación de inversiones públicas y estimular la inversión privada, desde una lógica de desarrollo endógeno de los territorios y la reducción de brechas socioeconómicas. El Fondo de Convergencia opera como block grant (menú flexible de proyectos y programas a cargo de cada región) de carácter plurianual y no como fondo condicionado (categorical grant) a gasto específico. Los montos que lo integrarán provendrán en un 50% del presupuesto nacional (royalties), en un 25% del presupuesto de la respectiva región y en un 25% de derechos y patentes del respectivo territorio.

9. Incentivos a localización de actividades productivas en regiones: Se propone la disminución gradual de los impuestos de primera y segunda categoría en regiones, en la misma proporción de su aumento en la Región Metropolitana, de un modo que este incentivo sea neutro para las arcas fiscales. En específico, se debe establecer un mecanismo que permita que el impuesto a la renta de las empresas y las personas sea entre un 2% y 4% menor, dependiendo de la ubicación geográfica donde ejercen y del tipo de actividades.

10. Permitir la creación de empresas públicas regionales y convertir la Corfo en 16 corporaciones regionales de fomento: Esto con el objetivo de crear servicios, asociarse con privados, traspasándole a ellas los bienes fiscales, terrenos sin uso, remanentes de recursos mineros y del litio, todo lo cual requiere la aprobación del 60% del respectivo Consejo Regional.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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