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Ascencio (DC) ingresa proyecto que permite «degradar» a militares condenados por violaciones a DD.HH.

La iniciativa comienza citando el doble crimen perpetrado el 30 de septiembre de 1974 en Buenos Aires, y que puso fin a la vida del ex comandante en jefe del Ejército Carlos Prats, y su esposa, Sofía Cuthbert.


Un proyecto de ley que busca modificar el Código de Justicia Militar, aplicando la “degradación militar” a quienes hayan sido condenados por crímenes de lesa Humanidad, ingresó hoy el diputado de la Democracia Cristiana, Gabriel Ascencio.

Lo anterior, explicó el parlamentario, “considerando que en el código de Justicia Militar no existe la degradación para aquellos uniformados  que hayan cometido este tipo de delitos; crímenes repudiables por todos los estados democráticos del mundo, sólo se contempla cuando las penas hayan sido presidio perpetuo o pena de muerte”.

El proyecto ingresado comienza citando el doble crimen  perpetrado el 30 de septiembre de 1974 en Buenos Aires, y que puso fin a la vida del ex comandante en jefe del Ejército Carlos Prats, y su esposa, Sofía Cuthbert, calificando el hecho como “una cobarde acción terrorista  realizada lamentablemente por miembros del  Ejército de nuestro país, según fallo de la Excma. Corte Suprema de Justicia. “

Ascencio, junto con señalar la necesidad de avanzar en esta materia, “en la búsqueda de una justicia más plena y acorde con la gravedad de los delitos cometidos”, explicó que  el proyecto permitirá agregar  la “degradación” a los casos que involucren penas por crímenes de lesa humanidad , modificándose para ello el artículo 222 del Código de Justicia Militar.

Agregó que la pena de degradación producirá “la privación del grado y del derecho a usar uniforme; insignias, distintivos, condecoraciones o medallas militares; el retiro absoluto de la Institución; la incapacidad absoluta y perpetua para servir en el Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Carabineros; la pérdida a perpetuidad de todos los derechos políticos activos y pasivos, y la incapacidad para desempeñar, a perpetuidad, cargos, empleos y oficios públicos”.

Agregó que “el intenso y permanente debate judicial y político sobre las violaciones a los derechos humanos cometidos por la dictadura militar en Chile entre 1973 y 1990, ha generado, luego de veinte años de democracia, consenso social en cuanto a que su respeto constituye un valor esencial de la vida republicana del país.” Por lo anterior, señaló que espera avanzar en la tramitación de esta iniciativa “que pondría a Chile en una situación de mayor justicia y avance en materia de condenas a los crímenes de lesa humanidad”.

La iniciativa recuerda que este tipo de crímenes, incluidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional comprenden las conductas tipificadas como asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos u otros definidos expresamente, desaparición forzada, secuestro o cualesquiera actos inhumanos que causen graves sufrimientos o atenten contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.”

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