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La resistencia del mundo de los DD.HH. para declarar imprescriptibles los delitos de abuso sexual PAÍS

La resistencia del mundo de los DD.HH. para declarar imprescriptibles los delitos de abuso sexual

Alejandra Carmona López
Por : Alejandra Carmona López Co-autora del libro “El negocio del agua. Cómo Chile se convirtió en tierra seca”. Docente de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile
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La defensa de que solo los delitos de lesa humanidad –que en Chile han conocido condenas por la dictadura de Pinochet– continúen en un espacio de resguardo, es un debate antiguo y concentrado en un ámbito más jurídico que humano. «Si en algún punto la eventual nueva categoría del abuso sexual dañara o amenazara los delitos de lesa humanidad, cerraría filas en contra de la nueva calificación, pero no es el caso”, dice el abogado Eduardo Contreras. Quienes trabajan en el mundo de los DD.HH. y la infancia han escuchado de sobra este argumento, pero piensan que ya es tiempo de derribarlo.


«Le pido aquí, públicamente, al Presidente de mi país, que como lo está haciendo, tome la decisión más sabia y a favor de las víctimas, que hoy en día lo necesitan para la paz social y en su corazón, para la ley de imprescriptibilidad para abusos sexuales de menores y adolescentes», dijo James Hamilton el miércoles desde Roma. A pesar de que no era primera vez que una de las víctimas de Fernando Karadima hablara sobre la posibilidad de que este tipo de delitos no muriese en el tiempo, hasta ahora no había resultado tan fácil como hubiera querido.

Que este tipo de delitos puedan ser juzgados sin el temor de que sean declarados prescritos, parece concitar un apoyo cerrado de un amplio sector de la sociedad. Pero solo parece, porque desde el mundo de los Derechos Humanos (DD.HH.), especialmente de aquellos vinculados a las víctimas de los delitos de lesa humanidad de la dictadura, «existe cierta resistencia por razones jurídicas», como revela en privado otra víctima de un sacerdote.

Esta oposición revela un tema que es tratado con pinzas en un sector de Chile, porque “pese a que es del ámbito jurídico, también puede ser impopular”, señala por su parte un jurista sobre una calificación que existe solo para crímenes de lesa humanidad y cuyas condenas en Chile han caído sobre violadores de los DD.HH. en dictadura; condenados a quienes le ha caído la sentencia después de 44 años de cometidos los crímenes.

Los argumentos de quienes abogan por conservar el estatus de “imprescriptible” solo para los crímenes de lesa humanidad –amparados por el Derecho Internacional y ratificados en instancias como el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional o la Asamblea General de las Naciones Unidas– encuentran sustento en que, al mantener esta calificación, existiría una condición especial que hace permanecer esos delitos en un área de “crimen más grave”. Por eso, se vislumbra que el debate que se produzca con la decisión del Presidente Sebastián Piñera, de firmar el proyecto de indicación sustitutiva que establece la imprescriptibilidad total de los delitos y abusos sexuales contra menores, pueda levantar polvareda en el mundo de los Derechos Humanos.

[cita tipo=»destaque»]No es primera vez que se busca que los delitos de abuso sexual sean imprescriptibles. La primera moción fue presentada en 2005 –en el marco del caso Spiniak– por el entonces diputado Patricio Walker en la Cámara de Diputados, pero el tema no avanzó. Tampoco hubo motor desde la propia Concertación. Fue el mismo Walker quien repuso la idea cinco años después, en 2010, cuando, siendo senador y presidente de la Comisión de Infancia del Senado, lo instaló en tabla como autor del proyecto, junto con el senador Jaime Quintana. Sin embargo, tampoco nadie le dio mucha importancia. “Me comentaron alguna vez el tema de la imprescriptibilidad en comparación con los delitos de lesa humanidad, pero quiero ser franco, eso nunca se ha explicitado públicamente y me gustaría que ahora se pudiera dar ese debate”, plantea Walker, quien defiende la idea de que no existe colisión ni competencia entre ambas sanciones.[/cita]

No es primera vez que se busca que los delitos de abuso sexual sean imprescriptibles. La primera moción fue presentada en 2005 –en el marco del caso Spiniak– por el entonces diputado Patricio Walker en la Cámara de Diputados, pero el tema no avanzó. Tampoco hubo motor desde la propia Concertación. Fue el mismo Walker quien repuso la idea cinco años después, en 2010, cuando, siendo senador y presidente de la Comisión de Infancia del Senado, lo instaló en tabla como autor del proyecto, junto con el senador Jaime Quintana. Sin embargo, tampoco nadie le dio mucha importancia. “Me comentaron alguna vez el tema de la imprescriptibilidad en comparación con los delitos de lesa humanidad, pero quiero ser franco, eso nunca se ha explicitado públicamente y me gustaría que ahora se pudiera dar ese debate”, plantea Walker, quien defiende la idea de que no existe colisión ni competencia entre ambas sanciones.

En medio del debate por los casos del Sename y los abusos cometidos por sacerdotes, Estela Ortiz, ex secretaria ejecutiva del Consejo Nacional de la Infancia, escuchó en más de una ocasión las aprensiones respecto al tema, sin embargo, nunca las compartió.

“Yo no puedo tener una actitud mezquina con algo que es muy importante para la sociedad”, sostiene Ortiz. “Este tema aparece mucho después en la vida de una persona, cuando ya es papá o mamá. Entiendo que hay quienes crean que solo los delitos de lesa humanidad no prescriben, pero esto es una realidad tan dolorosa, tan brutal, niños que fueron abusados cuando tenían 7 años y se dan cuenta de adultos que necesitan denunciar. Por eso yo considero que la no prescripción del abuso es un tema en el que hay que avanzar”, señala Estela Ortiz.

Una discusión humana y jurídica

El reconocido abogado de DD.HH., Eduardo Contreras, reconoce que es difícil dar una “opinión sincera y jurídica”, sin embargo, se inclina a pensar en el factor humano. “Si se trata del punto de vista técnico, comparto que solo los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles… lo señala el Estatuto de Roma y otros convenios de Derechos Humanos, sin embargo, es una petición muy aceptable extender esa imprescriptibilidad también para los abusos sexuales”, dice Contreras, para quien el verdadero debate es la prescripción en sí misma, porque “la pregunta es si el paso del tiempo cura los delitos”. Eso sí, si en algún punto la eventual nueva categoría del abuso sexual dañara o “amenazara los delitos de lesa humanidad”, Contreras cerraría filas en contra de la nueva calificación, pero considera que no es el caso.

Los delitos de lesa humanidad son parte de aquellos llamados crímenes internacionales y el artículo 5 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional se refiere con esta calificación al genocidio, crímenes de guerra y a los más graves de trascendencia para “la comunidad internacional en su conjunto”.

El abogado Claudio Nash, coordinador de la cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Chile, opina que en general, en los delitos de violencia sexual que no ocurran en el marco de una política de Estado, no debiera haber imprescriptibilidad. “Me parece que, siguiendo los estándares internacionales en esta materia, lo que corresponde es discutir cuál es el rango de la prescripción, pero no me parece que estemos en una situación de excepcionalidad como la que hoy se se recoge en materia de Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, puntualiza.

El profesional se basa en que en el Derecho Internacional se ha decretado investigar y sancionar a los responsables de violaciones a los Derechos Humanos y que esto es de medio y no de resultado, por lo que lo que se le exige al Estado llevar adelante una investigación seria y adoptando todos los mecanismos necesarios para lograr el resultado esperado. “Frente a casos de violaciones graves y sistemáticas de DD.HH., aquellas que comprometen al aparato estatal en su conjunto, se establece una particularidad: que no pueden presentarse excepciones en el ámbito interno que impidan esta investigación y sanción. Estas sanciones prohibidas serían indultos, amnistías y prescripciones”, detalla.

El diputado y abogado Hugo Gutiérrez está de acuerdo con sumar a la categoría de imprescriptibles a los abusos sexuales, siempre y cuando se trate de niños. “Lo que sugiere el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas es sobre abuso sexual infantil y excluye a la persona mayor de edad y me parece bastante razonable”, asegura sobre la modificación –que se introducirá al proyecto de autoría de Walker y Quintana– que ahora empujó el Presidente Piñera y que tendrá suma urgencia.

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