
Procesan a cinco implicados en red de sustracción de menores durante dictadura
El ministro Alejandro Aguilar Brevis determinó que los delitos no prescriben por tratarse de casos de lesa humanidad. La red operó en San Fernando con jueces, abogados y funcionarios públicos, vendiendo niños a extranjeros por hasta 50 mil dólares.
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Aguilar Brevis, dictó el primer procesamiento por sustracción de menores ocurrido entre las décadas de 1970 y 1990, en un caso que involucra a una red organizada en San Fernando. En virtud de aquello envió a la Corte Suprema una solicitud de extradición desde Israel para una de las encausadas, la exjueza Ivonne Gutiérrez Pávez.
Cinco personas fueron procesadas y enviadas a prisión preventiva por asociación ilícita, sustracción de menores y prevaricación dolosa. Entre ellos figuran la exjueza Ivonne Gutiérrez Pávez, Ismael Espinoza León, Carlos Vega Segura, Laura Silva Sánchez y Sylvia Vilches Rojas. La investigación reveló que la red operaba con abogados, sacerdotes de la Iglesia Católica y funcionarios de salud, quienes identificaban a menores de madres vulnerables para entregarlos en adopción irregular a parejas extranjeras a cambio de hasta 50 mil dólares.
Uno de los casos documentados ocurrió en enero de 1983, cuando Gutiérrez Pávez, Espinoza León y Silva Sánchez sustrajeron a una niña de tres años, aunque la madre logró recuperarla días después con ayuda de Carabineros. En otro caso, en marzo de 1983, la jueza Gutiérrez Pavez autorizó la salida del país del hijo de una madre identificada como A.A.R.R., quien fue enviado a Estados Unidos sin su consentimiento.
El fallo señala que los expedientes judiciales presentaban firmas falsificadas y lenguaje técnico que las madres, en su mayoría menores de edad y de escasos recursos, no podían comprender. Testigos declararon que la jueza Gutiérrez redactaba renuncias forzadas a la maternidad, mientras que la organización operaba con furgones que recorrían poblaciones buscando niños en condiciones de pobreza.
“Funcionarios de esa organización hablaban con las madres diciéndoles que vía tribunal ingresarían una protección para el cuidado de los niños, como algo temporal, por lo que esas madres después buscaban a sus hijos”, estableció el magistrado.
Igualmente, determinó que los delitos no están prescritos al calificarlos como de lesa humanidad, cometidos en un contexto de dictadura donde el Estado violó sistemáticamente los derechos fundamentales. Para ello citó la Convención Americana de Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana, que prohíben la prescripción en estos casos.
Además, se comprobó que la red mantenía conexiones con una oficina de abogados y una guardería en Santiago, así como con el Registro Civil de la época. Los involucrados actuaban bajo amenazas, engaños y coerción, aprovechando la vulnerabilidad de las víctimas.
La resolución incluye testimonios clave, como el de un secretario judicial. “Las madres le contaron que ellas estaban con sus hijos en la casa lavando y los niños cerca de ellas y que venían con un equipo de furgones y les quitaban (los niños) para ser citadas posteriormente al tribunal, pero esas mujeres siempre bajo amenaza de irse detenidos“, sostuvo en su declaración.
El ministro solicitó la extradición de Gutiérrez Pávez, radicada en Israel, invocando el Convenio Europeo de Extradición, vigente en Chile desde el 1 de junio de 2025. Los antecedentes fueron remitidos a la Corte Suprema para su evaluación.