Publicidad
La despenalización del aborto y la sesgada mirada desde la discapacidad Opinión

La despenalización del aborto y la sesgada mirada desde la discapacidad

Ximena Flores
Por : Ximena Flores Periodista. Asesora en Inclusión y Discapacidad.
Ver Más

La discusión que se ha generado en torno a la despenalización de tres causales del aborto, ha generado no sólo controversias en el ámbito de la salud y de los derechos de la mujer, sino que también va de la mano con temas éticos que implica que indiscutiblemente nos haga replantearnos varios escenarios antes de emitir algún juicio, a favor o en contra.


La Comisión de Constitución del Senado aprobó hace un par de semanas la despenalización del embarazo en dos de las tres causales que están en discusión: a) en casos de riesgo materno y b) inviabilidad fetal, quedando pendiente la revisión de la tercera que permite el aborto en casos de violación.

Hace un par de años, el Diccionario de la Real Academia de Lengua Española (RAE), anunció que sacaría del texto y del significado que se le entregaba al “Síndrome de Down”, la palabra “enfermedad”, cambiándola por la de “condición genética”. Lo cual significa en términos simples que, así como yo nací bajo una condición de mujer, hay otras personas que nacen con la condición de Síndrome de Down, privilegiando claramente la condición de persona por sobre su discapacidad.

Sin embargo y bajo la reciente aprobación de la causal “Inviabilidad del Feto”, se genera más de alguna controversia pues quienes hemos trabajado con personas con Discapacidad Intelectual o Multidéficit Funcional, donde el diagnóstico del médico tratante a los padres ha sido en su momento “Incompatible con la Vida”, se genera la controversia y mucho más aún para aquellos padres que son primerizos y que no saben qué responder ni dónde buscar refugio o alguna otra explicación de qué pasara qué con ese niño que está por nacer…

Lo primero que debo decir a este respecto es que el hecho de aprobar esta causal (y con ello sólo me refiero a este debate y no al resto de la discusión), atenta contra la sociedad desde el punto de vista legal porque la actual Ley Civil, protege la vida del que está por nacer.

En nuestro país existen alrededor de 340.000 personas con discapacidad intelectual, quienes tienen – al igual que cualquier otra persona – derecho a vivir de una manera digna, pues así lo ha ratificado Chile al adherirse a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, el 2008.

Dicho texto estipula en su Art. 25º que “las personas con discapacidad tienen el derecho al más alto nivel posible de salud sin discriminación debido a su discapacidad. Deben recibir la misma gama, calidad y nivel de servicios de salud gratuitos o asequibles que se proporcionan a otras personas, recibir los servicios de salud que necesiten debido a su discapacidad, y no ser discriminadas en el suministro de seguro de salud”.

Entonces, si por un lado vemos el que propio Estado nos garantiza el derecho a la vida y por otro nos abre la puerta a través de un médico, los que, dicho sea de paso, me merecen todo el respeto del mundo, a decidir por la vida de “mi hijo”, se genera un conflicto ético donde los que tienen que la responsabilidad de esa vida somos los padres que generalmente y hasta ese momento no han tenido ninguna vinculación a la discapacidad.

Muchas veces se dice que las palabras son utilizadas como “armas de doble filo”, y a veces llevan implícito un daño en la intención con la que se pronuncian. Ojalá aún se pueda corregir la redacción del texto pues independiente de las diversas realidades y posturas que existen en torno a él, me consta que las organizaciones que trabajan con o para personas con discapacidad realizan un trabajo serio y responsable, además de un esfuerzo diario por sacar a ellos y sus familias adelante brindándoles todas las herramientas que necesitan para que sean sujetos dignos en igualdad y derechos, como cualquier persona de nuestro país.

Otra polémica que también se ha generado recientemente es la Objeción de Conciencia. Se aprobó en la Comisión de Salud que sólo podía ser ejercida por el médico tratante y no por los otros profesionales del equipo de salud. Esto es una discriminación inaceptable, que refleja la falta de comprensión de lo que significa un equipo de salud. Los profesionales que lo integran requieren respeto y valoración de su trabajo, el que es vital en la realización de un procedimiento de este tipo y que no puede ser realizado si atenta contra su conciencia personal.

 

 

Publicidad

Tendencias