
Revisa quiénes deben inscribirse para recibir el Aguinaldo Fiestas Patrias
El artículo 8 de la ley establece que el aguinaldo será pagado por el empleador correspondiente, quien recibirá los fondos pertinentes del ministerio.
En septiembre se otorga el Aguinaldo de Fiestas Patrias, un beneficio destinado a los funcionarios públicos con motivo de la celebración del 18 de septiembre.
Aunque el pago se realiza de manera automática para aquellos que cumplen con los requisitos, algunas personas deben realizar un trámite adicional para poder recibirlo.
Quiénes deben inscribirse para recibir este beneficio
La Ley N° 21.647, que regula el reajuste general de remuneraciones para los trabajadores del sector público, establece que los funcionarios de establecimientos particulares subvencionados y de administración delegada deben registrar sus datos para recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias en septiembre.
El artículo 5 de esta ley establece que los trabajadores de establecimientos subvencionados por el Estado tienen derecho a recibir el aguinaldo a cargo del fisco. Además, indica que el Ministerio de Educación (Mineduc) proporcionará los recursos a los sostenedores para que estos los distribuyan entre los beneficiarios.
Además, el artículo 8 de la ley establece que el aguinaldo será pagado por el empleador correspondiente, quien recibirá los fondos pertinentes del ministerio.
Cómo inscribirse para recibir el Aguinaldo Fiestas Patrias
El sistema para registrar los datos necesarios para el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias estará disponible del 2 al 23 de agosto, hasta las 15:00 horas.
Para realizar el ingreso, se debe acceder al sitio web de Comunidad Escolar con el perfil del establecimiento en la sección “Procesos de bonos y aguinaldos”. Allí se desplegará una aplicación en la que se deberán especificar los tramos salariales de los trabajadores. Es importante completar esta declaración, ya que, de no hacerlo, no se recibirá el beneficio.
Conoce el monto del beneficio
Para el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024, el monto será de $85.093 para las trabajadoras con una remuneración líquida igual o menor a $984.282 en agosto de 2024. Los trabajadores cuya remuneración líquida supere los $984.282 recibirán un aguinaldo de $59.071.