
Madres pueden recibir hasta $900 mil sin postular: revisa requisitos aquí
El Bono por Hijo aumenta la pensión de madres jubiladas y puede alcanzar $900 mil. Consulta con tu RUT en ChileAtiende si cumples los requisitos.
Las madres que hayan tenido hijos biológicos o adoptados pueden acceder a un beneficio estatal conocido como Bono por Hijo, el cual incrementa el monto de su pensión una vez que se jubilan.
Este aporte, entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS), puede alcanzar un monto cercano a los $900 mil, ya que su cálculo se basa en el sueldo mínimo vigente. Aunque no requiere postulación, existen condiciones específicas que deben cumplirse para obtenerlo.
Requisitos para acceder al Bono por Hijo
Solicita el Bono por Hijo si eres madre y cumples una de las siguientes condiciones:
- Estás afiliada a una AFP y obtuviste tu pensión a partir del 1 de julio de 2009:
- Si adicionalmente, recibes un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), el monto de este beneficio podría verse afectado, ya que el Bono por Hijo incrementa el monto de la pensión de vejez (presente o futura) e incide en el cálculo del APSV.
- Si estuviste pensionada con Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente en que ingresen los fondos en tu cuenta de capitalización individual. Una vez que tu cuenta quede en cero, cuando se acabe el monto del Bono por Hijo, podrás solicitar nuevamente la Garantía Estatal. La AFP debe gestionar la nueva solicitud con anticipación para asegurar la continuidad del pago de la pensión.
- Eres titular de una Pensión Garantizada Universal (PGU):
- Si pierdes la PGU podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo. Como generalmente el monto es bajo, ya que se calcula como una renta vitalicia, dirígete a una oficina ChileAtiende y solicita que el monto del bono se ajuste a un valor de 3 UF (Unidades de Fomento) hasta que se agoten los fondos correspondientes.
- No estás afiliada a un régimen previsional, recibes una PGU, y una Pensión de Sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a partir del 1 de julio de 2009:
- Si recibes una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentas con una PGU, puedes solicitar el Bono por Hijo afiliándote a una AFP. Sin embargo, esta afiliación genera la pérdida de la Asignación por Muerte si falleces; no así la cuota mortuoria, que puede corresponder a la AFP.
- Si pierdes la Pensión de Sobrevivencia o PGU, podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo. Como generalmente el monto es bajo, tienes la opción de dirigirse a una oficina ChileAtiende y solicitar que la bonificación se ajuste a 3 UF hasta que se agoten los fondos correspondientes.
- Tener 65 años de edad o más.
- Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años. Además, tienes que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud.
Si fuiste exiliada, y estás registrada en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, el período que viviste en el extranjero será considerado como residido en Chile.
Revisa cómo se calcula
Conocer más
Cómo se calcula el Bono por Hijo
El bono comienza a genera rentabilidad desde el nacimiento de tu hijo y/o hija, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (para quienes trabajen, y tengan entre 18 y 65 años). Se calcula de la siguiente forma:
- Si tu hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes de su nacimiento.
Consulta con tu RUT si puedes recibir el beneficio
Puedes consultar si te corresponde el Bono por Hijo en el sitio web de Chile Atiene o haciendo clic aquí.
Una vez en la plataforma, solo debes ingresar tu RUT y fecha de nacimiento.
De igual forma, la página web permite consultar el estado del trámite en caso de que hayas solicitado el beneficio.