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Sobre «La Trampa de la Ley de Inclusión», el Estado y el modelo Neoliberal

Por: Marco A. Villalobos Michelson


Señor Director:

En relación a lo señalado por el señor José de la Cruz Garrido en su columna «La Trampa de la Ley de Inclusión» publicado el 29 de febrero por este medio, quisiera hacer notar que los «Reglamentos de Convivencia» se han convertido hoy por hoy en herramientas de exclusión escolar mediante la cancelación o no renovación de matriculas por causas subjetivas y arbitrarias, bajo la excusa de lograr un «Proyecto Educativo».

Se parte de la base que los padres «adhieren libremente» a este reglamento bajo el supuesto que existe la «libertad de elegir», no obstante es bien sabido que en la práctica no es así; es el colegio el que elige a los alumnos que quiere incorporar y mantener. La firma de ese Reglamente se hace bajo coacción, pues de no hacerlo, las implicancias o impactos en la vida académica de los alumnos pueden ir más allá que solo no comprar algo que no te gustó o buscar otro proveedor de cable o el celular. Supuestamente un contrato legítimo (justo) es el que se concerta en igualdad de condiciones entre las partes y esa igualdad se da en las implicancias para cada uno en caso de no aceptar las condiciones. Sin embargo hay algo altamente asimétrico en la relación de fuerzas entre los padres que van a buscar Educación para sus hijos y el Colegio que la provee como para pensar que dicho «Contrato» (Reglamento de Convivencia) es justo «per-se», debido que es redactado por una de las partes, la más fuerte y la otra no tiene la menor injerencia. Esa es la trampa del actual modelo.

Lo señalado por el señor De la Cruz defiende el rol de un Estado subsidiario propia del modelo Neoliberal (y ojo, yo no soy Economista ni experto en la materia para darme cuenta de su evidente defensa al modelo en cuestión) pretendiendo excluir o minimizar el rol del Estado de los asuntos que atañen al desarrollo de los Colegios. Lamentablemente muchos Colegios entienden por «Proyecto Educativo» el alcanzar altos puntajes en el SIMSE y/o PSU y/o tener alumnos «bien portados» (ojalá de un estrato social «target») como campaña de «marketing» para tener «ventajas comparativas» que les permita poder competir en el «mercado de las matriculas», lo que necesariamente significa segregar o «descremar» alumnos de acuerdo al «perfil» que se acomode a dichos objetivos. Lejos de «burocratizar» como plantea el señor De la Cruz (que dicho sea de paso no explica por qué eso es malo y lo asume como dogma, propio del discurso Neoliberal subyacente a su artículo) la Ley de Inclusión pretende impedir arbitrariedades por parte de la «administración de turno» del Colegio para evitar que ésta imponga estrategias de mercado que le permitan seleccionar a los alumnos que componen su comunidad educativa. Cualquier experto en mercadotecnia sabe que en la venta de servicios, un cliente «sano» aporta más valor que 100 clientes «cacho» (esa estrategia se llama segmentación) el tema es ¿Es la educación un bien de consumo?, ¿son los alumnos o apoderados clientes?

Ningún «Proyecto Educativo» debiera partir de la base de seleccionar a quienes ofrecer ese Proyecto, dado que Educar es un proyecto país (de todos) y el Universo objetivo abarca a todos los niños. De ahí que si un Colegio no acepta o excluye a un alumno falta a su naturaleza, dado que el ciudadano no desaparece y es donde se hace relevante el rol del Estado en estas materias para que el Colegio no pierda de vista que su deber es cooperar con el resto de los Colegios para educar al país y no competir con ellos (y no, no soy comunista ni socialista).

Marco A. Villalobos Michelson

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