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Disonancia en la protección de la niñez migrante

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Por: Antonia Aguirre Velasco y Lucas Molina Almeida


Señor director: 

Este 18 de diciembre, Día Internacional del Migrante, cabe una pregunta ineludible: ¿está el Estado garantizando efectivamente a los niños, niñas y adolescentes la protección que declara como prioritaria, sin distinción de nacionalidad o situación migratoria?

Hace pocas semanas realizamos, junto a la Pontificia Universidad Católica, el seminario “Niñez migrante: desafíos y aprendizajes”. De las exposiciones surgió una constatación transversal: persiste una disonancia estructural entre el reconocimiento formal de la niñez migrante como grupo prioritario y los instrumentos que organizan su protección efectiva.

El sistema de protección de la niñez —regido por la Ley 21.430— parte de un principio básico: todos los niños, niñas y adolescentes en Chile son titulares de los mismos derechos y requieren protección continua, resguardando sus vínculos familiares. Sin embargo, la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, condiciona la reunificación familiar al estatus migratorio de las personas adultas responsables, sin extender automáticamente permisos a quienes ejercen el cuidado. En la práctica, ello subordina las trayectorias de niños y niñas a reglas migratorias que no siempre dialogan con las exigencias del sistema de protección.

Las consecuencias son concretas. Datos del Servicio Nacional de Protección Especializada muestran que los niños, niñas y adolescentes extranjeros presentan mayores tasas de traslados y egresos por interrupción, tensionando los estándares internacionales que conciben la reunificación familiar como un límite a la potestad migratoria y no como un beneficio discrecional.

El desafío es avanzar hacia una política pública coherente, capaz de armonizar la protección integral de la niñez con la política migratoria. Ello exige reconocer que dicha protección no se agota en el diseño estatal, sino que se materializa cotidianamente a través de un sistema en el que participan activamente organismos de la sociedad civil. Diseñar reglas sin integrar a quienes ejecutan la protección en el territorio reproduce la disonancia que hoy afecta a niños, niñas y adolescentes migrantes. La forma en que el Estado aborde esta relación será decisiva para saber si el enfoque de derechos se traduce en respuestas efectivas o queda reducido a una declaración de principios.

Antonia Aguirre Velasco, directora de Estudios e Innovación.
Lucas Molina Almeida, abogado.
Fundación Ciudad del Niño

 

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