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Justicia legitíma derecho de la comunidad a fiscalizar a empresas públicas

El 29° Juzgado Civil de Santiago concluyó que cualquier ciudadano puede ser un genuino interesado en conocer las actividades de la administración del Estado y de las entidades públicas y privadas, garantía que incluso se constituiría como el derecho humano a recibir »información oportuna, completa, auténtica y veraz». Esto a partir de un caso que involucró a Correos.


Un plazo de 15 días tendrá la empresa de Correos de Chile para entregar toda la información relativa a la licitación que realizó el 26 de abril de 2004, para implementar un sistema de ventas y de seguimiento de correspondencia "track & trace", la cual fue adjudicada el 27 de agosto de ese año a la empresa Software A.G., entidad ligada al cuñado del Presidente Ricardo Lagos, Roberto Durán, quien es su representante para Latinoamérica.



Así lo determinó el 29° Juzgado Civil de Santiago, al acoger un recurso de amparo por el acceso a la información interpuesto por el abogado Héctor Musso en contra de la empresa postal, debido a la negativa de esta última a entregarle información relativa a cómo se llevó a cabo este concurso público y cuáles han sido sus resultados a la fecha.



Esto, porque el profesional -ligado a la DC- tenía conocimiento que esta plataforma tecnológica que debía implementar Software A.G. debió estar operativa el 31 de enero de 2005. Sin embargo, dicho servicio aún está en etapa de creación, mientras que las bases de la licitación exigían que el producto que se necesitaba ya debía estar probado en otras entidades de igual magnitud que Correos de Chile.



Información de todo el proceso



Según las cartas hechas llegar por Musso, el 16 y 19 de mayo de este año, se solicitó a la Dirección de esta empresa otorgar copias de todos los documentos relacionados con la evaluación de los oferentes, las calificaciones obtenidas por cada uno de ellos, el método para seleccionar al ganador y el cumplimiento o incumplimiento por parte del seleccionado, especialmente aquellos emitidos por la Contraloría y la fiscalía de Correos. Además, un certificado donde se acreditara si la adjudicataria cumplió o no con el contrato y los plazos estipulados en éste.



No obstante, un día después de esta última fecha, el gerente general de la entidad estatal, José Luis Mardones, le informó que dicha información le sería entregada en la medida que acreditara que esos antecedentes afectaran directamente sus intereses y que, en caso de no ser así, no existía ninguna normativa legal que lo obligara a hacerlo.



Derecho esencial del ser humano



Diametralmente distinta fue la opinión emitida por la titular del 29° Juzgado Civil de la capital, María Angélica Nigro, quien consideró que la Ley que establece como sujeto activo de amparo de acceso a la información se refiere a la comunidad toda y no sólo a quienes podrían tener intereses comprometidos en determinada materia que no se encuentre a disposición del público.



"Interesado debe entenderse como a aquel sujeto particular que dentro de toda la sociedad se interese por acceder a la información. Ello guarda perfecta concordancia con los principios de probidad y transparencia del acto público que inspira la Ley citada y a los cuales debe ordenarse toda la actividad del aparato público, sea de la administración central o descentralizada, o de las empresas públicas e incluso privadas", consigna la resolución.



Junto a ello, la magistrado sostuvo que se debe respetar el legítimo interés de la ciudadanía en conocer y fiscalizar la actividad de los organismos públicos, cautelando de esta manera el bien general de la comunidad. "Puede estimarse incluso que ello se vincula a los derechos fundamentales del individuo, pues los habitantes del país tienen derecho a emitir opinión y, para que ese derecho humano pueda recibir efectiva aplicación, menester es que tengan derecho a recibir una información oportuna, completa, auténtica y veraz", añade el fallo.



"La labor fiscalizadora de los privados, lejos de representar un obstáculo para la consecución de los fines del Estado o de sus órganos, representa un elemento coayudante de notable importancia para su adecuado funcionamiento", señala el dictamen que otorgó un plazo de 15 días a Correos para entregar toda la información requerida por Musso y la condenó a pagar las costas del proceso.



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