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¿Quiénes son las juezas que impartirán justicia en el trascendental caso SQM? Crédito: Pantallazo

¿Quiénes son las juezas que impartirán justicia en el trascendental caso SQM?

Tres magistradas del Tercer Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago serán las encargadas de dictar sentencia en el bullado caso Soquimich (SQM). En este juicio se encuentran acusados, por diversos delitos, entre otros, Marco Enríquez-Ominami, Pablo Longueira y Patricio Contesse González. Tras ocho años de investigación criminal, los alegatos partieron, con retraso y cierta polémica, el pasado 13 de febrero, y se espera que el veredicto llegue, por lo extenso de la etapa probatoria, en unos dos años más. Entre los anteriores fallos emitidos por las juezas, destacan varios absolutorios: el voto a favor de la absolución del religioso John O’Reilly por abuso sexual; el veredicto absolutorio en favor del exalcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, en una arista del caso Basura; y el sobreseimiento de Santiago Valdés, exadministrador de la campaña electoral de Sebastián Piñera en 2009, en un juicio vinculado al caso SQM, por financiamiento ilegal de la política.


El pasado 13 de febrero partió, ante el Tercer Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago, el juicio a los ocho acusados por financiamiento ilegal de la política por parte de la minera Soquimich (SQM). No sin polémica, ya que el juicio debía arrancar el 1 de febrero, pero el auto acusatorio no estaba listo, porque el juez a cargo de revisarlo se encontraba de vacaciones. Ante la demora, la Corte Suprema abrió un sumario para investigar una “eventual responsabilidad disciplinaria” por la “tardanza y postergación” del trámite.

Superado el primer bochorno y tras ocho años de investigación –durante los cuales pasó mucha agua bajo el puente, cayeron dos ministros de Bachelet (Peñailillo y Arenas), rodó la cabeza del entonces director del SII (Michel Jorratt, en mayo de 2015), y renunciaron los dos principales fiscales a cargo de las investigaciones (Gajardo y Norambuena, en febrero de 2018), además de la intervención del ex Fiscal Nacional Jorge Abbott, entre varios otros sucesos–, el Ministerio Público por fin presentó cargos criminales en contra de ocho personas. 

Entre los acusados están el excandidato presidencial y fundador del disuelto PRO, Marco Enríquez-Ominami (ME-O), imputado por delitos tributarios; el expresidente UDI, exsenador y exministro de Economía de Sebastián Piñera, Pablo Longueira, acusado de delitos tributarios y soborno, por recibir dineros a cambio de incluir en la Ley del Royalty Minero algunos párrafos escritos a favor de la minera no metálica; y el ex gerente general de SQM, Patricio Contesse González, por soborno y delitos tributarios. El resto de los querellados son: Cristián Warner (exasesor de ME-O y administrador de su campaña presidencial), Marisol Cavieres (secretaria de la presidencia de la UDI), Carmen Valdivielso (secretaria de Longueira), Marcelo Rozas (DC, exembajador en Praga durante el Gobierno de Michelle Bachelet) y Roberto León (exdiputado DC).

El trío de juezas

A cargo de escuchar y adentrarse en los hechos, los alegatos, las pruebas y, finalmente, condenar o absolver a los querellados, hay cuatro juezas del Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, tres titulares y una alterna, es decir, el reemplazo en caso de que alguna de las titulares no pudiera continuar.

La presidencia está a cargo de la magistrada María Teresa Barrientos Marabolí. Es abogada de la Universidad de Chile, ingresó al Poder Judicial en enero de 2002, se ha desempeñado como jueza en el Tribunal Oral en lo Penal de Puente Alto y de Copiapó. Entre las causas en las que ha fallado, destaca su participación como presidenta del tribunal que condenó, en uno de los casos, en fallo dividido, al sacerdote John O’Reilly, en octubre de 2014. De los tres jueces, ella fue la única partidaria de absolver al religioso perteneciente a la Congregación de los Legionarios de Cristo por los dos casos de abuso sexual en los cuales fue acusado por la Fiscalía Oriente. Entre sus argumentos señaló estimar “insuficientes los medios de prueba aportados al juicio, a fin de vencer la presunción de inocencia que le ampara (al religioso)”. Asimismo, fundamentó su resolución en “no haberse acreditado, más allá de toda duda razonable, los hechos materia de la acusación fiscal que supuestamente afectaron a las menores”, dice el veredicto. Igualmente Barrientos desestimó acoger la demanda civil simbólica presentada por la familia de la niña, que pedía un peso de indemnización por los daños ocasionados. 

Antes de este caso, la magistrada también había estado a favor de absolver a Sergio Castro Soto, profesor acusado por delitos sexuales al interior del Colegio Regina Pacis, en Providencia. Pese a su decisión de absolver al imputado por cuatro abusos sexuales y una violación contra alumnos de kínder durante 2011, la Corte Suprema ratificó la sentencia en su contra: 15 años y un día de presidio efectivo.

Anteriormente, en el Caso de los hermanos Rojo, su voto de minoría declaraba que Jeannette Hernández (condenada por parricidio consumado y homicidio frustrado de sus hijos Pablo y Esteban) padecía de imputabilidad disminuida, ya que, según su resolución, sufría de trastornos psiquiátricos. La Corte de Apelaciones de San Miguel revisó el recurso de nulidad y mantuvo la condena.

Por su parte, la encargada de la redacción del fallo será la magistrada Claudia Santos Silva. La abogada ingresó al Poder Judicial en mayo de 2002. Posee un magíster en Derecho Penal de la Universidad de Chile y antes del Tercer TOP estuvo en el 14º Juzgado de Garantía de Santiago. Fue parte de la Sala que absolvió al exalcalde de Ñuñoa, el RN Pedro Sabat Pietracaprina y a Marcial Araya Hernández, imputados por los delitos de fraude al fisco y malversación de caudales públicos, en la arista Ñuñoa del caso Basura (2012). Entonces fue redactora y señaló: “Se puede concluir que no existió ilegalidad alguna en el proceso de licitación y adjudicación de la empresa Demarco por la Municipalidad de Ñuñoa, de tal modo que no hay obrar de los acusados que corresponda sancionar en esta sede. Y de los antecedentes vertidos en juicio no se vislumbra indicio alguno que dé cuenta de una acción delictiva, ni de infracción a los deberes funcionarios a causa de la cual se haya ocasionado un perjuicio al fisco de modo de constituir autoría en un delito de fraude o malversación de caudales públicos”.

La tercera jueza del tribunal es la magistrada Carolina Paredes Arizaga, que ingresó al Poder Judicial en febrero de 2008. Ha sido relatora titular de la Corte de Apelaciones de Santiago y relatora suplente de la Corte Suprema. Entre sus fallos está la condena a tres personas por arrojar bombas molotov en el contexto del estallido social. Ha sido parte de la Comisión de Libertad Condicional de Santiago en 2022. De las cuatro abogadas es la única que ha estado relacionada con el caso SQM. Formó parte de los ministros de alzada de la 11ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que decidieron sobreseer definitivamente al exadministrador electoral de la campaña de Sebastián Piñera en 2009 y exgerente de Bancard, Santiago Valdés. El ejecutivo estaba investigado por la emisión de facturas ideológicamente falsas y un contrato forward fraudulento, en el marco de la indagatoria por el financiamiento irregular de la política. 

Como jueza alterna, figura la magistrada Carola Herrera Brümmer, quien ingresó al Poder Judicial desde los inicios de la Reforma Procesal Penal, en septiembre de 2000. Fue secretaria suplente en la Corte Suprema. Formó parte (disidente) de los jueces que dictaron la absolución del exsuperintendente de Valores y Seguros Daniel Yarur Elsaca, imputado como autor del delito de apropiación indebida (donde actuó como querellante su primo Jorge Yarur). En esa ocasión, Herrera Brümmer, que oficiaba de presidenta, votó en contra y señaló: “En relación al primer hecho, concurren todos los requisitos necesarios para configurar el delito de apropiación indebida en contra del acusado”. Como jueza suplente en el décimo Juzgado Civil de Santiago, acogió en 2011 la demanda por interés colectivo difuso presentada por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en contra de Cencosud-Jumbo, declarando abusiva la cláusula 16 del reglamento de uso de la tarjeta Jumbo Más, la que permitía a la empresa modificar, unilateralmente, las condiciones de cobro de las comisiones e intereses.

El caso SQM en breve

Considerado entre los más complejos casos de corrupción en Chile, desde que existe la Reforma Procesal Penal (2000), el Caso SQM estalló en 2015 durante el segundo Gobierno de Michelle Bachelet. Desde entonces el Ministerio Público ha investigado los pagos irregulares a políticos de distintas tendencias (de derecha a izquierda). Se considera que la minera Soquimich, controlada entonces directamente por el exyerno de Augusto Pinochet, Julio Ponce Lerou, pagó entre 2009 y 2014 más de 14 millones de dólares de manera ilegal a casi 300 personas. El objetivo: financiar campañas parlamentarias y presidenciales (Piñera, Frei Ruiz-Tagle, ME-O), además de financiar directamente a algunos partidos políticos. 

La Fiscalía –que presentó inicialmente 14.609 documentos como pruebas (aunque muchos después fueron excluidos), 651 testigos y 52 peritos– llegó a investigar a 180 personas, pero la mayoría de las causas fueron sobreseídas o suspendidas bajo “ciertas condiciones”.

En concreto, ahora las magistradas del Tercer TOP tienen en sus manos la responsabilidad de condenar o absolver a los imputados. En el caso de ME-O, arriesga 4 años de prisión, más multas; en cuanto a Pablo Longueira, 818 días de cárcel, más multas; y respecto a Patricio Contesse, este se expone a una pena de 7 años de cárcel por delitos tributarios y 818 días por soborno, más multas.

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