Publicidad
Prohibidos por ley: tipos de grabado de patentes que no están permitidos en vidrios y espejos DATOS ÚTILES Cedido

Prohibidos por ley: tipos de grabado de patentes que no están permitidos en vidrios y espejos

Publicidad

Desde el 15 de mayo es obligatorio grabar la patente en vidrios y espejos del vehículo. No hacerlo arriesga multa y rechazo en revisión técnica.


Desde este jueves 15 de mayo entra en vigencia la obligación de llevar grabada la patente en los vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados que circulen en Chile, conforme a lo establecido en la Ley 21.601.

El propósito de esta normativa es disminuir el robo de vidrios y espejos, exigiendo que la placa patente esté grabada en al menos seis vidrios (incluyendo los laterales, la luneta y el parabrisas), además de los dos espejos laterales.

En vehículos con mayor cantidad de vidrios, como furgones o buses, solo se requiere cumplir con el mínimo de seis vidrios y los espejos. En cambio, en el caso de las motocicletas, que no cuentan con vidrios, la patente debe estar grabada en todos los espejos que posea el vehículo.

Grabados de patentes que no están permitidos

Por Ley, los grabados en patentes que NO están permitidos son aquellos que:

  • Se realicen con un material que no sea permanente.
  • No tengan la altura de letra y números solicitada.
  • Estén en letra cursiva y/o negrita.
  • Las letras estén en minúscula.

En cuanto a las especificaciones técnicas, la normativa establece que las letras y números grabados en los vidrios deben medir entre 7 y 10 milímetros de alto, mientras que en los espejos laterales la altura permitida va de 5 a 10 milímetros. El texto debe presentarse en mayúsculas, con un diseño simple y fácilmente legible, sin estilos como cursiva o negrita.

Además, el grabado debe ser definitivo, lo que implica que debe generar un desgaste visible en la superficie del vidrio o espejo. Esto se aplica sin importar el método utilizado, ya sea con ácido, tallado, arenado u otra técnica, siempre que garantice su permanencia y visibilidad.

Cuáles son las multas

A partir del 15 de mayo de 2025, quienes sean fiscalizados por inspectores municipales, Carabineros u otros organismos competentes y no cuenten con el grabado obligatorio de la patente en vidrios y espejos, se exponen a una infracción que puede fluctuar entre 1 y 1,5 UTM. Según el valor de la UTM vigente en mayo de 2025, esto representa una multa que va desde los $68.648 hasta los $102.972.

Además, con la implementación oficial de esta normativa, el grabado de patente en los elementos exigidos pasa a ser un requisito obligatorio para aprobar la revisión técnica del vehículo. Sin esta condición cumplida, no será posible obtener el certificado correspondiente.

Publicidad