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Falta de quórum salvó al ministro Ulloa: Corte Suprema rechazó expulsarlo por caso Hermosilla PAÍS El Mostrador

Falta de quórum salvó al ministro Ulloa: Corte Suprema rechazó expulsarlo por caso Hermosilla

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El Pleno rechazó la remoción del ministro Antonio Ulloa Márquez, vinculado al caso Hermosilla, tras un empate y la posterior falta de quórum requerido para aprobar la medida. El abogado Domingo Hernández, quien lideró la defensa de Ulloa, comentó “nos parece que se hizo justicia”. [ACTUALIZADA]


La Corte Suprema resolvió este martes mantener en el cargo al ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa Márquez, suspendido tras ser vinculado al caso Hermosilla.

El pleno del máximo tribunal rechazó su expulsión al no alcanzar el quórum necesario.

La decisión fue explicada por la vocera de la Suprema, ministra María Soledad Melo, quien indicó que “atendido lo dispuesto en el artículo 80 de la Constitución Política de la República, el ministro sr. Antonio Mauricio Ulloa Márquez no queda removido de su cargo”.

Según el artículo 80 de la Constitución, la remoción de un ministro requiere mayoría del total de los miembros del pleno. Con 21 integrantes, se necesitaban 11 votos, cifra que no fue alcanzada en la votación, lo que dejó sin efecto la expulsión.

Quienes votaron a favor de decretar la remoción fueron los y las ministras: Ricardo Luis Hernán Blanco Herrera, Gloria Ana Chevesich Ruiz, Andrea María, Mercedes Muñoz Sánchez, Leopoldo Andrés Llanos Sagrista, María Soledad Melo Labra, Mireya Eugenia López Miranda y la ministra suplente Eliana Quezada Muñoz.

En tanto, en contra: Fernando Antonio Valderrama Martínez, Arturo José Prado Puga, Mauricio Alonso Silva Cancino, María Angélica Cecilia Repetto García, Adelita Inés Ravanales Arriagada, María Teresa De Jesús Letelier Ramírez y Diego Gonzalo Simpertigue Limare.

Por último, el abogado Domingo Hernández, quien lideró la defensa del juez Ulloa, comentó “nos parece que se hizo justicia. Eso es lo que estimamos”. “Una cosa es los múltiples chats y lo que diga la prensa, y otra cosa es lo que resolvió la Corte Suprema en ejercicio de su jurisdicción disciplinaria. Es una cosa distinta”, complementó.

El proceso disciplinario se originó por cuatro cargos: violación al deber de reserva al entregar al abogado Luis Hermosilla información sobre acuerdos y votaciones antes de hacerse públicos; vulneración del deber de imparcialidad por expresar falta de neutralidad en causas en que debía resolver; falta de probidad al intervenir en concursos de nombramientos sin inhabilitarse en casos con cercanos; y eventual conducta impropia al utilizar su vínculo con Hermosilla en designaciones.

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