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Caso Factop: Corte Suprema confirma cierre de arista penal contra ejecutivos de LarrainVial PAÍS

Caso Factop: Corte Suprema confirma cierre de arista penal contra ejecutivos de LarrainVial

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La Corte Suprema confirmó el cierre de la arista penal del caso Factop vinculada a LarrainVial, señalando en su fallo que no corresponde revocar una suspensión condicional basada en argumentos “planteados tardíamente” por querellantes.


La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por exdirectivos y ejecutivos de LarrainVial Activos AGF, ratificando la suspensión condicional del procedimiento en la arista penal del caso Factop. Con ello, el máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que previamente había anulado esta salida alternativa aprobada por el IV Juzgado de Garantía de Santiago el 18 de junio.

El beneficio favorece a cinco exdirectores de AGF LarrainVial Activos: Andrea Larraín Soza, Sebastián Cereceda Silva, José Rafael Correa Achurra, Jaime Oliveira Sanchez-Molini y Andrés Bulnes Muzard; además del exgerente general Claudio Yáñez Fregonara y dos socios, Manuel Bulnes Muzard y Felipe Porzio Honorato.

En su resolución, la Corte Suprema sostuvo que “no resulta ajustado a lo establecido en el artículo 237, que el tribunal de segundo grado revoque lo decidido por el juez de Garantía y rechace la suspensión condicional del procedimiento, acudiendo a consideraciones planteadas tardíamente por tres de los más de treinta querellantes, a quienes sólo les asiste el derecho a ser oídos en el debate”.

La sentencia agrega que el tribunal de apelaciones actuó fuera del marco previsto, ya que el derecho de intervención de los querellantes “fue ejercido oportunamente por catorce querellantes, de los cuales solo uno se opuso a la salida alternativa”.

Tras conocerse el fallo, LarrainVial señaló mediante un comunicado que “esta resolución confirma que la salida alternativa acordada constituye un reconocimiento de la colaboración permanente de LarrainVial con la investigación del Ministerio Público”. La compañía añadió que la determinación del máximo tribunal “establece que, sujeto al cumplimiento de sus términos, se pone fin al proceso penal para la empresa, sus exdirectores, exgerente general y colaboradores”.

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