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Ley de Convivencia Escolar se publica en el Diario Oficial: Autoriza el uso de detectores de metales PAÍS Agencia Uno

Ley de Convivencia Escolar se publica en el Diario Oficial: Autoriza el uso de detectores de metales

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La normativa llega en un momento de alta sensibilidad tras el asesinato de una inspectora en Calama y establece que los establecimientos podrán instalar “recursos tecnológicos” para detectar armas cuando existan antecedentes fundados que lo justifiquen.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La Ley de Convivencia Escolar fue publicada este miércoles en el Diario Oficial, habilitando a los colegios para instalar detectores de metales y otros recursos tecnológicos para identificar armas, cuando existan antecedentes fundados que lo justifiquen. La normativa llega tras el asesinato de una inspectora en Calama. También crea una Política Nacional de Convivencia Educativa, un coordinador de convivencia exclusivo por establecimiento y un programa de bienestar socioemocional. El reglamento deberá dictarse en un plazo máximo de doce meses.
Desarrollado por El Mostrador

La Ley sobre Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas fue publicada este miércoles en el Diario Oficial, habilitando a los establecimientos educacionales para implementar medidas de seguridad que hasta ahora no tenían respaldo legal explícito, entre ellas la instalación de detectores de metales u otros recursos tecnológicos orientados a identificar armas o artefactos incendiarios al interior de los recintos.

La publicación ocurre días después del ataque con arma blanca perpetrado por un alumno de 18 años en el Instituto Obispo Silva Lezaeta de Calama, que terminó con una inspectora fallecida y otras cuatro personas heridas, episodio que puso en el centro del debate nacional la seguridad en los establecimientos escolares.

El artículo 10 de la ley establece que los sostenedores, con acuerdo del Consejo Escolar o de la comunidad educativa según corresponda, podrán adoptar estas medidas tecnológicas, pero con una condición clara: solo procederá “cuando existan antecedentes fundados que justifiquen su utilización como una medida proporcional, necesaria e idónea para prevenir la comisión de delitos en el establecimiento”. La implementación deberá además ajustarse a lo dispuesto en la ley de seguridad privada vigente.

El reglamento que regulará en detalle la aplicación de estas disposiciones deberá ser dictado por el Ministerio de Educación, con la firma también del Ministerio de Seguridad Pública, en un plazo máximo de doce meses desde este 1 de abril. La ministra de Educación, María Paz Arzola, había anticipado que ya trabajaban en esas orientaciones para que los colegios pudieran avanzar con mayor agilidad en la instalación de los dispositivos una vez promulgada la ley.

El presidente José Antonio Kast también se había referido al tema tras el ataque en Calama, advirtiendo que se requerirán medidas que “antes eran muy resistidas” y que el foco debe estar en garantizar que la escuela sea un espacio seguro. “Algunas van a estar en reglamentos y otras en normas legales que vamos a llevar al Congreso”, afirnó el mandatario.

Más allá de los mecanismos de detección de armas, la ley contempla un conjunto de medidas para abordar la convivencia escolar de manera integral. Entre las más relevantes figura la creación de una Política Nacional de Convivencia Educativa y un Plan de Acción Nacional de ocho años de vigencia, que articulará acciones conjuntas con los ministerios de Seguridad Pública, Salud, y Mujer y Equidad de Género.

También se establece la obligatoriedad de contar con un coordinador o coordinadora de convivencia de dedicación exclusiva en todos los establecimientos que reciban aportes del Estado, y se crea un programa de bienestar socioemocional que reconfigura la jornada escolar completa y que ya inició un piloto en 176 establecimientos de cinco Servicios Locales de Educación Pública del país.

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