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Cambios tributarios 2026: aumentan retenciones y se refuerza la formalización de emprendedores DATOS ÚTILES

Cambios tributarios 2026: aumentan retenciones y se refuerza la formalización de emprendedores

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Cambios tributarios 2026 sube la retención de boletas a 15,25% y se exige formalización a emprendedores para operar y acceder a beneficios


El inicio de 2026 marca una nueva etapa en las exigencias tributarias del Servicio de Impuestos Internos (SII), con modificaciones que impactan tanto a contribuyentes actuales como a quienes desarrollan actividades económicas de manera informal. Entre las principales novedades destacan el incremento gradual de la retención para boletas de honorarios y la obligatoriedad de acreditar el inicio de actividades para emprendedores.

Estas medidas forman parte de un proceso impulsado por el Ministerio de Hacienda que busca fortalecer la formalización, ampliar la cobertura de protección social y avanzar hacia una mayor equidad en el sistema tributario.

Cómo cambia la retención para quienes emiten boletas de honorarios

Uno de los ajustes más relevantes corresponde al aumento en la retención de impuestos aplicada a los emisores de boletas de honorarios, que en 2026 sube desde el 14,5% al 15,25%. Este porcentaje continuará incrementándose de manera progresiva hasta alcanzar un 17% en 2028.

El seremi de Hacienda del Biobío, Sebastián Rivera, explicó que esta alza responde a un calendario establecido en la Ley 21.133, promulgada en 2019. “Es un proceso que va aumentando progresivamente hasta llegar el año 2028 a un 17%, donde, en 2026 llega a 15,25%; en 2027 a un 17% y en 2028 a un 17%, respectivamente”.

Desde la cartera de Hacienda precisaron que este mecanismo permite que los trabajadores independientes accedan a coberturas previsionales similares a las de los trabajadores dependientes, incluyendo asignaciones familiares, seguro social, protección frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales, pensiones y acceso al sistema de salud, además del seguro de acompañamiento para niños y niñas de la Ley Sana.

En qué consiste la nueva exigencia de formalización para emprendedores

Otro de los cambios clave que comenzó a regir desde el 2 de enero es la obligación de formalizar el inicio de actividades ante el SII para quienes desarrollen actividades económicas de manera habitual. Esta exigencia será requerida no solo por organismos públicos, sino también por plataformas digitales, proveedores de medios de pago, marketplace y entidades financieras.

Según explicó Rivera, “es una normativa que obliga a personas y empresas que realizan actividades económicas de forma habitual, para acreditar el inicio de actividades ante el SII para poder operar con plataformas de pago electrónicas, marketplace y con instituciones públicas y privadas, así como también para acceder a beneficios tributarios y financieros”.

Desde el Ministerio de Hacienda indicaron que esta medida se enmarca en la ley de cumplimiento de obligaciones tributarias y busca equiparar las condiciones entre quienes ya operan de forma regular y quienes aún se mantienen en la informalidad.

Qué apoyos existen para quienes deben iniciar actividades

Para facilitar este proceso, el SII dispone de distintas herramientas de orientación y acompañamiento. “Aquí, también existen, de parte del SII mecanismos de apoyo donde es posible destacar el sitio web del SII junto con la página ‘Capacita’ del SII y ‘Mi negocios cumple’ que son plataformas de apoyo para las personas que están dentro de la informalidad y requieren orientación con respecto a la formalización e iniciar actividades”, destacó el seremi.

Además, se informó que el servicio ofrece asistencia técnica para resolver dudas y entregar facilidades durante la transición hacia la formalización.

Quiénes quedan exceptuados de esta obligación

La normativa contempla excepciones específicas. De acuerdo con lo señalado por la autoridad regional, “esta no aplica a las personas que desarrollen actividades de subsistencia que son actividades que tienen ingresos hasta 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) o las ferias libres, quienes este primer semestre de 2026, van a tener este período para incorporarse a los correspondientes registros”.

Desde Hacienda también se hizo un llamado a bancos, municipalidades, gobiernos regionales, proveedores de medios de pago y plataformas digitales a cumplir con la exigencia de solicitar el inicio de actividades cuando corresponda, en línea con lo establecido por la ley.

Finalmente, Rivera subrayó que “con esto, se busca fortalecer la inclusión tributaria, promover la formalización de actividades económicas y asegurar una mayor equidad y cobertura social de quienes trabajan de manera independiente o emprenden nuevos negocios en el país”.

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