Opinión
Enfoque de género en la justicia penal: ¿avance o desafío pendiente?
Más de mil mujeres permanecían en prisión preventiva en la RM al cierre de 2025. La cifra abre un debate sobre el uso excepcional de esta medida y la incorporación real del enfoque de género en la justicia penal, considerando las condiciones sociales y familiares que enfrentan muchas imputadas.
Cada 8 de marzo, al conmemorar el Día Internacional de la Mujer, reflexionamos sobre igualdad, derechos y las deudas pendientes en este ámbito. Desde la Defensoría Penal Pública, la fecha nos obliga a mirar con atención una cifra que interpela: al 31 de diciembre de 2025, más de mil mujeres se encontraban en prisión preventiva en la Región Metropolitana.
No es solo un número. Son historias y familias impactadas.
Esta realidad nos lleva a revisar este aspecto crucial, que forma parte de los desafíos pendientes en cuanto a la incorporación del enfoque de género en el sistema de justicia penal. La prisión preventiva es, por ley, una medida cautelar excepcional. Su fin es asegurar el proceso, no castigar de forma anticipada.
Por lo tanto, al observar que más de mil mujeres se encuentran privadas de libertad sin haber sido condenadas, surge la pregunta legítima: ¿estamos realmente implementando una perspectiva de género?
Los estudios en Chile muestran un perfil claro que el sistema no puede ignorar. La mayoría de estas mujeres ha vivido violencia, exclusión social o precariedad económica. Su edad ronda entre los 30 y 40 años, más de la mitad no tiene enseñanza media completa y son madres alrededor del 82% de ellas, frecuentemente las únicas responsables del cuidado de sus hijos e hijas.
Asimismo, cerca del 60% está imputada por delitos asociados a la Ley de Drogas, principalmente microtráfico. Esto revela, muchas veces, una participación en eslabones bajos de las cadenas delictivas relacionadas con el tráfico de drogas, motivada fundamentalmente por la búsqueda de medios de subsistencia para ellas y sus familias.
Estos antecedentes no justifican estas conductas, pero sí forman parte del contexto que la justicia debe ponderar al decidir una medida cautelar, sobre todo si es la más gravosa: la pérdida de la libertad.
Incorporar un enfoque de género no significa debilitar la persecución penal. Significa entender que la igualdad real exige mirar las condiciones estructurales que afectan a las mujeres que deben enfrentar a la justicia penal.
Por eso, nuestro rol como Defensoría Penal Pública es garantizar una defensa técnica de calidad, lo que nos exige velar por que la prisión preventiva se use solo de manera excepcional y que las circunstancias personales relevantes de cada mujer sean consideradas por todos los actores del sistema.
El 8M nos recuerda que la agenda de género no se agota en lo laboral o social. También se juega en las decisiones judiciales concretas que afectan la vida de miles de mujeres y sus entornos.
Las más de mil mujeres en prisión preventiva en nuestra región no son una estadística fría. En este día constituyen una interpelación directa: ¿cuánto estamos dispuestos a hacer para que el enfoque de género en la justicia penal deje de ser un desafío pendiente y se convierta en una práctica real?
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