Opinión
BBC
Más allá del hijab: género, derecho y poder en la República Islámica de Irán
La resistencia de las mujeres iraníes es una revolución feminista, quizá la revolución feminista más importante del siglo, contra todo el entramado legal, político y social de la caduca teocracia que está dando sus últimos y violentos estertores.
En el libro Beyond the Hijab Debates: New Conversations on Gender, Race, and Religion (2009), Tania Dreher y Christina Ho sostienen que las discusiones sobre la situación de la mujer en el mundo islámico suelen dejar de lado las condiciones legales, políticas, culturales y sociales concretas en las que las mujeres viven y resisten. A la luz de los levantamientos en Irán, donde las mujeres han desempeñado un papel central, es necesario comprender las complejas relaciones entre género, violencia, religión y legalidad en la República Islámica.
Las iraníes, tanto las que viven en la República Islámica como las de la diáspora, se oponen a un sistema patriarcal, misógino, homófobo y racista, y nos presentan una revolución feminista que debe entenderse desde la perspectiva de las propias mujeres iraníes. Esto no significa desconocer la lucha y la resiliencia de las mujeres de Turquía, Afganistán y el mundo árabe, que también enfrentan y desafían cotidianamente a regímenes que, en distintos grados y formas, las excluyen, marginan y cosifican.
Hablar de la situación de las mujeres en Irán no es solo hablar del hijab y las intimidaciones de la Gašt-e Eršād, en persa “patrulla guía”, conocida también como “policía moral”. Es también, como afirma el reporte Siamak Pourzand Foundation and All Human Rights for All in Iran, de enero de 2025, abordar la discriminación por motivos de género en la legislación y en la práctica, así como su baja participación en la vida política y la economía pública, sin olvidar la violencia sexual y de género.
Irán, uno de seis Estados miembros de la ONU que no son parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW (los otros países son Siria, Emiratos Árabes Unidos, Catar, Afganistán y Omán), afirma en su Constitución que “los derechos de las mujeres y las niñas solo son iguales a los de los hombres y los niños”, sin embargo esto aplica solo cuando se consideran conformes a los “criterios islámicos“, mismos que aparecen de forma vaga en la Constitución y que resultan un pretexto para la adopción de leyes y prácticas que discriminan a mujeres y niñas.
Algunas áreas en las que esta discriminación legal es evidente son la edad de responsabilidad penal, el derecho al matrimonio y divorcio, la custodia de los hijos, la participación en la vida pública y política, en los deportes y las artes y en aspectos laborales, así como la libertad de movimiento y transmisión de la nacionalidad a los hijos.
Bastan tres ejemplos concretos para apreciar la gravedad de la situación.
En noviembre de 2021, el Consejo Guardián ratificó la ley “Población juvenil y protección de la familia”, que penaliza el aborto y la anticoncepción. Esto fue denunciado por varios expertos de la ONU por “contravenir el derecho internacional” y violar “el derecho a la vida y la salud, el derecho a la no discriminación y a la igualdad, y el derecho a la libertad de expresión”.
En septiembre de 2024 el mismo Consejo Guardián aprobó la Ley de “Apoyo a la Familia Promoviendo la Cultura de la Castidad y el Hijab”, que consolida medidas ya existentes para obligar al uso del hijab, imponiendo sanciones y restricciones laborales y educativas a aquellas mujeres y niñas que no cumplan con esta ley claramente discriminatoria.
El Informe Global sobre la Brecha de Género del Foro Económico Mundial de 2024 colocó a Irán en el puesto 143 de 146 países evaluados, destacando que menos del 14% de las mujeres participa en la fuerza laboral (frente a 67% de los hombres) y recuerda que el Código Laboral prohíbe a las mujeres realizar ciertos trabajos mientras otorga a los esposos la posibilidad de impedir que sus esposas ejerzan cualquier labor que “atente contra los intereses familiares o la dignidad propia o de su esposa”.
Políticamente las cosas no pintan mejor, pues el cargo más importante e influyente del país, el de Rahbar-e Mo’azzam (Líder Supremo), está vetado para las mujeres. También está prohibido que una mujer sea juez y hay solo 14 mujeres en el Parlamento (290 escaños).
La violación no está tipificada como delito específico por la legislación iraní, pues el único delito de agresión sexual reconocido por la legislación iraní es la zina (relaciones sexuales fuera del matrimonio sin consentimiento). El artículo 1108 del Código Civil subraya que si una esposa se niega a tener relaciones sexuales con su esposo sin una excusa “legítima”, no tiene derecho a pensión alimenticia.
En Irán la edad mínima legal para contraer matrimonio es de 13 años para niñas y 15 años niños. El Centro de Estadística de Irán, institución estatal, registró en 2020 a 31.379 niñas de entre 10 y 14 años como casadas, y a 27.448 niñas menores de 15 años para los años 2021 y 2022. Es altamente probable que las cifras sean mayores, pues muchos matrimonios infantiles no son registrados.
Todas las mujeres en Irán requieren un consentimiento escrito por parte de su padre o abuelo paterno para contraer matrimonio. Los hombres no tienen esta restricción y pueden contraer lo que se conoce como sigheh, matrimonios temporales cuya duración va desde minutos hasta años sin necesidad de registro oficial.
Estos matrimonios sigheh se disuelven automáticamente al expirar el plazo acordado, dando pie a una red de explotación y tráfico sexual, como lo reportaba ya el Iran International en mayo de 2025.
Un tema paralelo al de la explotación sexual es el de la violencia que sufren las mujeres iraníes forzadas a prostituirse. Un ejemplo de esto es la película Holy Spider, estrenada 2022 y dirigida por Ali Abbasi, basada en la historia real de Saeed Hanaei, un iraní que asesinó a 16 trabajadoras sexuales en la ciudad de Mashhad entre 2000 y 2001.
Mientras los hombres pueden disolver de manera unilateral el matrimonio, las mujeres deben presentar una solicitud ante un tribunal y demostrar el incumplimiento por parte de su marido de obligaciones (provisión de vivienda, alimentos o atención médica). Las mujeres deben demostrar que han cumplido con sus deberes matrimoniales, incluyendo la obediencia a su marido en aspectos como la sexualidad.
Estos son solo algunos ejemplos del apartheid de género, término que algunos académicos como Mohammed Majid, Amir Ahmadi y Alisson Ross definen como “el sistema de injusticias físicas, legales, culturales y religiosas que enfrentan las mujeres en Irán”.
Como me dijo no hace mucho Elnaz Sarbar Boczek, activista por los derechos de las mujeres de origen iraní y actualmente ciudadana estadounidense: “Las mujeres iraníes saben que el hijab es una línea roja para este régimen, que se ha basado históricamente en la separación de género, y por eso quieren que desaparezca por completo. No más república islámica”.
La lucha de las mujeres iraníes va mucho más allá de la imposición estatal del uso del hijab, símbolo del régimen y su obsesión histórica por controlar y dominar el cuerpo femenino: la resistencia de las mujeres iraníes es una revolución feminista, quizá la revolución feminista más importante del siglo, contra todo el entramado legal, político y social de la caduca teocracia que está dando sus últimos y violentos estertores.
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