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Plan Nacional de Búsqueda: ¿continuidad efectiva o meramente formal? Opinión

Plan Nacional de Búsqueda: ¿continuidad efectiva o meramente formal?

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Si bien el Ministro de Justicia ha insistido en la continuidad formal del Plan Nacional de Búsqueda, estas remociones obligan a preguntarnos si su objetivo real es desactivar la operatividad funcional del Plan.


La semana que pasó  tres funcionarias del Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos fueron removidas: su secretaria ejecutiva, Paulina Zamorano; Magdalena Garcés, encargada del área de búsqueda y trayectorias; y Tamara Lagos, responsable del área de archivos e investigación documental. Estas remociones no pueden interpretarse como simples ajustes administrativos fundados en la confianza política que debe mediar entre quienes se desempeñan en la cartera. De hecho, sólo el cargo de secretaría ejecutiva es de confianza, mientras que los otros perfiles corresponden a cargos técnicos nombrados mediante concursos públicos. 

El Programa de Derechos Humanos es el órgano encargado de implementar el Plan Nacional de Búsqueda, esto es, una política de Estado destinada a concretar la obligación internacional de esclarecer las circunstancias de desaparición de las personas víctimas de desaparición forzada durante la dictadura cívico-militar y de satisfacer el derecho humano de los familiares a encontrar a sus seres queridos y el de las propias víctimas a ser buscadas. Además, el Programa de Derechos Humanos también se encarga de la interposición de querellas judiciales por desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales cometidas durante la dictadura, siendo parte en aproximadamente 430 procesos judiciales en tramitación. 

Si bien el Ministro de Justicia ha insistido en la continuidad formal del Plan Nacional de Búsqueda, estas remociones obligan a preguntarnos si su objetivo real es desactivar la operatividad funcional del Plan. Las personas removidas tienen una amplia experiencia en la búsqueda de la verdad, justicia y reparación en relación con los crímenes cometidos durante la dictadura. Además, se trata de funcionarias que tienen una sensibilidad respecto de esas temáticas. A lo largo de los años, han logrado construir confianza no sólo con organizaciones de familiares y de la sociedad civil, sino también con los actores institucionales que desempeñan tareas relacionadas con la persecución judicial de los responsables, la reparación integral, la memoria y la búsqueda de los detenidos desaparecidos. De acuerdo con los estándares internacionales, el órgano competente para la búsqueda debe contar con personal profesional necesario, dotado de capacitación técnica y humana adecuada. En este sentido, remover a quienes detentan ese saber y legitimidad constituye una señal que no es coherente con la voluntad declarada de continuar con el Plan.

Este episodio también revela la fragilidad institucional del Plan de Búsqueda. Su diseño normativo no garantiza la estabilidad institucional que requiere una política de Estado de este tipo, dado que queda sujeta al arbitrio del Gobierno de turno. Para que el Programa de Derechos Humanos pueda coordinar el Plan de Búsqueda con eficacia es indispensable garantizar su independencia e imparcialidad. 

El cumplimiento de la obligación internacional de búsqueda exige que el Gobierno asegure no sólo la continuidad formal del Plan, sino también su funcionalidad operativa. Para tal efecto, entre muchas otras cuestiones, es indispensable resguardar la estabilidad de sus equipos técnicos que, con su incansable esfuerzo, mantienen viva la esperanza de encontrar a quienes fueron forzosamente desaparecidos. Como política de Estado, la búsqueda no puede quedar sometida a las pulsiones del cortoplacismo político. 

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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