PAÍS
Fin a cartas certificadas y nómina por medios: Servel publica cambios en notificación a vocales
La ley 21.779, que rige desde el próximo 25 de octubre (fecha en que se publicará la nómina de vocales de mesa), establece la consulta al portal del Servel y notificaciones al Domicilio Digital como las principales vías. Desde la ANP acusan que la medida atenta contra la certeza jurídica.
El Servicio Electoral (Servel) anunció este jueves cambios en la notificación de vocales de mesa y miembros del colegio escrutador. Esto tras la publicación de la ley 21.779, que modifica las obligaciones de sufragio y sus sanciones: se eliminará la notificación vía publicación de la nómina en medios escritos y mediante cartas certificadas.
Como explican desde el mismo ente, el cambio normativo, en el artículo 48 de la ley 18.700, indica que “a partir del vigésimo segundo día anterior a la elección o plebiscito, el Servicio Electoral deberá publicar en el sistema de consulta disponible para los electores en su sitio web, al que se refiere el inciso segundo del artículo 7 de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, la condición de haber sido el elector designado como vocal de mesa o miembro de un colegio escrutador”. Adicionalmente, corresponderá al Servicio Electoral publicar en el sitio web la nómina completa de vocales de mesa y de miembros de colegios escrutadores.
De esta manera, las notificaciones para los vocales de mesa se harán por dos vías: consultando directamente en el sitio del Servel (disponible acá) y vía Domicilio Digital (activable desde este link). A estos se suman la consulta telefónica al 600 6000 166, y de forma presencial en las Direcciones Regionales de Servel.
Sin embargo, y en conjunto con lo anterior, el cambio pone fin a las notificaciones vía publicación de la nómina en medios escritos y el envío de cartas certificadas.
“La ley rige in actum, por lo que debe llevarse a efecto de manera inmediata por el Servicio Electoral a partir de este sábado 25 de octubre, fecha en que se dará a conocer en su sitio web a las 203.646 personas que han sido designadas por las Juntas Electorales como vocales de mesa en Chile y en el exterior”, explica el Servel, donde aseguraron que las consultas directas sobre datos electorales en su portal “han sido superiores al 92% del padrón (más de 14 millones de RUN únicos)”.
ANP critica la decisión: afectaría a adultos mayores y mundo rural
El cambio generó la molestia de la Asociación Nacional de Prensa, en donde lo calificaron como “una instrucción ilegal, que atenta gravemente contra el principio de juridicidad, la certeza jurídica y el principio de publicidad de los actos electorales”.
“El Servel no cuenta con atribuciones para invalidar un procedimiento que él mismo inició conforme a la ley. Al hacerlo, actúa fuera de su competencia, contraviniendo los artículos 6 y 7 de la Constitución”, recalcaron mediante un comunicado.
Desde la ANP aseguran que la medida limita en particular a ciertos grupos ciudadanos, “especialmente adultos mayores o personas en zonas rurales, que no tienen acceso a medios digitales y que dependen de la prensa o la carta certificada para informarse de su deber cívico“.
Asimismo, agregaron que la ausencia de una norma transitoria hace que “la única solución que respete la legalidad es que el Servel no interfiera en el proceso de notificación ya iniciado conforme a la ley antigua y que, en paralelo, lo complemente con las nuevas notificaciones digitales