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Congreso despacha ley de Sistema Nacional de Cuidados con reconocimiento a la diversidad sexual BRAGA Créditos: El Mostrador.

Congreso despacha ley de Sistema Nacional de Cuidados con reconocimiento a la diversidad sexual

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La nueva normativa crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, reconoce el derecho a cuidar y a ser cuidado, y establece un enfoque de igualdad y no discriminación que incorpora explícitamente la orientación sexual y la identidad de género como factores de protección.


La nueva ley que reconoce el derecho a cuidar y a ser cuidado y crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados fue aprobada por el Congreso Nacional, incorporando de manera explícita la orientación sexual y la identidad de género como factores relevantes de protección.

La iniciativa fue despachada el martes pasado desde la Cámara de Diputadas y Diputados con 90 votos a favor y 38 abstenciones, y este miércoles recibió el respaldo unánime del Senado, con 42 votos, quedando así lista para su promulgación.

La ley se estructura sobre principios como la igualdad ante la ley, la no discriminación y la interseccionalidad. En ese marco, establece que “se deberán considerar factores tales como la edad, la identidad de género, la orientación sexual, la discapacidad, el origen étnico, la nacionalidad, la condición socioeconómica y el estado de salud, entre otros aspectos, tanto de las personas cuidadoras, como de quienes requieren cuidados”.

Desde organizaciones como el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) destacaron la medida. Javiera Zúñiga, vocera de la organización, valoró el avance que representa esta legislación para las diversidades sexuales y de género. “La iniciativa es relevante para las personas LGBTIQ+, tanto por su exposición a situaciones de vulnerabilidad, como porque una parte significativa de este grupo ejerce labores de cuidado o requiere de ellas. En ese contexto, la ley establece que la orientación sexual y la identidad de género deben ser consideradas como factores relevantes en las políticas y acciones del Sistema Nacional de Cuidados, no dejando vacíos al respecto, lo cual es una buena noticia”.

El impacto de esta norma se inserta en un contexto donde las labores de cuidado tienen una presencia significativa dentro de la comunidad LGBTIQ+. De acuerdo con la “Segunda Encuesta Nacional: Diversidad LGBTIQ+ y discriminación en Chile” (Movilh, 2024), aplicada a 4.492 personas, el 16,6% de las diversidades sexuales y de género tiene bajo su cuidado a una o más personas. En detalle, el 5,4% cuida a su padre o madre; el 5,3% a sus hijos; el 2,8% a otros familiares; el 2,4% a su pareja; el 1,9% a uno o más hermanos y el 0,5% a amigos o conocidos. Estas cifras se dan, además, en un escenario económico desafiante, donde solo el 32,9% declara tener una buena situación económica, el 51,3% la califica como regular y el 15,8% como mala.

En términos sustantivos, la ley crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados y reconoce, por primera vez en una norma legal, el derecho al cuidado, entendido como el derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado. Su objetivo central es ordenar, coordinar y fortalecer la acción del Estado en materia de cuidados a lo largo del ciclo de vida, superando la fragmentación existente entre programas, ministerios y niveles territoriales.

La normativa reconoce a las personas que requieren cuidados como titulares de derechos. En esa línea, garantiza el acceso en condiciones de igualdad a apoyos y cuidados, el derecho a recibir información clara, a participar en las decisiones que las afectan y a ser tratadas con dignidad y sin discriminación. Asimismo, las considera un grupo prioritario en situaciones de emergencia y desastre, obliga al Estado a coordinar la oferta existente y establece sistemas de información que buscan reducir la duplicación de trámites y la desprotección derivada de la descoordinación institucional.

Para quienes ejercen labores de cuidado, especialmente las personas cuidadoras no remuneradas, la ley reconoce de forma explícita el cuidado como un trabajo socialmente necesario. En ese sentido, les otorga derechos específicos, como el acceso a servicios que disminuyan su carga y horas de cuidado, prioridad en la atención de salud mental, acceso a formación y certificación, y la protección de su autonomía personal, incluyendo el derecho a negarse a cuidar en situaciones graves.

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